
N.º 130, viernes 10 de julio de 2026
- Otros formatos:
- PDF (129 KB - 1 Pág.)
- EPUB (123 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
3155
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 3 de junio de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula el régimen de concesión de subvenciones para la realización, durante los años 2026 y 2027, de trabajos de investigación orientados al ámbito de la protección del Patrimonio Cultural Vasco.
El artículo 18.2.b) del Decreto 211/2007, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzque conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 3 de junio de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula el régimen de concesión de subvenciones para la realización, durante los años 2026 y 2027, de trabajos de investigación orientados al ámbito de la protección del Patrimonio Cultural Vasco, publicado en el boletín del País Vasco n.º 111, de 15 de junio de 2026, se procede a su corrección.
– En la página 2026/2603 (11/21) en la Base 12 Documentación que debe acompañar a la solicitud, punto 3, donde dice:
«3.– Presupuesto desglosado y detallado de ingresos y gastos del proyecto, según el modelo «Presupuesto de gastos» disponible en los lugares indicados en la base 9».
Debe decir:
«3.– Presupuesto desglosado y detallado de ingresos y gastos del proyecto, según el modelo «Presupuesto de gastos» disponible en los lugares indicados en la base 10».
– En la página 2026/2603 (19/21) en la Base 22 Justificación de la subvención, punto 2, donde dice:
«2.– Las especificaciones sobre cómo tramitar las justificaciones, tanto por canal presencial como electrónico están disponibles en la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la dirección indicada en el apartado 5 de la base 9».
Debe decir:
«2.– Las especificaciones sobre cómo tramitar las justificaciones, tanto por canal presencial como electrónico están disponibles en la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la dirección indicada en el apartado 5 de la base 10».
– En la página 2026/2603 (19/21) en la Base 22 Justificación de la subvención, los puntos numerados como 5, 6 y 7, pasan a ser los puntos 4, 5 y 6.
RSS