Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 25 de noviembre 2002, de la Secretaria General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, de 22 de noviembre de 2002, por la que se pone en conocimiento de la Comunidad Universitaria la necesidad de modificar el Reglamento sobre Procedimiento de Elaboración de los Estatutos aprobado por el Claustro de la Universidad en su sesión de fecha 11 de julio de 2002.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Universidad del País Vasco
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 239
- Nº orden: 7162
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 25/11/2002
- Fecha de publicación: 16/12/2002
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda
- Submateria: Departamentos; Gobierno y Administración Pública; Economía
Texto legal
El 13 de enero de 2002 entró en vigor la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en adelante LOU) que viene a sustituir a la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (en adelante LRU) base sobre la cual se aprobaron los Estatutos de la UPV / EHU y sus posteriores normas de desarrollo.
La Disposición Transitoria Segunda de la LOU establece que en un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de la ley, cada Universidad procederá a la constitución del Claustro Universitario conforme a lo dispuesto en la Ley para la elaboración de sus Estatutos.
El Claustro de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea se constituyó en la sesión celebrada el 11 de julio de 2002, y en esa misma sesión se aprobó el Reglamento sobre procedimiento de elaboración de los Estatutos, que fue publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el día 14 de octubre de 2002.
Ese Reglamento incluye un calendario de las distintas fases por las que debe pasar el proceso Estatutario. Sin embargo, la realidad de la actividad universitaria ha incidido en el desarrollo de ese proceso, retrasándolo, y haciendo necesaria una nueva previsión de plazos, que deberá ser ratificada en el próximo Claustro Universitario.
Dado que algunos de los plazos que se ven afectados van a transcurrir antes de la próxima sesión del Claustro Universitario, es necesario que la modificación recogida en la Resolución que se publica tenga entre la Comunidad Universitaria la misma difusión que tuvo el Reglamento sobre Procedimiento para la Elaboración de los Estatutos.
Por todo ello,
Único.– Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución del Rector de fecha 22 de noviembre de 2002 según lo dispuesto en el Anexo I.
El Secretario General,
ANÍBAL HERNÁNDEZ MARTÍN.
En la sesión del Claustro de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea celebrada el 11 de julio de 2002, se aprobó el Reglamento sobre procedimiento de elaboración de los Estatutos, que fue publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el día 14 de octubre de 2002.
El reglamento fija unos plazos que los distintos órganos que intervienen durante la elaboración de los Estatutos deben de cumplir, para poder tener aprobado el texto definitivo en el plazo máximo de nueve meses que establece la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Estos plazos se recogen a lo largo del articulado del texto, pero especialmente en el Anexo del Reglamento, denominado Calendario para la elaboración de los Estatutos.
Si inicialmente el Claustro de la Universidad consideró que las distintas fases de elaboración de los Estatutos se podían ajustar a ese ritmo de trabajo, la realidad ha demostrado que el normal desarrollo de la actividad universitaria incide en el desarrollo del proceso estatutario, haciendo necesaria una nueva previsión de plazos.
Así, aunque el claustro de elección de la Comisión de Estatutos estaba previsto para el día 22 de octubre, la inauguración de la Unidad de Biofísica, de titularidad conjunta entre la Universidad del País Vasco y el Centro Superior de Investigaciones Científicas, fijada para esa misma fecha, junto con la programación prevista dentro de las actividades culturales que se llevan a cabo en el Aula Magna del Campus de Leioa, aconsejaron retrasar ese Claustro inicial al día 24 de octubre. Sin embargo, esta dilación también ha repercutido en la Comisión de Estatutos nombrada mediante Resolución del Rector de 25 de octubre de 2002, la cual tras su reunión de 5 de noviembre de 2002 y por decisión unánime, ha remitido a toda la comunidad universitaria su compromiso de tener un borrador de Estatutos para el día 5 de diciembre, en lugar de para el día 22 de noviembre tal y como se contempla en el calendario aprobado por el Claustro.
Mediante Propuesta de Resolución del Rector de fecha 14 de noviembre de 2002, se puso en conocimiento de toda la Comunidad Universitaria la necesidad de modificar el calendario de elaboración de estatutos aprobado por el Claustro en su sesión de 11 de julio de 2002, así como el procedimiento que se iba a seguir hasta concluir con la ratificación de la modificación en la próxima sesión del Claustro de la Universidad, confiriendo a todos los miembros del Claustro un plazo de cinco días para hacer cuantas alegaciones y sugerencias estimaran oportunas.
Ese plazo ha concluido el día 21 de noviembre, habiéndose recibido cuatro alegaciones. Tres de ellas solicitan que el Claustro previsto para el día 20 de enero de 2003, se posponga dado que ese día es la festividad de San Sebastián. La cuarta solicita una aclaración sobre la modificación del artículo 5.1.
Por todo ello, el Rector en virtud de las competencias que tiene conferidas hace la siguiente,
El párrafo 3 del artículo 2 del Reglamento sobre Procedimiento de Elaboración de Estatutos pasa a tener la siguiente redacción:
"Este texto tendrá que estar terminado antes del día 24 de octubre y será sometido a la consideración de la Comisión de Estatutos. El texto aprobado por la Comisión de Estatutos será remitido antes del 12 de diciembre a todos los miembros del Claustro"
El párrafo primero del artículo 3.1, Presentación de enmiendas, pasará a tener la siguiente redacción:
"Hasta las 12:00 horas del día 7 de enero de 2003 los miembros del Claustro podrán presentar enmiendas a la totalidad del texto propuesto."
El Artículo 5.1, Estudio de las enmiendas al articulado, pasa a tener la siguiente redacción:
"La Comisión de Estatutos estudiará las enmiendas al articulado que se hayan presentado y decidirá la incorporación al texto, o su rechazo, por un mínimo de 2/3 de los miembros de la Comisión. Aquellas enmiendas al articulado que no fueran incorporadas ni rechazadas, pasaran al pleno del Claustro para su debate y aprobación en su caso."
Modificar el Anexo al Reglamento sobre el Procedimiento para la elaboración de Estatutos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, Calendario para la elaboración de los Estatutos, que quedará como sigue:
Claustro de elección de la Comisión de Estatutos: 24 de octubre de 2002
Remisión Borrador de Estatutos: 12 de diciembre de 2002
Presentación de enmiendas a la totalidad: hasta las 12.00 horas del 7 de Enero de 2003
Si se presentan enmiendas a la totalidad
Remisión de enmiendas a la totalidad: 10 de enero de 2003
Claustro de debate de las enmiendas a la totalidad: 21 de enero de 2003
Si prospera enmienda a la totalidad
Plazo de presentación de enmiendas al
articulado del nuevo texto: hasta las 12.00 horas del 31de Enero de 2003
Si no se presentan enmiendas a la totalidad
Plazo de presentación de enmiendas al articulado: hasta 31 de enero de 2003
Informe de las enmiendas: hasta el 14 de febrero de 2003
Examen de las enmiendas: a partir del 19 de marzo de 2003
Claustro de votación: 8 de abril de 2003
La disposición Adicional Única pasará a ser la Disposición Adicional Primera.
Añadir una Disposición Adicional Segunda con el siguiente redactado:
"Se faculta al Rector para que, previa audiencia de la Comisión de Estatutos, proceda a la adaptación de las fechas previstas en el Calendario para la Elaboración de los Estatutos, a la vista de las circunstancias concurrentes con el máximo respeto posible a la duración de los trámites a que las mismas se refieren."
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Historia normativa (3)
- Modifica: RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2002, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación del Reglamento sobre el Procedimiento para la Elaboración de Estatutos.
- Corregida por: RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2002, del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se corrige el error detectado en la Resolución de fecha 22 de noviembre de 2002, por la que se pone en conocimiento de la Comuni
- Véase: RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2002, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Claustro de la Universidad de fecha 17 de diciembre, por el que se ratifica