
N.º 92, martes 19 de mayo de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
2086
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 15 de abril de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueban las bases y convoca la concesión de subvenciones destinadas a museos y colecciones de Euskadi para el año 2026.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 15 de abril de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueban las bases y convoca la concesión de subvencione destinadas a museos y colecciones de Euskadi para el año 2026, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 80, de 4 de mayo de 2026, se procede a su corrección:
En la página 2026/1810 (11/26), en el Anexo, Artículo 9.3,
donde dice:
«3.– Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la dirección: https://www. euskadi.eus/servicios/0037513»
Debe decir:
«3.– Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/0037514»
En la página 2026/1810 (11/26), en el Anexo, Artículo 9.3, segundo párrafo,
donde dice:
«Las solicitudes podrán presentarse también de forma presencial en la Dirección de Patrimonio Cultural, sita en la calle Donostia-San Sebastián número 1 (01010 Vitoria-Gasteiz), en Zuzenean exclusivamente con cita previa accediendo a la dirección https://www.euskadi.eus/cita-previa-zuzenean en las Oficinas de Asistencia en materia de registro (reguladas en Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos) o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante instancia normalizada, debidamente cumplimentada en todos sus términos. El modelo de solicitud estará disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en https://www.euskadi.eus/servicios/0037513»
Debe decir:
«Las solicitudes podrán presentarse también de forma presencial en la Dirección de Patrimonio Cultural, sita en la calle Donostia-San Sebastián número 1 (01010 Vitoria-Gasteiz), en Zuzenean exclusivamente con cita previa accediendo a la dirección https://www.euskadi.eus/cita-previa-zuzenean en las Oficinas de Asistencia en materia de registro (reguladas en Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos) o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante instancia normalizada, debidamente cumplimentada en todos sus términos. El modelo de solicitud estará disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en https://www.euskadi.eus/servicios/0037514»
En la página 2026/1810 (12/26), en el Anexo, Artículo 9.5,
donde dice:
«Las especificaciones de cómo tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables, y demás modelos están disponibles en la sede electrónica: https://www.euskadi.eus/servicios/0037513. Solo se aceptarán las solicitudes electrónicas que se presenten a través de este canal, y serán rechazadas aquellas que se presenten a través del Formulario de Registro electrónico general.»
Debe decir:
«Las especificaciones de cómo tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables, y demás modelos están disponibles en la sede electrónica: https://www.euskadi.eus/servicios/0037514. Solo se aceptarán las solicitudes electrónicas que se presenten a través de este canal, y serán rechazadas aquellas que se presenten a través del Formulario de Registro electrónico general.»
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