Normativa
ImprimirORDEN de 30 de abril de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se realiza para el presente año la convocatoria de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, por la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Empleo y Asuntos Sociales
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 86
- Nº orden: 2404
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 30/04/2010
- Fecha de publicación: 11/05/2010
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Economía y Hacienda
- Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública; Economía
Texto legal
Mediante Orden de 4 de mayo de 2009, publicada en el BOPV n.º 98, de 26 de mayo de 2009, se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, que el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social pone en práctica para ofrecer a este tipo de empresas unas fórmulas de apoyo adaptadas a sus particulares características y necesidades. En su marco, se prevén subvenciones destinadas a las entidades promotoras para la creación de empresas de inserción y subvenciones dirigidas a las propias empresas de inserción para su sostenimiento.
El artículo 17 de la citada Orden de 4 de mayo de 2009 establece que el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, mediante Orden de su Consejero, convocará anualmente las líneas de ayudas previstas en esta Orden, con expresión de la dotación presupuestaria correspondiente y del plazo de presentación de solicitudes. En virtud del Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, la materia de promoción de la inclusión social corresponde al Departamento de Empleo y Asuntos Sociales. Por lo tanto, es competente para dictar la presente Orden la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales.
Por otra parte, el artículo 49.5 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, establece que, una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o, en su caso, establecer las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones de los programas y a realizar la convocatoria correspondiente de aquéllas que fueron en su momento reguladas con vigencia indefinida.
Por todo ello, habiéndose aprobado la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010, y en ejercicio de la habilitación prevista en el citado artículo 17 de la Orden de 4 de mayo de 2009, por la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción,
A los efectos del cumplimiento de su objeto, se destinará para el año 2010 un total máximo de 10.281.280 euros, distribuido mediante un crédito de pago para el ejercicio 2010 de 4.431.280 euros, un crédito de compromiso para el ejercicio 2011 de 2.600.000 euros, un crédito de compromiso para el ejercicio 2012 de 2.400.000 euros y un crédito de compromiso para el ejercicio 2013 de 850.000 euros.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de abril de 2010.
La Consejera de Empleo y Asuntos Sociales,
MARÍA GEMMA ARÁNZAZU ZABALETA ARETA.