Normativa

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DECRETO 402/2009, de 16 de junio, por el que se formalizan los ceses y se disponen los nombramientos de los vocales del Consejo Vasco de Universidades.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Educación, Universidades e Investigación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 116
  • Nº orden: 3595
  • Nº disposición: 402
  • Fecha de disposición: 16/06/2009
  • Fecha de publicación: 19/06/2009

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

En virtud del artículo 6 de la Ley 19/1998, de 29 de junio, de Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, fue creado el Consejo Vasco de Universidades. La Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, en su artículo 65, declara que dicho Consejo es el órgano de coordinación del Sistema Universitario Vasco y de consulta y asesoramiento del Gobierno Vasco en materia de Universidades. Seguidamente, el artículo 66, relativo a su composición y funcionamiento introduce novedades respecto de la regulación anterior. En concreto, por lo que a la composición se refiere, su apartado primero establece que el Consejo Vasco de Universidades estará presidido por el Consejero o Consejera titular del Departamento competente en materia de Universidades y que ejercerá funciones de Vicepresidente el Viceconsejero o Viceconsejera competente en materia de Universidades. Establece, asimismo, en su letra a), que formarán parte del mismo, entre otros, cinco vocales por designación de la Consejera o Consejero incluido el Viceconsejero anteriormente citado. Por su parte el artículo 3.1 del Decreto 204/2007, de 20 de noviembre, por el que se regula el Consejo Vasco de Universidades, regula su composición.

Tras los cambios habidos en el Departamento, procede realizar los correlativos ceses y nombramientos de los vocales designados por la Consejera de Educación, Universidades e Investigación en el Consejo Vasco de Universidades.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación y previa deliberación y aprobación por el Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 16 de junio de 2009,

D. Pedro M.ª Otxoa Bernales, Viceconsejero de Educación.

D. Pablo Larrauri Altonaga, Viceconsejero de Administración y Servicios.

D. Alberto Ansuategi Cobo, Director de Política Científica.

D. Francisco Juaristi Larrinaga, Director de Universidades.

Dña. María Soledad Esteban Galarza, Viceconsejera de Administración y Servicios.

Dña. M.ª Antonia Ozcariz Rubio, Viceconsejera de Educación.

Dña. Zuriñe Gómez de Balugera López de Alda, Directora de Universidades.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2009.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.

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