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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 44, jueves 5 de marzo de 2026


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
992

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2026, del director de Administración Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» (29,94 MW), así como sus infraestructuras asociadas, en los términos municipales de Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna, San Millán, Barrundia, Elburgo, Arratzua-Ubarrundia y Vitoria-Gasteiz (Álava), promovido por Savanna Power Solar 14, S.L.U.

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fechas 5 de mayo de 2025 y 4 de junio de 2025, el órgano sustantivo, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava, sometió al trámite de información pública el proyecto de «Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» (29,94 MW), así como sus infraestructuras asociadas, en los términos municipales de Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna, San Millán, Barrundia, Elburgo, Arratzua-Ubarrundia y Vitoria-Gasteiz (Álava)» y su correspondiente estudio de impacto ambiental, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y el artículo 77 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimaran oportunas.

El anuncio definitivo correspondiente a este trámite se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 82, de 5 de mayo de 2025, y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava n.º 62, de 4 de junio de 2025. Así mismo, la documentación estuvo expuesta en la web de Información Pública de Proyectos de Energía y Minas, en www.euskadi.eus (https://www.euskadi.eus/anuncio-de-23-de-abril-de-2025-vitoria/web01-a2energi/es/). Una vez culminado el trámite de información pública, el órgano sustantivo hace constar que se han recibido alegaciones.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre y el artículo 77 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, simultáneamente al trámite de información pública, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava consultó a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el resultado que obra en el expediente.

Con fecha 4 de noviembre de 2025 se completó en la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco la solicitud de la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava para la emisión de la declaración de impacto ambiental del proyecto «Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» (29,94 MW), así como sus infraestructuras asociadas, en los términos municipales de Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna, San Millán, Barrundia, Elburgo, Arratzua-Ubarrundia y Vitoria-Gasteiz (Álava)», promovido por Savanna Power Solar 14, S.L.U.

La solicitud contiene la siguiente documentación:

– Proyecto para autorización administrativa previa del Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» de 29,94 MW, Centro de Seccionamiento y Línea aéreo-subterránea en 30kV del Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» de 29,94 MW con conexión a SET Vitoria 30 kV. (Astrom Technical Advisors, S.L. (ATA), noviembre de 2023).

– Estudio de Impacto Ambiental del Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» (IDOM, diciembre de 2023).

– Resultado del trámite de información pública (periodo de información pública, relación de alegaciones recibidas, copia literal de las mismas y respuesta del promotor a las alegaciones).

– Resultado del trámite de consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas (relación de organismos y de administraciones públicas que se han consultado, copia literal de los informes recibidos y consideraciones del promotor en relación con el contenido ambiental de dichos informes).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el artículo 60 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, constituye el objeto de la misma establecer las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental con el fin de promover un desarrollo sostenible.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 76.1 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, serán objeto de evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos públicos o privados enumerados en el Anexo II.D de la citada Ley. El proyecto objeto de análisis se encuentra recogido en el Grupo D3. Industria energética de dicho anexo, epígrafe 3.j «Parques eólicos que tengan 5 o más aerogeneradores con una potencia total igual o superior a 10 MW. Parques eólicos que se sitúen a menos de 2 km de otro parque eólico, siempre que, considerando sus magnitudes conjuntas, se igualen o superen los umbrales anteriores. A los efectos de esta norma se considerarán parques eólicos las instalaciones dedicadas a la generación de electricidad a partir de la energía eólica, a través de un conjunto de varios aerogeneradores, interconectados eléctricamente mediante redes propias, compartiendo una misma estructura de accesos y control, con medición de energía propia y con conexión a la red general».

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 35 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava, como órgano sustantivo, ha dispuesto lo necesario para llevar a cabo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, mediante la incorporación al expediente de un estudio de impacto ambiental, mediante la celebración de consultas públicas y mediante la participación en el procedimiento de las administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas.

Examinada la documentación técnica y los informes que se hallan en el expediente de evaluación ambiental del proyecto, y a la vista de que el estudio de impacto ambiental se ajusta a los aspectos previstos en la normativa en vigor, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco, órgano competente de acuerdo con el Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, procede a dictar la presente declaración de impacto ambiental.

Vistos la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y demás normativa de aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Formular, a los solos efectos ambientales, declaración de impacto ambiental desfavorable del proyecto «Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» (29,94 MW), así como sus infraestructuras asociadas, en los términos municipales de Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna, San Millán, Barrundia, Elburgo, Arratzua-Ubarrundia y Vitoria-Gasteiz (Álava), promovido por Savanna Power Solar 14, S.L.U», de acuerdo con el análisis realizado a continuación y por los aspectos y razones que se exponen:

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor del referido proyecto, que comprende las siguientes actuaciones:

– Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» de 29,94 MW, compuesto por 6 parques eólicos de un solo aerogenerador de 4,99 MW de potencia unitaria y una torre meteorológica. Los parques eólicos que conformarán el Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» son: «PE As de guía 18», «PE Ballestrinque 18», «PE Ballinger 18», «PE Carabela 18», «PE Carraca 18» y «PE Nao 18». Se incluyen los accesos a las posiciones de estos elementos y la línea eléctrica subterránea de interconexión entre los aerogeneradores y el centro de seccionamiento, ubicado en los términos municipales de Elburgo, Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna, San Millán y Barrundia (Álava).

– Centro de Seccionamiento (en adelante, CS), ubicado en el término municipal de Barrundia (Álava).

– Línea aéreo-subterránea de 30 kV desde el CS a SET Vitoria 30 kV que discurre por los terrenos de los términos municipales de Barrundia, Elburgo, Arratzua y Vitoria-Gasteiz (Álava).

1.– Localización y descripción del proyecto.

1.1.– Promotor y órgano sustantivo.

El promotor del proyecto es Savanna Power Solar 14, S.L.U.

El órgano sustantivo es la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava, del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad del Gobierno Vasco.

1.2.– Localización.

El Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» (29,94 MW) se proyecta en los términos municipales de Elburgo, Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna, San Millán y Barrundia. El Clúster estará compuesto por 6 parques eólicos, cada uno de ellos conformado por un aerogenerador de 4,99 MW, dispuestos en el cordal existente entre las localidades de Argomaniz y Ezkerekotxa, en cotas comprendidas, aproximadamente, entre los 600 y 660 m de altitud. La torre de medición meteorológica se instalará en el término municipal de Barrundia (Álava).

El acceso al Clúster se realizará a través de la autovía A-1, tomando la salida 317 hacia la A-3100, por donde recorrerá, aproximadamente, 2,6 km hasta tomar el desvío hacia la A-3140 que conectará con los viales existentes y de nueva construcción propios del Clúster.

Con la finalidad de evacuar la energía eléctrica procedente del Clúster eólico Vitoria de 29,94 MW, se proyecta la construcción del centro de seccionamiento en el término municipal de Barrundia, concretamente en la parcela 550 del polígono 4. La línea de evacuación con tramos aéreos y subterráneos discurre por los términos municipales de Barrundia, Elburgo, Arratzua y Vitoria-Gasteiz, para conectarse con la subestación eléctrica de Vitoria 30 kV.

1.3.– Alternativas analizadas.

El estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) propone, además de la alternativa cero o de «no actuación», alternativas para la ubicación de los aerogeneradores, para la ubicación del centro de seccionamiento y para la línea eléctrica de evacuación.

1.3.1.– Alternativas para los aerogeneradores.

Se proponen dos alternativas con distintas alineaciones. Ambas alternativas se componen de 6 aerogeneradores de 4,99 MW de potencia cada uno, en el que varían sus posicionamientos.

Se selecciona la alternativa 1, entre otras, por estar a mayor distancia de balsas de agua presentes en la zona y porque permite aprovechar más caminos existentes.

1.3.2.– Alternativas para el centro de seccionamiento (CS) y para la línea de evacuación.

Se presentan y analizan dos alternativas de ubicación para el centro de seccionamiento y para la línea eléctrica.

La alternativa 1 tiene una longitud total de 11,08 km. Partiendo del CS 8,59 km se proyectan en aéreo, con 41 apoyos, y 2,49 km soterrados, hasta la SET Vitoria. El centro de seccionamiento de esta alternativa se localiza en el término municipal de Barrundia.

La alternativa 2 tiene una longitud total de 8,63 km, de los cuales los 3 km que parten del centro de seccionamiento irán soterrados y el tramo de 5,63 km que conecte con la SET Vitoria será en aéreo con 28 apoyos. El centro de seccionamiento de esta alternativa se localiza en el término municipal de Alegría-Dulantzi.

Se selecciona la alternativa 1, debido a que conecta a la SET Vitoria en soterrado, evitando la sobrecarga de cruzamientos y de líneas aéreas en la zona, y porque la alternativa 2 de la línea eléctrica en su trazado soterrado afectaría al Camino de Santiago del Interior.

1.4.– Descripción de la alternativa seleccionada.

El proyecto contempla un Clúster eólico de 6 parques eólicos (en adelante, PPEE), cada uno de los cuales contará con un aerogenerador de 4,99 MW de potencia unitaria. Los parques eólicos, de oeste a este, se denominan: «PE As de guía 18» (aerogenerador AG-01), «PE Ballestrinque 18» (AG-02), «PE Ballinger 18» (AG-03) «PE Carabela 18» (AG-04), «PE Carraca 18» (AG-05) y «PE Nao 18» (AG-06).

Los aerogeneradores serán del modelo N175-6.X, formados por un rotor de 175 m de diámetro, equipado con tres palas de 85,7 m de longitud, con un área de barrido de 24.053 m2 y 112 m de altura de buje. Para el señalamiento e iluminación de las turbinas, se instala en cada aerogenerador una luz con un sistema Dual Media A/ Media C.

La torre de medición contará con 118,4 m de altura, se instalará en el término municipal de Barrundia y su alimentación se realizará desde el cuadro de servicios auxiliares del aerogenerador del «PE Carabela 18» (AG-04), en baja tensión (0,4 kV). La línea será instalada en la misma zanja que las líneas de evacuación de media tensión de los parques «PE Carabela 18» (AG-04), «PE As de Guía 18» (AG-01), «PE Ballestrinque 18» (AG-02) y «PE Ballinger 18» (AG-03), tendrá una longitud de 1.075 m y discurrirá por los términos municipales de Barrundia y Alegría-Dulantzi.

(Véase el .PDF)

La energía generada en los PPEE se evacuará mediante una línea subterránea de media tensión (en adelante, LSMT) de 30 kV hasta el centro de seccionamiento (CS). El CS de 30 kV y de 86,14 m2 de superficie se ubicará en la parcela 550 del polígono 4 del término municipal de Barrundia (Álava).

Centro de seccionamiento.

(Véase el .PDF)

Desde el CS se proyecta una línea de evacuación aéreo-subterránea de 11,08 km de longitud que conectará con la subestación «SET Vitoria 30 kV» (I-DE) y que discurrirá por los términos municipales de Barrundia, Elburgo, Arratzua y Vitoria-Gasteiz. Del CS partirá de forma aérea (8,58 km), para lo cual será necesaria la instalación de 41 apoyos metálicos en celosía, pasando a estar soterrada en el último tramo de 2,5 km hasta la subestación eléctrica.

La obra civil necesaria para la construcción del Clúster conllevará la preparación del terreno y movimientos de tierra, la ejecución de viales interiores de la instalación y el acondicionamiento de los accesos, la ejecución de plataformas de montaje de los aerogeneradores y sus cimentaciones, la ejecución de zanjas y canalizaciones para los cables de potencia y comunicaciones y la ejecución de un sistema de drenaje.

La preparación del terreno consistirá en una limpieza y desbroce del terreno para eliminar la capa vegetal existente. Una vez finalizada la preparación del terreno, se llevarán a cabo los movimientos de tierra. El promotor estima el desmonte de 61.896,62 m3 para la implantación de las plataformas de montaje de los aerogeneradores y la excavación de 99.087,24 de m3 para la adecuación de caminos.

El acceso al Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» se realizará a través de la autovía A-1, tomando la salida 317 hacia la A-3100, por donde recorrerá aproximadamente 2,6 km hasta tomar el desvío hacia la A-3140, la cual conectará con los viales existentes y de nueva construcción propios del parque. Los accesos contarán con las características que permitan el transporte de los componentes de los aerogeneradores, de manera que los caminos existentes serán adecuados a un ancho de 6 m, y los caminos de nueva construcción serán construidos con el mismo ancho de 6 m. El trazado de los viales se diseñará considerando un radio de giro mínimo de 60 m.

En el emplazamiento correspondiente a cada aerogenerador se acondicionará una plataforma de montaje, que permita las maniobras de camiones y grúas de gran tonelaje necesarios para el montaje del aerogenerador. Las plataformas de montaje contarán con una zona de trabajo de grúas, una zona de acopio de componentes y una zona de acopio de palas.

Las cimentaciones previstas para los aerogeneradores se realizarán mediante una zapata circular de 24 m de diámetro, sobre la que se construirá un pedestal de hormigón con planta circular de 6 m de diámetro. En la zapata se incluirá el acceso de la red de media tensión a la torre con tubos que irán embebidos en el propio hormigón de la cimentación.

Las zanjas serán compartidas entre todos los parques eólicos y albergarán en diferentes niveles las líneas de Media Tensión, la línea de Baja Tensión de la torre de medición, red de comunicaciones y red de tierras, situando en el nivel superior la red de fibra óptica, posteriormente la Baja Tensión, tras ella la Media Tensión, y finalmente sobre el lecho de la zanja en el nivel inferior, la red de tierras. Dichas zanjas tienen una anchura y profundidad variable.

El drenaje del Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» se proyectará a lo largo de los caminos de nueva construcción, mediante un drenaje longitudinal. Este sistema recogerá el agua de escorrentía y la conducirá hacía los puntos de menor cota.

Además, se adecuará una zona de acopio auxiliar y oficinas que será común a todos los PPEE, que albergará un edificio de control de oficinas y un edificio destinado a almacén de repuestos y documentación. Se ubicará al este del «PE Carabela 18» (AG-04).

En base al EsIA, se estima que las superficies de ocupación temporal de la implantación de los elementos del Clúster correspondiente al «PE As de guía 18» (AG-01) será de 3.567,75 m2, al «PE Ballestrinque 18» (AG-02) 3.311,03 m2, al «PE Ballinger 18» (AG-03) 2.715,65 m2, al «PE Carabela 18» (AG-04) 3.588,94 m2, al «PE Carraca 18» (AG-05) 4.426,70 m2 y al «PE Nao 18» (AG-06) 1.167,75 m2. Las superficies de ocupación definitiva de las instalaciones de cada PE serán de 1.022,39 m2.

Para la construcción de la línea de evacuación será necesaria la limpieza del terreno, movimientos de tierras, la excavación y hormigonado de las cimentaciones de los apoyos, la excavación de zanjas para el tramo subterráneo; el tendido de los conductores y cables de tierra, la colocación de cables y el cierre de zanja.

De acuerdo con el cronograma incluido en el proyecto presentado por el promotor, se estima que el plazo de ejecución de cada parque eólico será de 5 meses, 4 meses para la ejecución del centro de seccionamiento, 6 meses para el tramo aéreo de la línea de evacuación y 6 meses para el tramo subterráneo.

2.– Aspectos ambientales relevantes en el ámbito del proyecto.

De acuerdo con el estudio «Desarrollo de las energías eólica y fotovoltaica y su compatibilización con la conservación del patrimonio natural en la CAPV»(2021), realizado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, se constata que el Clúster eólico se proyecta en zonas clasificadas en diferentes categorías de sensibilidad: los aerogeneradores de los PPEE «Carraca 18» (AG-05) y «Nao 18» (AG-06) se proyectan íntegramente en una zona de Máxima sensibilidad, el aerogenerador del «PE As de guía 18» (AG-01) en zona de sensibilidad Alta-máxima, «PE Ballestrinque 18» (AG-02) en zona de sensibilidad Media-Baja y los aerogeneradores de los PPEE «Ballinger 18» (AG-03) y «Carabela 18» (AG-04) se ubican en una zona de Baja sensibilidad.

Por otra parte, conforme al Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi (en adelante, PTS de EERR), aprobado provisionalmente, se localizan en zonas de aptitud Media para el aprovechamiento eólico «PE Ballestrinque 18» (AG-02), «PE Ballinger 18» (AG-03) y «PE Carabela 18» (AG-04); en aptitud Baja «PE As de guía 18» (AG-01) y en aptitud Muy Baja «PE Carraca 18» (AG-05) y «PE Nao 18» (AG-06).

De acuerdo con el artículo 25 de las Normas de Aplicación del PTS de EERR, «La implantación de instalaciones de generación de gran escala fuera de las zonas de localización seleccionada de este PTS se podrá realizar en zonas de aptitud alta y de aptitud media que cuenten con recurso favorable y respeten lo establecido en los artículos 11 y 12 del PTS EERR».

A los efectos del PTS de EERR, el Clúster Vitoria es una instalación a gran escala, ya que está formada por 6 aerogeneradores. En base a todo lo expuesto, 3 de los aerogeneradores (PE As de Guía 18 (AG-01), PE Carraca 18 (AG-05) y PE Nao 18 (AG-06)) no tendrían cabida con el PTS de EERR, al ubicarse en zonas de Muy Baja y Baja aptitud.

2.1.– Espacios protegidos y corredores ecológicos.

El Clúster Eólico Vitoria y sus infraestructuras asociadas se localizan fuera de la red de espacios protegidos de la CAPV. Los Parques Naturales más cercanos son el de Aizkorri-Aratz (ES210003), 9 km al norte del Clúster, y el de Izki (ES2110019), 10 km al sur.

Sin embargo, ocupa una posición central con respecto a varios espacios protegidos de la Red Natura 2000, próximos al emplazamiento seleccionado.

– ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa (ES2110013). La mayoría de las manchas que constituyen esta ZEC se localizan a unos 2,5 km al suroeste y a 8 km al noreste del Clúster. No obstante, la mancha más próxima se sitúa a 150 m al este del «PE Nao 18» (AG-06). La línea de evacuación se sitúa aproximadamente a 2,6 km de la ZEC. La gran mayoría del ámbito del proyecto se encuentra Catalogado como Área Agraria de Intervención (AAI) por el Decreto 206/2015, de 3 de noviembre, por el que se designa Zona Especial de Conservación Robledales Isla de la Llanada Alavesa (ES2110013).

– ZEC Embalses del Sistema Zadorra (ES2110011), a aproximadamente 2,5 km al noroeste del Clúster y a 1 km al norte de la línea de evacuación. Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava indican en su informe que los embalses del Sistema del Zadorra se han incluido en la última actualización de las Áreas Importantes para la Conservación de las Aves (IBA).

– ZEC Montes de Aldaia (ES2110016), a aproximadamente 3,5 km al norte del Clúster y a 2 km al norte de la línea de evacuación.

– ZEC Río Barrundia (ES2110017), a 4 km al norte del Clúster y 2,7 km al norte de la línea de evacuación.

– ZEC Montes de Vitoria (ES2110015), a aproximadamente, 5 km al suroeste del Clúster y 4,5 km al sur de la línea de evacuación.

– ZEC Entzia (ES2110022), a aproximadamente a 5 km al sureste del Clúster y a 9 km de la línea de evacuación.

– Zona Especial de Conservación - Zona de Especial Protección para las Aves (ZEC-ZEPA) Salburua (ES2110014), a unos 7,5 km al oeste del Clúster y a 3 km al suroeste de la línea de evacuación.

– ZEC Aizkorri-Aratz (ES2120002), a aproximadamente 9 km al norte del Clúster y 8,5 km al norte de la línea de evacuación.

– ZEC Río Zadorra (ES2110010), a unos 9,5 km al oeste del Clúster y a 4,5 km al oeste de la línea de evacuación.

– ZEC-ZEPA Izki (ES2110019), a aproximadamente 10 km al sur del Clúster y 11 km al sur de la línea de evacuación.

– ZEC Río Ega-Berron (ES2110020), a aproximadamente 10 km al sur del Clúster y 11 km al sur de la línea.

Entre los elementos objeto de conservación de dichos espacios Red Natura 2000 y que pueden resultar afectados por el proyecto se encuentran, entre otros, los quirópteros, las aves necrófagas y varias especies de aves, entre las que se encuentra el milano real.

En concreto, el milano real pertenece al grupo de aves que constituyen elemento clave de la ZEC Entzia y de la ZEC Montes de Vitoria y cuenta con varios territorios a menos de 10 km del ámbito proyectado para el parque eólico. Asimismo, en la ZEC de los Embalses del Sistema Zadorra la avifauna es elemento clave, en los documentos normativos y de gestión de esta ZEC se constatan 84 especies diferentes de aves, entre las que también destaca el milano real como especie bandera en peligro.

En la Regulación n.º 42 de la Designación de la ZEC Entzia se recogen también las determinaciones del Plan Conjunto de Gestión de las Aves Necrófagas de Interés Comunitario de la CAPV, que establece las medidas y acciones necesarias para garantizar la supervivencia de las especies necrófagas en el País Vasco, entre las que se incluyen el alimoche (Neophron percnopterus), el buitre leonado (Gyps fulvus) y el quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), calificadas como «Vulnerable», «De Interés Especial» y «En Peligro de Extinción» respectivamente por el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas (en adelante, CVEA) e incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. En el Catálogo Español de Especies Amenazadas el alimoche se encuentra incluido también como «Vulnerable» y el quebrantahuesos como «En Peligro de Extinción». Además, los murciélagos son otro elemento clave de la ZEC Entzia, en la que se constata la presencia de más de 17 especies protegidas.

Las manchas forestales de la ZEC Robledales isla de la Llanada Alavesa, el espacio protegido más cercano al Clúster eólico, presentan valor como áreas de tránsito y refugio temporal para distintas especies.

Asimismo, cobra especial importancia la ZEC Embalses del sistema del Zadorra debido a que constituye una de las zonas húmedas interiores más importantes de la CAPV como lugar de invernada y reproducción para las aves acuáticas. Además, juega un papel importante en la migración de las aves ya que proporciona un lugar de reposo y alimentación para numerosas especies, siendo la avifauna un elemento clave de esta ZEC. Entre las especies inventariadas en este espacio se encuentran principalmente aves acuáticas, aunque también se recogen otras especies de interés que podrían verse afectadas como el milano real, milano negro, culebrera europea y aguilucho lagunero. Además, la ZEC Embalses del Sistema del Zadorra tiene relación ecológica directa con otros lugares incluidos en la Red Natura 2000 y constituye una zona, fundamental para las aves y otras especies, de intercambio y conectividad con la red fluvial propiamente dicha, como son la ZEC Río Zadorra, ZEC Río Barrundia, y el Humedal Ramsar / ZEC y ZEPA Salburua. También contribuye a la conectividad con otros lugares más alejados del entorno como son la ZEC Montes de Aldaia, ZEC Aizkorri-Aratz, ZEC Montes Altos de Vitoria, ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa, ZEC Gorbeia y ZEC Urkiola.

Asimismo, el proyecto se localiza próximo a dos áreas protegidas por instrumentos internacionales:

– Humedal de Salburua - Humedal Ramsar de importancia internacional (ES2110014).

– Colas del embalse de Ullibarri – Humedal Ramsar de importancia internacional (ES2110011). Este Humedal Ramsar es coincidente con parte de las zonas sur y este de la ZEC Embalses del Sistema del Zadorra. Tal y como señalan en su informe los Servicios de Sostenibilidad y Patrimonio Natural de la DFA, este Humedal Ramsar contempla una diversidad botánica de muy alta riqueza específica y una sucesión vegetal que hacen que este enclave tenga un notable valor desde el punto de vista botánico. Esta zona húmeda es además área de reproducción de numerosos anfibios, incluida la rana ágil (Rana dalmatina), especie catalogada como «Vulnerable» en el CVEA. Además, constituye un excelente ejemplo de zona húmeda con características intermedias entre los típicamente atlánticos y los mediterráneos, que hacen que tenga un valor extraordinario para las aves ligadas al agua, siendo el humedal interior a estos efectos más importante de la CAPV.

El proyecto no presenta coincidencias con la infraestructura verde recogida en las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT).

Por otro lado, en base a la Red de Corredores Ecológicos de la Comunidad Autónoma de Euskadi elaborada en 2005, el cordal existente entre Argomaniz y Ezkerekotxa donde se propone ubicar el Clúster eólico Vitoria se identifica como un «corredor de enlace» entre los distintos espacios naturales del entorno. Se trata de un territorio de interés natural que presenta masas boscosas autóctonas de cierta extensión que actúan como lugares de escala entre los espacios-núcleo. Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava señalan en su informe del 17 de julio de 2025, que en el EsIA presentado se ha ignorado el valor como conector fundamental que tiene el cordal entre Argomaniz y Ezkerekotxa para el mantenimiento de los procesos ecológicos en la Llanada Alavesa y su entorno.

2.2.– Flora, vegetación y hábitats.

De acuerdo con la cartografía EUNIS (2019), la vegetación del entorno del proyecto corresponde principalmente a bosques naturales y plantaciones forestales, constituidas principalmente por quejigales subatlánticos y, en menor medida, por robledales mesótrofos subatlánticos, y a terrenos agrícolas de monocultivos intensivos. También existen pequeñas manchas de matorrales y arbustos constituidos por espinares no atlánticos, saucedas ribereñas, brezales calcícolas y setos de Quercus faginea, así como construcciones y hábitats artificiales coincidentes con carreteras y zonas urbanas.

Los hábitats de interés comunitario (en adelante, HIC) presentes en la zona de estudio son:

– HIC 9240 Robledales ibéricos de Quercus faginea y Q. canariensis.

– HIC 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

– HIC 6210* Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas).

– HIC 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae).

Por otra parte, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava informan de la presencia del HIC 9230 Robledales de Quercus robur y Quercus pirenaica en el área de estudio.

De acuerdo con Geoeuskadi y con el EsIA, en el ámbito de afección del proyecto no se ha detectado la presencia de especies de flora amenazada.

La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco señala que en el EsIA no consta que se haya llevado a cabo un análisis sobre la composición florística de la zona y que únicamente se indica que se realizó una visita de campo, sin aportar datos sobre la metodología, las zonas prospectadas, resultados obtenidos, etc.

2.3.– Fauna.

La documentación presentada incluye un inventario bibliográfico de las especies de fauna potencialmente presentes en el ámbito del proyecto basado en información del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, así como un estudio de campo anual de avifauna y quirópteros.

El ámbito de los parques eólicos se encuadra en las cuadriculas UTM 10X10 km 30TWN44 y 30TWN34 del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. En dichas cuadrículas se ha detectado una gran representación de especies de avifauna con hasta 142 especies de aves, 44 de mamíferos, 9 especies de peces continentales, 10 de anfibios, 9 de reptiles y 38 de invertebrados. La diversidad faunística de la zona de estudio, por tanto, alcanza las 252 especies, otorgando una gran riqueza faunística a la zona de actuación y su entorno.

Las especies de aves presentes corresponden a aves propias de bosquetes y ambientes más atlánticos, entre las que se encuentran el cárabo, el búho chico, el camachuelo, el gavilán, el mochuelo; aves propias de entornos fluviales, como el avetorillo, el pájaro moscón, el andarríos chico, el zampullín, el aguilucho lagunero, el chorlitejo chico, etc., y aves propias de terrenos abiertos de campiñas y cultivos, como águila calzada, búho chico, alcotán, cernícalo, aguilucho cenizo o pálido, entre otras.

Entre los mamíferos, destaca la presencia de jabalí, corzo, zorro, gineta, gato montés, tejón, comadreja, garduña, topillos, ratones, rata de agua, liebre europea, conejo, ardilla, erizo, nutria y visón europeo.

Respecto a los peces, las especies destacables son la madrilla, el barbo del Ebro o la trucha común. La herpetofauna de la zona está bien representada con el sapo corredor, la rana bermeja, la ranita de san Antonio, los tritones palmeado y jaspeado.

Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava, caracterizan el ámbito de la Llanada Alavesa en la que se proyecta el Clúster y, en particular, la sucesión cerros de la Sierra de Argomaniz-Ezkerekotxa, como un entorno de gran importancia para las aves y quirópteros, puesto que estos cerros por su vegetación natural climácica, bosques bien conservados en su cumbrera, y por la presencia de pequeñas balsas y charcas, sirven de refugio y descanso para aves y quirópteros tanto en recorridos cercanos como en viajes migratorios más largos.

En cuanto a los Planes de Gestión de especies de fauna amenazadas presentes en el ámbito, el río Arganzubi, a 1 km aproximadamente al sur de los aerogeneradores, está incluido como Área de Interés Especial del visón europeo (Mustela lutreola) (Orden Foral 322/2003, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el Plan de Gestión del visón europeo Mustela lutreola en el Territorio Histórico de Álava. BOTHA 05-12-2003). Además, la masa arbolada próxima al «PE Nao 18» (AG-06) corresponde a un Área de intervención prioritaria-Nivel 2 del Plan de gestión de la tórtola europea (Streptopelia turtur) (Orden de 13 de marzo de 2024, de la consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de gestión de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en la Comunidad Autónoma del País Vasco), ambas especies se encuentran catalogadas como «En Peligro de Extinción» en el CVEA.

De acuerdo con Geoeuskadi, el proyecto no presenta coincidencias con las Áreas de Interés Especial delimitadas en el Plan de Gestión de Aves Necrófagas de interés comunitario de la CAPV (Plan Conjunto de Gestión de las aves necrófagas de interés comunitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco. BOTHA 01-07-2015, BOB 24-06-2015). Sin embargo, en las proximidades se localizan los siguientes ámbitos incluidos en el Plan de Gestión de Aves Necrófagas de la CAPV:

– Área de interés especial y zona de protección para la alimentación de aves necrófagas de interés comunitario Entzia, a 5 km al sureste del Clúster y 9 km al sureste de la línea de evacuación aérea.

– Área de interés especial y zona de protección para la alimentación de aves necrófagas de interés comunitario Aizkorri-Aratz, a 10 km al norte del Clúster y 9 km al norte de la línea de evacuación aérea.

– Área de interés especial y zona de protección para la alimentación de aves necrófagas de interés comunitario Izki, a 10 km al sur del Clúster y 12 km al sur de la línea de evacuación aérea.

– Área de interés especial de aves necrófagas de interés comunitario Montes Altos de Vitoria, a 6 km al suroeste del Clúster y de la línea de evacuación aérea.

Tampoco existe coincidencia con las zonas de protección para la avifauna (ZPAV) establecidas en la Orden de 6 de mayo de 2016 (Orden de 6 de mayo de 2016 por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves amenazadas y se publican las zonas de protección para la avifauna. BOPV de 23-05-2016) por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves amenazadas y se publican las zonas de protección para la avifauna. No obstante, próximos a los aerogeneradores y a la línea aérea de evacuación se localizan los siguientes espacios incluidos en la mencionada Orden:

– Zona de Protección para la Avifauna Embalses de Zadorra, a menos de 250 m al norte de la línea aérea y 2,5 km al norte de los aerogeneradores.

– Zona de Protección para la Avifauna Entzia, a 4 km al sureste de los aerogeneradores y 6 km al sureste de la línea aérea.

– Zona de Protección para la Avifauna Montes Vitoria-Azazeta, a 4 km al sur de los aerogeneradores y 6 km al sur de la línea aérea.

– Zona de Protección para la Avifauna Salburua, a 2,5 km al suroeste de la línea aérea y 7 km al oeste de los aerogeneradores.

– Zona de Protección para la Avifauna Zadorra, a 4,5 km al oeste de la línea aérea y 9 km al oeste de los aerogeneradores.

El estudio de campo de avifauna incluido en el EsIA se realizó entre noviembre de 2023 y noviembre de 2024. La metodología empleada consistió en realizar censos cada 30 minutos en 4 puntos establecidos en el entorno de los aerogeneradores, y en la realización de transectos para abarcar la longitud de la línea aérea. Los muestreos se realizaron con una frecuencia quincenal a lo largo de todo el periodo de estudio. El área de estudio se centró en 1 km alrededor de las instalaciones y los parámetros utilizados para realizar el censo son: la trayectoria de vuelo, la altura de vuelo, la estación y la distancia de la trayectoria de vuelo a la situación proyectada de los aerogeneradores. Asimismo, se realizaron 8 jornadas orientadas a la detección de zonas de nidificación, dormideros o zonas de interés y 5 censos de aves nocturnas. La información obtenida con el trabajo de campo se ha ampliado mediante información bibliográfica.

Considerando un radio de 50 m alrededor de los cuatro puntos de censo, se detectaron 2.268 aves de 51 especies distintas. La especie más abundante identificada fue el pinzón vulgar (18 %), que incluye poblaciones sedentarias, migratorias e invernantes. Le siguen de cerca otras dos especies: la alondra común (14 %) y el bisbita pratense (14 %). Mientras que la alondra común también presenta efectivos sedentarios, migratorios e invernantes, el bisbita pratense se limita únicamente a ejemplares migratorios e invernantes.

En el entorno del parque eólico, se registraron un total de 1.403 ejemplares de aves pertenecientes a 26 especies diferentes. Las especies más abundantes fueron la corneja negra (438) (Corvus corone), el buitre leonado (324) (Gyps fulvus), la paloma torcaz (237) (Columba palumbus) y el milano real (155) (Milvus milvus). Otras especies identificadas fueron: águila real (1) (Aquila chrysaetos), aguililla calzada (13) (Hieraaetus pennatus), aguilucho pálido (2) (Circus cyaneus), aguilucho lagunero occidental (5) (Circus aeruginosus), alimoche (5) (Neophron percnopterus), ánsar común (2) (Anser anser), ánade azulón (7) (Anas platyrhynchos), busardo ratonero (51) (Buteo buteo), cernícalo vulgar (49) (Falco tinnunculus), cigüeña blanca (3) (Ciconia ciconia), cormorán grande (3) (Phalacrocorax carbo), cuervo grande (11) (Corvus corax), culebrera europea (1) (Circaetus gallicus), faisán común (1) (Phasianus colchicus), garza imperial (1) (Ardea purpurea), gavilán común (6) (Accipiter nisus), gaviota patiamarilla (1) (Larus michahellis), milano negro (33) (Milvus migrans), paloma bravía (28) (Columba livia), perdiz roja (6) (Alectoris rufa), tórtola común (3) (Streptopelia turtur) y tórtola turca (19) (Streptopelia decaocto).

El tipo de vuelo predominante fue el desplazamiento (37,09 %), seguido por el cicleo (27,15 %), principalmente en dirección oeste. Los vuelos más próximos a las proyecciones de los aerogeneradores se produjeron en el aerogenerador «PE As de guía 18» (AG-01). La mayoría de los vuelos se detectaron a una altura inferior a la de las aspas. El mayor número de vuelos, considerando la distancia mínima que separa el vuelo de las aves con el aerogenerador más próximo, se concentraron en los aerogeneradores «PE As de guía 18» (AG-01) y «PE Carabela 18» (AG-04). La altura media de los vuelos con respecto a los aerogeneradores fue de 41±59 m.

En el entorno de la línea eléctrica se registraron un total de 747 ejemplares de aves pertenecientes a 23 especies diferentes. Las especies más abundantes fueron la corneja y el buitre leonado. El tipo de vuelo predominante fue el desplazamiento (54,44 %), principalmente en dirección oeste.

Analizados los patrones de vuelo de las especies más abundantes en la zona (corneja negra, buitre leonado, paloma torcaz y milano real), se observa que el viento tuvo influencia significativa en el uso del espacio dependiendo de la especie. Respecto a los buitres, los aerogeneradores «PE Ballinger 18» (AG-03), «PE Carabela 18» (AG-04) y «PE Carraca 18» (AG-05) fueron los que acumularon mayor porcentaje de vuelos dentro del área de proyección de las aspas; respecto a la paloma torcaz, el aerogenerador «PE As de guía 18» (AG-01) fue el que acumuló mayor porcentaje de vuelos dentro del área de proyección de las aspas, y respecto al milano real, los aerogeneradores «PE Carraca 18» (AG-05) y «PE Nao 18» (AG-06) fueron los que acumularon mayor porcentaje de vuelos dentro del área de proyección de las aspas.

En cuanto a los nidos y dormideros de aves rupícolas, el estudio indica que no se tiene registro de colonias de buitre en las inmediaciones del parque eólico, localizándose las colonias más próximas a más de 10 km. Tampoco se tiene constancia de la existencia de nidos de alimoche en las inmediaciones del parque eólico, encontrándose el más cercano a 9,5 km al sureste del Clúster y habiéndose identificado varios territorios ocupados a más de 10 km de distancia. No obstante, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava informan que el alimoche cuenta con varios puntos de nidificación a una distancia de 10 km y una pareja incluso a menos distancia.

La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco y los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava destacan que, tanto el buitre leonado y como el alimoche común emplean de forma habitual el ámbito de estudio, como se evidencia de los datos del estudio de ciclo anual. A pesar de que el estudio de avifauna no menciona la existencia de muladares en el entorno, ambas Administraciones señalan la existencia del Punto de Alimentación de Necrófagas de Analamendi, «Muladar Analamendi», situado en Montes de Iturrieta, aproximadamente a 7 km al norte del Clúster eólico, cuyo efecto es notable en la presencia de aves necrófagas en los cerros y pequeñas sierras centrales de la Llanada Alavesa. Asimismo, los Servicios Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA señalan que tampoco es rara la presencia incluso del quebrantahuesos (Gypaetus barbatus, «En Peligro de Extinción» en el CVEA) que, en sus vuelos de reconocimiento, dispersión, búsqueda de nuevos territorios o alimento, realizan aproximaciones desde Gipuzkoa y Navarra, siendo cada vez más los ejemplares de quebrantahuesos que exploran el entorno alavés y especialmente el muladar de Analamendi.

En cuanto al águila real, si bien se detectó un ejemplar durante los muestreos, según el EsIA no se conoce ningún nido en el entorno del Clúster y todos sus territorios controlados se encuentran a más de 10 km de distancia.

De acuerdo con el estudio de avifauna presentado por el promotor, en lo que respecta al milano real (Milvus milvus), «En Peligro de Extinción» en el CVEA, en un radio de 10 km del Clúster se han identificado 2 dormideros, uno a 6 km al norte y otro a 9 km al noreste, que han registrado la presencia de entre 20 y 30 ejemplares de esta especie. Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava destacan la abundante presencia de esta especie en la Llanada Alavesa y, muy especialmente, en el entorno de los Parques Eólicos, donde cuenta con una importante presencia de territorios de ejemplares reproductores (Censo nacional Milano Real 2024), tratándose de una zona de importancia estratégica para la especie a nivel incluso continental y donde su presencia es sedentaria durante todo el año. Además de las parejas que nidifican, crían y pasan el año en la zona, hay una importante población de ejemplares migratorios que permanecen en estos cerros y en su entorno de espacios protegidos durante el otoño-invierno, y que a finales de inverno migran al norte de Europa para reproducirse.

Por otra parte, el EsIA indica que en el entorno del área de estudio anidan el aguilucho cenizo, el aguilucho pálido y el aguilucho lagunero, fundamentalmente en los campos de la Llanada Alavesa. Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA destacan la habitual presencia sobrevolando el entorno de los tres aguiluchos ibéricos, siendo el entorno del proyecto el de mayor presencia de estas especies a nivel de País Vasco y, por tanto, clave para la evolución de estas tres especies de rapaces protegidas. Dichos Servicios indican que el proyecto eólico se localiza en una zona de mosaico de hábitats compuesto por cultivos agrícolas de cereal, bosques de quejigo (Quercus faginea), bosques de roble (Quercus robur), brezales y ribazos, entre otros, que suponen hábitats adecuados para estas tres especies de aguiluchos, ya que constituyen un territorio de campeo, caza y, en algunos casos, de reproducción.

De acuerdo con la información aportada por los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA, en el año 2024, dentro del buffer de 10 km en torno a los aerogeneradores se ha constatado la reproducción de 17 parejas de aguilucho cenizo (Circus pygargus), catalogado como «Vulnerable» en el CVEA, lo que supone el 80 % de la población actual de la especie en Álava. De los 17 nidos localizados, 6 se encuentran a 2 y 3 km del aerogenerador más cercano y 2 más, a 5 km. La zona cuenta con un hábitat potencial bien conservado para la reproducción de esta especie y actualmente es un territorio de campeo y caza con su presencia habitual, aunque con una población que presenta un fuerte declive.

El aguilucho pálido (Circus cyaneus), «De Interés Especial» en el CVEA, en 2024 contaba con 5 parejas de reproducción dentro del buffer de 10 km en torno a los aerogeneradores, de las cuales 3 se localizaron a solo 4 km del aerogenerador más cercano. El ámbito cuenta con un hábitat potencial bien conservado para la reproducción de esta especie y actualmente es un territorio de campeo y caza, pero presenta un fuerte declive poblacional en el Territorio Histórico de Álava, con unos datos más preocupantes aún que los del aguilucho cenizo.

En cuanto al aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), especie «Rara» en el CVEA, la zona del proyecto cuenta con un hábitat potencial bien conservado para su reproducción, destacando las colas del embalse de Ullibarri Gamboa. Actualmente, la zona del proyecto es un territorio de campeo de varias parejas: a 4 km se reproduce una pareja y a menos de 2 km en el entorno de las colas del embalse de Ullibarri Gamboa se estima que hay 4 o 5 parejas. Además, la población reproductora parece estar en aumento.

Durante el censo de aves nocturnas realizado por el promotor, se detectaron un cárabo, un autillo, dos mochuelos y dos chotacabras. El cárabo y los dos chotacabras se detectaron en las áreas de bosque ubicadas alrededor de los aerogeneradores «PE As de guía 18» (AG-01), «PE Ballestrinque 18» (AG-02) y «PE Ballinger 18» (AG-03). El autillo y los dos mochuelos fueron observados en las zonas de cultivo: mientras que un mochuelo y el autillo se localizaron en el área correspondiente al trazado de la línea eléctrica, el otro mochuelo fue identificado a aproximadamente 900 metros al este del aerogenerador «PE Nao 18» (AG-06).

Asimismo, el Clúster se proyecta en una zona del territorio que alberga numerosas balsas de riego, en un radio de 1 km de los aerogeneradores se localizan un total de 9 balsas de riego que las aves utilizan como lugar de alimentación y descanso (el AG-01 se proyecta a, apenas, 30 metros de una balsa de riego). Esto y el hecho de que las Colas del Embalse de Ullibarri-Gamboa (Humedal Ramsar de Importancia Internacional y a su vez espacio Red Natura 2000) se encuentren a poca distancia (2 kms) favorece una gran movilidad de aves acuáticas por la zona. Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA indican que es frecuente el trasiego de aves entre la Colas del Embalse y las abundantes balsas de riego de la Llanada y de los Montes de Iturrieta y laderas sur de Entzia. En este sentido, el EsIA incluye un estudio de las aves acuáticas en 5 balsas de riego, en las que las aves identificadas han sido: ánade azulón (Anas platyrhynchos), ánade friso (Mareca strepera), porrón europeo (Aythya ferina), focha común (Fulica atra), cormorán grande (Phalacrocorax carbo), somormujo lavanco (Podiceps cristatus), aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus), zampullín chico (Tachybaptus ruficollis), garceta grande (Ardea alba), garza real (Ardea cinerea), garza imperial (Ardea purpurea), somormujo lavanco (Podiceps cristatus) y agachadiza común (Gallinago gallinago). En el estudio no se especifica cuáles han sido las balsas estudiadas.

El estudio de avifauna concluye que durante el ciclo anual en el ámbito del proyecto se observó una diversidad media de aves y que la diversidad fue significativamente superior en primavera y en verano.

La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del GV considera que los resultados del estudio de avifauna sobre la distribución especies de aves rapaces en el ámbito del proyecto evidencian una importante concentración de especies en la zona del cordal.

De todas las especies de aves detectadas, destacan por estar recogidas en el Listado De Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) las siguientes: buitre leonado (Gyps fulvus), busardo ratonero (Buteo buteo), cernícalo común (Falco tinnunculus), milano real (Milvus milvus), milano negro (Milvus migrans) y águila calzada (Hieraaetus pennatus), gavilán común (Accipiter nisus), alimoche común (Neophron percnopterus), águila real (Aquila chrysaetos), aguilucho pálido (Circus cyaneus), aguilucho cenizo (Circus pygargus), aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), cigüeña blanca (Ciconia ciconia), culebrera europea (Circaetus gallicus), garza imperial (Ardea purpurea), somormujo lavanco (Podiceps cristatus), garza real (Ardea cinerea), garceta grande (Ardea alba) y mochuelo europeo (Athene noctua).

Algunas de estas especies se encuentran incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) y en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas (CVEA): el milano real se encuentra catalogada como «En Peligro de Extinción», el alimoche común y el aguilucho cenizo como «Vulnerable» en los citados catálogos estatal y autonómico, el águila real catalogada como «Vulnerable» a nivel autonómico, el buitre y el aguilucho pálido como «de Interés Especial» en el CVEA. Cabe mencionar que el alimoche común y el buitre leonado se encuentran recogidas en el Plan de Gestión de las aves necrófagas de interés comunitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA destacan también la presencia en la zona de la Tórtola europea (Streptopelia turtur), catalogada «En Peligro de Extinción» a nivel de todo el Estado y que cuenta con el Plan de Gestión de la Tórtola Europea en la Comunidad Autónoma del País Vasco. De hecho, los cerros de La Llanada Alavesa son claves para la alimentación y el descanso de esta especie, migratoria y reproductora solo en Álava dentro de la CAPV, debido a que cuenta con zonas de refugio y está rodeado de cultivos de grano (trigo y cebada). De hecho, en el estudio de campo incluido en el EsIA se ha avistado la tórtola europea muy cerca de los aerogeneradores y se disponen datos en Diputación Foral de Álava que constatan la presencia y reproducción de esta especie en la Llanada Alavesa.

En cuanto a los quirópteros, el estudio incluido en el EsIA se realizó entre los meses de abril y octubre de 2024. Inicialmente se llevó a cabo una búsqueda bibliográfica de los murciélagos presentes en la zona de estudio, después se desarrolló el trabajo de campo. Para ello se establecieron puntos de censo repartidos por las ubicaciones de los aerogeneradores y la línea eléctrica y se realizaron transectos. Se colocaron 3 detectores pasivos en los distintos hábitats presentes en el área de estudio y próximos a la ubicación de los aerogeneradores (en un árbol presente en medio de un cultivo de cereal, en un bosque de quejigos y en una balsa de agua) y, durante la realización de los transectos, se realizaron grabaciones de los ultrasonidos.

Durante el estudio se registraron 2.898 horas de grabación, distribuidas en 82 noches. Se registraron 35.344 pases de murciélagos, correspondientes a 12 especies diferentes (El estudio indica la existencia de dudas en la identificación de algunas especies de quirópteros, identificándolos como: Pipistrellus pygmaeus / Miniopterus schreibersii, Pipistrellus pipistrellus / Miniopterus schreibersii (PpisMin) y Eptesicus serotinus /Nycralus sp), Barbastella basbastellus, Eptesicus serotinus, Hypsugo savii, Miniopterus schreibersii, Myotis daubentonii, Nyctalys lasiopterus, Nyctalus leisleri, Pipistrellus kuhlii, Pipistrellus pygmaeus, Rhinilophus hipposideros, Tadarida teniotis, Pipistrellus pipistrellus, y a tres taxones identificados a nivel de género, Myotis sp, Plecotus sp.y Nyctalus sp.

La especie murciélago común (Pipistrellus pipistrellus) fue la más representativa, con el 50 % de los pases registrados, seguida por Pipistrellus pygmaeus/Miniopterus schreibersii. Asimismo, el murciélago ratonero ribereño (Myotis daubentonii) contribuyó con el 9,56 % de los pases, mientras que el resto de las especies sumó el 17 % restante.

El hábitat que presentó mayor tasa de actividad de quirópteros fue la balsa, seguido del bosque y por último la zona de cultivo. Los meses de junio y agosto, y en menor medida septiembre, fueron los períodos clave de mayor actividad para los quirópteros en la zona de estudio.

De las especies detectadas en la zona de estudio, a nivel estatal se encuentran catalogadas como «Vulnerables» dos especies (Miniopterus schreibersii y Nyctalys lasiopterus), y a nivel autonómico, una especie catalogada «En Peligro de Extinción» en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas, Barbastella basbastellus, y tres especies catalogadas como «Vulnerable», Miniopterus schreibersii, Nyctalys lasiopterus y Plecotus auritus.

Cabe señalar que la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco advierte de que el estudio de quirópteros llevado a cabo por el promotor es deficiente, por no haber analizado la altura de vuelo de los murciélagos, por desconocerse el riego de colisión de las especies presentes en el entorno, por no haberse realizado una búsqueda de refugios de quirópteros, tal y como establecen las directrices del MITERD y el SECEMU, y por no aportar datos sobre los posibles refugios prioritarios identificados en el plan conjunto de gestión de los quirópteros en la CAPV.

Por otro lado, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA informan de la importancia notable de los quirópteros en los cerros centrales de la Llanada Alavesa, tanto por la presencia habitual en los bosques isla, con ejemplares arbóreos muy longevos que cuentan con oquedades y refugios, como por la presencia de alimento, fundamentalmente insectos, y por estar rodeados a pocos kilómetros, en todas las direcciones, por Espacios Naturales de gran valor constatado para numerosas especies de quirópteros. Concretamente, en la ZEC Entzia se constata la presencia de más de 17 especies de murciélagos y el entorno del embalse y Montes de Aldaia, muy próximos al área de estudio, que son espacios con gran riqueza de quirópteros.

De acuerdo con estos Servicios, la comunidad de quirópterofauna de los robledales isla y las masas de agua de la Llanada Alavesa, como las existentes en los cerros afectables por el proyecto, es notable. Destacan la presencia de especies forestales «En Peligro de Extinción» en el CVEA como Barbastella barbastellus, y de otras especies forestales como Myotis mystacinus y Plecotus auritus. Asimismo, destacan las especies migratorias de murciélagos, que sobrevuelan y atraviesan la Llanada y sus cerros interiores en ambas direcciones, como el murciélago nóctulo menor (Nyctalus leisleri), que cuenta con nutridas poblaciones en el Parque Natural y ZEC y ZEPA Izki, y el murciélago ratonero grande (Myotis myotis), catalogado «En Peligro de Extinción» en el CVEA.

2.4.– Hidrología, hidrogeología, geomorfología.

El conjunto de las actuaciones se incluye en la unidad hidrológica del Zadorra, de la Demarcación Hidrográfica del Ebro, en las cuencas vertientes de las masas de agua Alegría hasta Zadorra (ES091244), Zadorra hasta Embalse Ullibarri (ES091241) y Zona drenante a Embalse Ullibarri. Son varios los ríos y arroyos que discurren por el entorno cercano del parque e infraestructuras.

El ámbito de estudio se sitúa sobre la masa de agua subterránea Cuartango-Salvatierra (ES091MSBT013) y Aluvial de Vitoria (ES091MSBT012). Parte de la línea de evacuación se sitúa sobre el sector Oriental y parte de los caminos de acceso sobre el sector Dulantzi y sobre el sector Cuarternario Cuartango-Salvatierra. Dichos sectores coinciden con Zonas de Interés Hidrogeológico.

Respecto a los elementos del Registro de Zonas Protegidas por el Plan Hidrológico, el proyecto presenta coincidencias con dos zonas vulnerables a la contaminación por nitratos (Sector Oriental de la masa de agua subterránea Aluvial de Vitoria y Sector Dulantzi de la masa de agua subterránea Aluvial de Vitoria) y con el Área de captación de las zonas sensibles Embalse Ullivarri. En las proximidades de la zona de actuación se localizan varias zonas de protección de hábitats y especies relacionadas con el medio acuático y la zona húmeda Colas del embalse de Ullibarri, considerada zona sensible al aporte de nutrientes.

El ámbito de estudio no presenta coincidencias con Lugares de Interés Geológico (LIG), aunque las actuaciones se sitúan dentro de la zona de influencia del LIG Humedales y cuaternario de Salburua (n.º 79), localizado al oeste del Clúster.

2.5.– Montes, agricultura y ganadería.

Tanto el Servicio de Montes de la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Álava como la Dirección de Agricultura del Gobierno Vasco han señalado que todas las alternativas propuestas en el EsIA se plantean sobre suelos agrarios o Montes de Utilidad Pública.

Algunos elementos del Clúster Eólico Vitoria y sus infraestructuras asociadas se proyectan en terrenos los Montes de Utilidad Pública (MUP) n.º 437 Artearana, 442 Ilazarri, 248 Ayala y Rayo, 331 Atila y Saltegi, 514 Eskarriturri, 517 Larrazabal y 628-629-624 Mendierre, Mendierre, Ilarra.

De acuerdo con el Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la CAPV, los PPEE «As de guía 18» (AG-01), «Ballinger 18» (AG-03), «Carabela 18» (AG-04) y «Nao 18» (AG-06) y el CS se localizan sobre suelos catalogados como «Forestal-Monte Ralo»; el PE «Carraca 18» (AG-05) sobre suelo «Forestal» y el PE «Ballestrinque 18» (AG-02) sobre suelo «Forestal» y «Forestal-Monte Ralo». La línea de evacuación atraviesa suelos correspondientes a «Agroganadero: alto valor estratégico», «Forestal-Monte Ralo», «Pasto montano», «Forestal» y «Agroganadera: paisaje rural de transición». Los nuevos accesos discurren por suelos catalogados como «Agroganadero: alto valor estratégico», «Agroganadera: paisaje rural de transición», «Forestal-Monte Ralo» y «Forestal».

Considerando los aerogeneradores como instalaciones técnicas de servicios tipo B, y el CS como instalación técnica de servicios Tipo A, de acuerdo con la matriz de usos, la implantación de los aerogeneradores, del CS, de las líneas subterráneas y aérea se consideran usos «2a Admisible», que requieren de un análisis de la afección agraria generada y la incorporación de medidas correctoras. A este respecto, la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Álava incluye en su informe del 11 de junio de 2025 el Protocolo de Evaluación de la Afección Sectorial Agraria (en adelante, PEAS).

2.6.– Paisaje.

El conjunto de las actuaciones se localiza en las cuencas visuales de Alegria-Dulantzi, Vitoria-Gasteiz y Etxabarri. La unidad principal del paisaje sobre la que se ubica el Clúster eólico es la «Llanada de Alegría Dulantzi y Agurain/Salvatierra». Además, la línea de evacuación discurre tanto por la citada unidad de paisaje como por la «Llanada de Vitoria-Gasteiz».

Los emplazamientos de los parques eólicos se sitúan en el Área de Especial Interés Paisajístico del Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Álava Central, denominado «P1 Cerros de la Llanada Alavesa». A menos de 150 m del «PE Nao 18» (AG-06) se localiza uno de los Robledales Isla de la Llanada Alavesa, incluido en el Catálogo abierto de espacios naturales relevantes.

De acuerdo con los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA, el ámbito del proyecto Clúster Eólico Vitoria se ubica a lo largo del Paisaje Singular «Cerros de la Llanada Alavesa», según Catálogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes (n.º 54) aprobado por Acuerdo del Consejo de Diputados n.º 829, de 27 de septiembre de 2005, en el que se destaca el carácter representativo y de «valor excepcional» como mosaico agroforestal en el centro de La Llanada.

Indican también que el valor de la Sierra Argomaniz-Ezkerekotxa como espacio de conectividad ecológica viene a su vez reforzado por las características de un paisaje muy especial desde cuyo ámbito se divisa gran parte de la Llanada Alavesa y de las espectaculares montañas que la bordean. De hecho, el área tiene una posición central muy unida a un total de nueve paisajes colindantes catalogados como «Sobresalientes», tratándose de una atalaya excepcional desde la que divisar toda la Llanada Oriental y las sierras y paisajes que la rodean.

2.7.– Patrimonio cultural.

Respecto al patrimonio cultural, en el ámbito del proyecto se reparten varios bienes pertenecientes al patrimonio cultural, tanto arqueológico como arquitectónico, incluyendo un tramo del Camino de Santiago que coincide en parte con el trazado hipotético del denominado Iter XXXIV, vía de época romana que enlazaba Astorga con Burdeos y atraviesa de este a oeste la Llanada Alavesa. El EsIA incluye en su Anexo VI un Informe Arqueológico de la zona de estudio realizado por Ondare Babesa.

2.8.– Riesgos.

En el ámbito del proyecto existen varias parcelas incluidas en el Inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo, como, entre otras, la parcela en la que se encuentra la SET Vitoria 30 kV (código 01059-01531), infraestructura ya existente con la que conectará el tramo subterráneo de la línea de evacuación del Clúster. Aparte de la parcela ya citada, los elementos del Clúster no coinciden directamente con ninguna otra parcela inventariada.

En relación con los riesgos ambientales, las masas de árboles presentes en el entorno de los PPEE presentan un riesgo alto y muy alto de incendio forestal. Hay que destacar que los PE «Ballestrinque 18» (AG-02) y «Carraca 18» (AG-05) se proyectan en dichas zonas de riesgo. Por otra parte, el tramo aéreo de la línea de evacuación también atraviesa zonas de riesgo muy alto de incendio forestal.

Los PPEE «As de guía 18» (AG-01), «Ballestrinque 18» (AG-02), «Ballinger 18» (AG-03) y «Carabela 18» (AG-04) se localizan sobre zonas con vulnerabilidad muy alta a la contaminación de acuíferos. Por lo demás, el ámbito presenta desde zonas sin vulnerabilidad apreciable a la contaminación de acuíferos hasta zonas con vulnerabilidad muy baja, baja, media, alta y muy alta.

Respecto a la erosión, los PPEE «As de guía 18» (AG-01), «Ballestrinque 18» (AG-02), «Ballinger 18» (AG-03), «Carabela 18» (AG-04) y «Nao 18» (AG-06) se proyectan en zonas que, según el modelo RUSLE, presentan procesos erosivos graves y extremos.

En cuanto al riesgo de inundabilidad, la cartografía de GeoEuskadi no cuenta con datos sobre la inundabilidad de la mayor parte del área de estudio. No obstante, de acuerdo con el informe de URA del 14 de agosto de 2025, las instalaciones proyectadas no se ubican en zona inundable.

En el ámbito de implantación de los aerogeneradores y de la línea de evacuación no se identifican riesgos altos derivados de la sismicidad, ni de la presencia cercana de empresas SEVESO.

El tramo aéreo de la línea de evacuación se encuentra dentro de las bandas de afección de 100, 200 y 600 m de una carretera (A-1) que presenta un riesgo alto de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas. Los nuevos accesos a los PPEE se encuentran en las bandas de afección de 100, 200 y 600 m de un tramo del ferrocarril (Madrid-Irun) que presenta un riesgo medio en el transporte de mercancías peligrosas.

2.9.– Sinergias.

El Anexo IV del EsIA incluye el Estudio de impactos acumulativos y sinérgicos del Clúster eólico «Vitoria 30 kV», en el que recoge las infraestructuras presentes en un radio de 15 km del Clúster Vitoria. Sin embargo, dicho análisis no identifica ni cartografía los proyectos de energías renovables en funcionamiento, construcción, autorizados o en tramitación que se encuentran en el ámbito de estudio definido.

De acuerdo con la información disponible en la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco, en el ámbito de estudio de 15 km se localizan los siguientes proyectos de energías renovables en diferentes fases de procedimiento: con respecto a parques eólicos, se localizan el PE Miritxa, PE Clúster Gamarra y PE Clúster Ali I y II y, en cuanto a plantas solares, se contabilizan del orden de 19 proyectos.

3.– Principales impactos.

De acuerdo con la información que obra en el expediente, incluyendo la recogida en el estudio de impacto ambiental y la que figura en los informes emitidos por las administraciones públicas afectadas y las personas interesadas, así como de las alegaciones recibidas en el trámite de información pública, se pueden destacar, en síntesis, los siguientes aspectos relevantes de la evaluación.

3.1.– Impactos en fase de obras.

En fase de obras, los principales impactos generados por la ejecución del proyecto están relacionados con la eliminación y degradación de la vegetación y hábitats de interés comunitario, los movimientos de tierras, el trasiego de maquinaria y transporte de materiales, la excavaciones y explanaciones, la construcción de zanjas y conducciones eléctricas, la apertura y acondicionamiento de viales y accesos, la cimentación de las torres de los aerogeneradores y las plataformas de montaje, las explanaciones para la zona de instalaciones auxiliares y parque de maquinaria, las cimentaciones de los apoyos de la línea eléctrica, el cruce de los cursos de agua, las explanaciones para la construcción del CS, el montaje y la construcción de los aerogeneradores, la torre meteorológica, el centro de seccionamiento y apoyos de la línea eléctrica.

Consecuentemente, las actuaciones en esta fase causarán afección sobre bosques naturales, matorrales y cultivos, hábitats de interés comunitario, la morfología del paisaje y a la calidad del hábitat para la fauna y sus poblaciones. Se producirán cruzamientos sobre dominio público hidráulico y existirá riesgo de afección a la calidad de las aguas por vertidos accidentales procedentes de la maquinaria empleada y/o arrastre de partículas durante los movimientos de tierras. Adicionalmente, se producirá el consumo de recursos, generación de residuos, afección a la calidad atmosférica (emisión de polvo y otros contaminantes a la atmósfera en obras) y a la calidad del hábitat humano (ruido).

3.1.1.– Flora, vegetación y hábitats.

En cuanto a la afección a la vegetación, los PPEE «As de guía 18» (AG-01), «Ballinger 18» (AG-03), «Carabela 18» (AG-04) y «Nao 18» (AG-06) y sus plataformas se sitúan sobre zonas de cultivo; el «PE Ballestrinque» (AG-02) ocupará un quejigal subatlántico y zonas de cultivo, y el «PE Carraca 18» (AG-05) se localizará en un quejigal subatlántico.

Por otro lado, los caminos de acceso atravesarán campos de cultivo, una sauceda ribereña, espinares no atlánticos, brezales calcícolas con genistas, quejigales subatlánticos, un seto de Quercus faginea y bosques naturales de jóvenes frondosas.

La línea de evacuación discurrirá por cultivos, plantaciones de jóvenes frondosas caducas, Fraxinus excelsior y Acer campestre, quejigales subatlánticos, brezales calcícolas con genistas, pastos parameros de Festuca hystrix y una fresneda ribereña eurosiberiana justo antes de su conexión con la SET Vitoria 30 kV.

El EsIA estima que la implantación de los aerogeneradores producirá sobre los cultivos una afección temporal de 15.000 m2 y 475 m2 de afección permanente, y sobre el quejigal subatlántico una afección temporal de 6.000 m2 y una afección permanente de 125 m2 (25 m2 corresponderían a la ocupación del «PE Ballestrinque 18» y 100 m2 a la de «PE Carraca 18»).

Respecto a la línea de evacuación, el EsIA indica que su tramo soterrado afectará a 2.401,09 m2 de cultivos, 241,87 m2 de enebral pasto con junquillo, 94,36 m2 de huertas y frutas y 6,89 m2 de fresneda olmeda. La parte aérea, afectará a 8.164,36 m2 de cultivos, 24,08 m2 de enebral pasto con junquillo, 69,06 m2 de pastos parameros, 68,12 m2 de pastos forestales, 17,87 m2 de vegetación ruderal nitrófila, 8,16 m2 de espinar o zarzal y 0,73 m2 de quejigal subatlántico. La superficie de ocupación temporal de los apoyos de la línea será de 392.715,46 m2 de cultivos, 8.274,618 m2 de enebral-pasto con junquillo, 2.936,949 m2 de plantaciones forestales, 2.495,639 m2 de pastos parameros, 1.032,667 m2 de quejigal subatlántico, 839,353 m2 de vegetación ruderal-nitrófila, 750,714 m2 de sauceda y 490,231 m2 de fase juvenil o degradada de robledales acidófilos o robledales mixtos. La ocupación permanente de los apoyos será de 2.568,38 m2 de cultivos, 14,62 m2 de pastos parameros y 63 m2 de plantaciones forestales.

Los hábitats de interés comunitario (HIC) que se verán afectados por los trabajos serán:

– HIC 9240 Robledales ibéricos de Quercus faginea y Q. canariensis.

– HIC 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

– HIC 6210* Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas).

– HIC 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae).

La mayor afección se producirá sobre el HIC 9240, dado que el «PE Ballestrinque 18» (AG-02) y «PE Carraca 18» (AG-05) se sitúan sobre este tipo de hábitat, así como parte de la línea de interconexión, los viales de acceso y la plataforma de la torre de medición. El HIC 4090 se verá afectado por los caminos de acceso, la línea de interconexión y la línea de evacuación aérea, mientras que el HIC 6210* se verá afectado por la línea de interconexión y los caminos. Por último, el HIC 91E0* se verá afectado por el tramo soterrado de la línea de evacuación en el cruce del río Iturritxo, en las proximidades de la SET Vitoria 30 kV.

El EsIA tan solo cuantifica la afección del «PE Carraca 18» (AG-05), el cual afectará temporalmente a 2.170 m2 del HIC 9240, a 1.330 m2 del HIC 4090, y ocupará permanentemente 62 m2 del HIC 9240 y 38 m2 del HIC 4090. Por su parte, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que tanto la construcción del «PE Carraca 18» como la apertura de la zanja para albergar la línea de interconexión de media tensión supondrán una afección significativa del HIC 9240.

De acuerdo con los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA, la ejecución de las obras afecta a áreas importantes de bosque autóctono climácico bien conservado, quejigales (Quercus faginea) en su mayor parte, robledales (Quercus robur) e híbridos de ambas especies, correspondiéndose con los HIC 9230 e HIC 9240. Aunque con la información disponible es difícil de precisar, indican que la afección sobre estos HIC puede estimarse en varias hectáreas y significaría un impacto muy grave considerando la extensión superficial limitada de estas masas singulares. Además, tratándose de un entorno agrícola, consideran vital conservar íntegramente e incluso mejorar y ampliar estos bosques «isla» para propiciar la conectividad ecológica y el mantenimiento de los procesos ecológicos, ya que resultan esenciales para la fauna silvestre.

El EsIA recoge una serie de medidas con el fin de proteger la vegetación durante la fase de obras, consistentes en la prospección previa al inicio de los trabajos, la delimitación de la zona de obras y la restauración ambiental tras finalizar la fase de construcción, entre otras. La restauración ambiental se propone para aquellas superficies que hayan sido ocupadas de forma temporal durante la obra y consistirá en la descompactación del terreno, el extendido de tierra vegetal, la revegetación con especies presentes en la zona y riegos periódicos para garantizar el éxito de la vegetación. Con la aplicación de las medidas, el promotor indica que el impacto sobre la vegetación sigue manteniéndose compatible, dado que «...la afección a la vegetación ya tenía poco valor antes de las medidas».

No obstante, a este respecto, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco, en la línea con lo indicado por la DFA, subraya la importancia de los bosquetes autóctonos existentes en el ámbito del proyecto, dado que constituyen hábitats para numerosas especies de fauna del entorno y desempeñan un papel clave en los flujos de permeabilidad ecológica en la Llanada. Estos enclaves, sin embargo, presentan una superficie muy limitada y una representación escasa en la Llanada Alavesa. En consecuencia, se considera que la afección sobre la vegetación y los Hábitats de Interés Comunitario (HIC) debe calificarse como severa. Asimismo, se advierte que la propuesta de restauración ambiental resulta insuficiente, al no especificar aspectos fundamentales como la superficie a restaurar, las especies a emplear, el marco de plantación ni otros parámetros técnicos.

En respuesta a este Organismo, el promotor muestra su disposición a incorporar medidas adicionales de restauración, mejora o compensación si así lo determina la administración ambiental.

3.1.2.– Geología, geomorfología y edafología.

Según previsión del documento técnico que presenta el promotor, los movimientos de tierra que conllevaría la realización de estas actuaciones rebasa los 250.000 m3, correspondiendo 162.000 m3 a desmontes. El EsIA indica que los volúmenes de excavación y de terraplén se van a compensar lo máximo posible, reutilizando los posibles excedentes para el relleno de cimentaciones, zanjas y plataformas, junto con la reutilización de toda la tierra vegetal excavada en las obras, para restauración y revegetación de plataformas, zanjas y terraplenes.

No obstante, los Servicio de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA estiman que el volumen de los movimientos de tierra es desproporcionado en los cerros en los que se proyectan. El volumen de sobrantes sería, aproximadamente, de 43.000 m3 sin que se haya previsto en el proyecto un ámbito concreto para el depósito de sobrantes, siendo una carencia importante para evaluar los impactos que se generarían en el entorno. Además, todas las actuaciones se plantean en la parte alta de los cerros, que son zonas erosionables. Concretamente, la Dirección de Agricultura de la DFA señala que la plataforma y el aerogenerador «PE Carraca 18» (AG-05) se encuentran íntegramente ubicados sobre una pendiente superior al 10 %, así como otras 3 plataformas.

3.1.3.– Hidrología.

En cuanto a la hidrología, la línea de evacuación cruzará en varias ocasiones el dominio público hidráulico: el tramo aéreo sobrevolará los cauces Itxa, Garadia, Uragea y los arroyos innominados 13439 y 11856, mientras que el tramo subterráneo atravesará el Iturritxo, Uragea y los arroyos innominados 11854 y 13312 (también denominado Lubiano). En cuanto a la línea de interconexión subterránea que conecta los PPEE con el CS, cruzará la escorrentía innominada 13497. Los caminos de nueva construcción cruzarán los cauces innominados 9799 (en dos puntos), 10742, 10751, 10729, 11855, 11865 y 11866.

De acuerdo con el informe del 14 de agosto de 2025 de la Agencia Vasca del Agua – URA, la línea soterrada atraviesa el arroyo Uragea, en un punto con una cuenca vertiente de unos 7,5 km2, el arroyo Lubiano, antes de su confluencia con el Iturritxo (Angostalde), con 5,3 km2 de cuenca y, antes de llegar a la subestación, el arroyo Iturritxo con una cuenca algo menor de 5 km2. En los planos del proyecto (Planos Generales 2.1, hoja 4) se indica que los cruces de los arroyos Uragea e Iturritxo se realizan mediante perforaciones horizontales dirigidas, mientras que, aparentemente, el arroyo Lubiano se cruza con una zanja. La Agencia Vasca del Agua-Ura señala que se deberá evitar el cruce del arroyo Lubiano mediante zanja, estudiando y analizando la viabilidad de otros tipos de alternativas de cruce mediante, por ejemplo, utilización de infraestructuras ya existentes o perforaciones en hinca dirigidas, al objeto de minimizar las afecciones sobre el espacio fluvial y su ecosistema asociado.

Asimismo, indica que próximas a la zanja de la línea soterrada se localizan captaciones y puntos de agua que podrían resultar afectados por las obras de apertura de zanjas y movimientos de tierras. Además, señala que la zanja proyectada cruza con conducciones de abastecimiento en el entorno de Vitoria-Gasteiz y de Oreitia, y que el extremo este del camino de acceso puede coincidir con el trazado de una conducción de abastecimiento (Depósito de Txintxetru).

Por otro lado, la realización de los movimientos de tierra en áreas de pendiente y periodos de pluviosidad elevada pueden ocasionar aportes de sólidos en suspensión a las masas de agua superficiales y en zonas puntuales del entorno por alteración en las redes de drenaje naturales.

3.1.4.– Fauna.

Durante la fase de obras se producirán molestias a la fauna debido, entre otros, al tránsito de maquinaria y camiones, los movimientos de tierra, el desbroce de vegetación y los montaje y construcción de las infraestructuras. Todo ello producirá el incremento del riesgo de accidentes (por atropello, envenenamiento, atrapamiento, etc.), ruidos y la alteración de la calidad de los hábitats, lo que puede provocar el desplazamiento temporal de la fauna circundante.

De acuerdo con el EsIA, las actuaciones supondrán la fragmentación y la destrucción de zonas de cultivo, que albergan especies de aves esteparias (cogujadas o terreras, aguilucho cenizo, mochuelo europeo, codorniz, perdiz, entre otras) y de quejigales, en los que la fauna busca refugio y alimento.

Más concretamente, el estudio de avifauna indica que en el entorno del Clúster eólico anidan tres especies de aguiluchos (aguilucho cenizo, pálido y lagunero). A este respecto, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco advierte del impacto negativo sobre estas especies que podría causar la ejecución del proyecto durante la época de reproducción.

3.1.5.– Montes, agricultura y ganadería.

La ejecución de los trabajos producirá afecciones sobre parcelas y explotaciones agrarias, montes de utilidad pública (MUP), caminos rurales y comunidades de regantes.

Analizado el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), la Dirección de Agricultura de la DFA señala que el proyecto afecta a un gran número de parcelas agrarias y de explotaciones: se ocuparán de forma temporal o permanente 124 parcelas agrícolas, en las que hay 40 explotaciones agrarias distintas declaradas.

En cuanto a los MUP, se afectará a 152 ha del MUP 437 Artearana, 326 ha del MUP 248 Alyala y Rayo, 166 ha del MUP 331 Atila y Saltegi, 79 ha del MUP 628-629-624 Mendierre, Medierre, Ilarra, 100 ha del MUP 517 Larrazabal y 51 ha del MUP 442 Ilazarri.

Respecto a la afección sobre los MUP, el Servicio de Montes del Departamento de Agricultura de la DFA considera que las estructuras del proyecto resultan difícilmente compatibles con la persistencia y conservación de los valores naturales de los MUP y su carácter de dominio público forestal, incluido los roturos en MUP (dado su carácter de uso temporal según lo establecido en el artículo 47 de la Norma Foral de Montes). Además, el Servicio considera que, en general, sería técnicamente posible ubicar las infraestructuras fuera de los MUP.

Por ello, el Servicio de Montes del Departamento de Agricultura de la DFA considera que la valoración de alternativas de ubicación del proyecto debería abarcar un área objeto de estudio más amplia, evitando la afección a los MUP, y solicita que se descarten las soluciones de evacuación aérea, optando en todos los casos alternativas subterráneas que aprovechen los trazados ya existentes de otras infraestructuras.

En suma, tanto dicho Servicio como la Dirección de Agricultura del Gobierno Vasco recalcan la importancia de que se prioricen las localizaciones en lugares que conllevan menores afecciones, como la repotenciación de los parques eólicos ya existentes (Badaia y Elgea-Urkilla) o la localización en entorno degradados.

Además, el Clúster Eólico Vitoria afectará con su línea de evacuación directamente a la Comunidad de Regantes Noryeste, ya que en ciertos tramos la infraestructura de evacuación eléctrica y la red de riego irán en paralelo o se cruzarán. Además, la Comunidad de Regantes de Izua dispone de un hidrante sobre uno de los nuevos viales proyectados para el acceso a los aerogeneradores. Se identifican también afectadas las Comunidad de Regantes Dulantzi, Comunidad de Regantes Quilchano de Elburgo, Comunidad de Regantes de Zaltegui (Etxabarri-Urtupiña), Comunidad de Regantes de Larrazabal (Ezkerekotxa) y dos Comunidades de Regantes en Arrieta.

La Dirección de Agricultura de la DFA indica que será necesario comprobar la compatibilidad de la presencia de parcelas inscritas en la comunidad de regantes de Noryeste, que previsiblemente pueden tener un sistema de riego por aspersión, y la línea de evacuación aérea.

La Comunidad de Regantes Noryeste ha presentado una alegación, referente a la incompatibilidad de las infraestructuras proyectadas con su transformación en regadío, declarada de utilidad pública. En respuesta, el promotor pone de manifiesto su compromiso de tener en consideración durante el desarrollo del proyecto constructivo la totalidad de la red de regadío existente.

3.1.6.– Patrimonio cultural.

Los movimientos de tierra pueden suponer la destrucción o alteración de bienes integrantes del patrimonio histórico, cultural y/o arqueológico.

El «Informe de afección a elementos del Patrimonio Cultural del Proyecto del Clúster Eólico Vitoria 30 kV» incluido en el Anexo VI del EsIA, realizado por la empresa ONDARE BABESA para IDOM, señala la detección, en una prospección visual del terreno, de una zona con restos de adobe que hubieran sufrido algún incendio en la zona de implantación de los aerogeneradores, por lo que la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco considera que esa zona debería documentarse mejor mediante sondeos arqueológicos y en su caso excavación, con el fin de determinar con mayor precisión su cronología y posible interés arqueológico.

Según el informe arqueológico, los elementos que podrían resultar afectados por los caminos de acceso, tanto durante su acondicionamiento como durante el tránsito de vehículos de acceso al parque, serían: el Camino de Santiago, las Zonas de Presunción Arqueológica del municipio de Alegria-Dulantzi n.º 12 «Poblado de Henayo», n.º 13 «Templo de San Miguel de Henayo» y «Angostina», al menos con afección segura al yacimiento n.º 14 «Angostina» y; la zona de presunción arqueológica calzada romana «ITER XXXIV ab Asturica burdigalam» del municipio de San Millán.

Por su parte, la LASMT se localiza cercana a varios elementos, destacando entre ellos los siguientes elementos que podrían resultar afectados: Zonas de Presunción Arqueológica del municipio de Elburgo: n.º 18 «Templo de San Pedro de Quilchano», n.º 17 «Poblado de Quilchano» y la «Ermita de San Pedro de Quilchano», Zona de Presunción Arqueológica de Elburgo «Ermita de Santa Eulalia» y la Zona de Presunción Arqueológica y Patrimonio Construido de Vitoria-Gasteiz: «Iglesia de San Millán», aunque el hecho de que la línea de evacuación de energía soterrada discurra por la ribera norte del arroyo Uragea evita afectar de forma directa este elemento. Dada la proximidad de la línea aérea a la ermita de San Pedro de Quilchano, que además cuenta con una zona de presunción arqueológica (n.º 17 y n.º 18 Poblado y Templo de San Pedro de Quilchano), la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco considera oportuno hacer un control de la excavación necesaria para la cimentación de los apoyos.

Asimismo, el informe arqueológico informa de que el tramo del camino de acceso que sale de Alegria-Dulantzi en dirección este para llegar a la zona oriental del ámbito de los aerogeneradores coincide con el trazado del Camino de Santiago por la ruta del Interior (también llamado Camino de San Adrián). Se da la circunstancia añadida de que un tramo del Camino de Santiago coincide además con lo que se considera trazado hipotético del denominado Iter XXXIV, vía romana de Astorga a Burdeos. La Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco informa de que el uso de este tramo del Camino de Santiago para el tránsito rodado necesario para la construcción del parque debe ser excluido por ser incompatibles con el régimen de protección, así como las actividades que habrían de realizarse sobre el propio Camino para adecuarlo al tránsito de maquinaria y vehículos pesados.

Junto al trazado del Camino de Santiago, en Alegría-Dulantzi, se encuentran las zonas de presunción arqueológica n.º 12 Poblado de Henayo, n.º 13 Templo de San Miguel de Henayo y n.º 14 Angostina. La Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco señala que en caso de que se considerara la posibilidad de construir un acceso paralelo de nueva planta al sur del Camino de Santiago, además de respetar la zona de afección de 30 m desde el borde de la explanación del Camino, quedarían afectadas esas zonas de manera que se debería aportar un estudio arqueológico específico que permitiera confirmar o desechar la presencia de restos arqueológicos.

El promotor muestra su conformidad con las consideraciones emitidas por la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco.

3.2.– Impactos en fase de explotación.

En cuanto a la fase de explotación, las principales acciones del proyecto susceptibles de generar impacto están relacionados con la presencia del parque eólico y de sus instalaciones anejas, el movimiento de las palas de los aerogeneradores, la presencia del tendido eléctrico aéreo, el movimiento ocasional de maquinaria y la realización de tareas para el mantenimiento de las instalaciones.

3.2.1.– Hábitats y fauna.

El EsIA no concreta la superficie de ocupación permanente del conjunto de las instalaciones. No obstante, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA indican que el proyecto conlleva numerosas actuaciones de elevada ocupación. En consecuencia, la fragmentación de áreas de vegetación afecta a una superficie de hábitats naturales, en su mayor parte quejigar (HIC 9240 Robledales ibéricos de Quercus faginea y Q. canariensis) y robledal (HIC 9230 Robledales de Quercus robur y Quercus pyrenaica), que quedan confinadas entre viales, zanjas, plataformas y en general zonas de alteración, muy especialmente en la zona culminar. Consideran que la ocupación de las instalaciones sobre estos hábitats resulta crítico, inasumible en unos bosques isla de extrema fragilidad.

Además, la presencia de las instalaciones del parque eólico reducirá la disponibilidad de los hábitats como zonas de campeo, reproducción y alimentación de la fauna terrestre y voladora. Los principales impactos que hay que considerar, en especial para la avifauna y quirópteros, son también los relativos al riesgo de colisión, electrocución, barotrauma y alteraciones en el comportamiento, debido al funcionamiento de los aerogeneradores y al tendido eléctrico.

Con respecto a la avifauna, el EsIA valora el impacto producido por los aerogeneradores sobre las aves del entorno como severo, por lo que propone una serie de medidas para paliar parte del impacto, entre las que se encuentran: un estudio faunístico de los 5 primeros años de funcionamiento del PE, la comprobación del funcionamiento de los salvapájaros instalados en la línea de evacuación y la instalación de aspas en los aerogeneradores que cuenten con patrones de colores para evitar la colisión de las aves. El promotor considera que, con la aplicación de estas medidas, el impacto de los aerogeneradores y de la línea de evacuación pasará a ser moderado.

Según los datos recogidos en campo, las especies con mayor riesgo de colisión con las aspas de los aerogeneradores son el buitre leonado, águila calzada, alimoche, milano real y gavilán común. Entre las citadas especies, cabe destacar por su categoría de protección en el CVEA el milano real («En Peligro de Extinción») y el alimoche común («Vulnerable»).

Atendiendo a los resultados del estudio de avifauna, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco señala que el alimoche es la especie que alcanzó el índice de sensibilidad más elevado, siendo el PE Carraca (AG-05) una de las zonas con mayor densidad de observaciones de alimoche en el área de seguimiento, seguido por el PE Carabela (AG-04).

La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático considera que el Clúster eólico se encuentra ubicado en una zona sensible que puede dificultar el uso que hacen diferentes especies de aves de las masas boscosas del ámbito, pudiendo provocar muertes por colisión con los aerogeneradores o el desplazamiento de poblaciones a otras zonas del territorio. A este respecto, cabe mencionar que los aerogeneradores PE Carraca 18 (AG-05) y PE Nao 18 (AG-06) se localizan en zonas de máxima sensibilidad ambiental en base al mapa de sensibilidad ambiental, como ya se ha mencionado anteriormente.

Además, dicha Dirección indica que la ubicación de los PPEE podría afectar especialmente al aguilucho pálido, que anida en el entorno del Clúster, debido a que según los datos del programa MIGRA de SEO/BirdLife, se observan numerosos movimientos de la especie entre la zona de cultivo en el entorno de Iruraiz-Gauna y la zona agrícola-forestal donde se proyecta el Clúster Vitoria.

Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava, por su parte, indican que el área afectable por el proyecto es sobrevolada por varias especies protegidas de rapaces forestales como la culebrera europea, gavilán, águila calzada, azor, alcotán, búho chico o lechuza, entre otras, que se reproducen en los bosques cercanos y cazan en la zona. El área también es sobrevolada por rapaces rupícolas como el águila real, que cuenta con varios territorios a menos de 15 km, el halcón peregrino y el águila de Bonelli o águila perdicera (Aquila fasciata) («En Peligro de Extinción» en el CVEA), con una única pareja reproductora cuya única zona de nidificación en el País Vasco se localiza a unos 10 km del emplazamiento propuesto para la ubicación de los aerogeneradores, por lo que el proyecto podría suponer un riesgo muy elevado para la conservación de la especie en la CAPV. Indican que el águila de Bonelli frecuenta los Montes de Iturrieta y se descuelga habitualmente hacia la Llanada Alavesa, por lo que hay un riesgo de colisión muy significativo.

Además, también indican que el milano real es una de las especies que se vería afectada por el parque eólico, por su método de prospección para alimentarse, por sus características de vuelo, por su situación a nivel peninsular y europeo, su estatus de protección máxima y por la altísima frecuentación del entorno del ámbito afectable. Si bien el estudio de avifauna constata una presencia muy importante de esta especie, dichos Servicios consideran que el reducido número de horas/días invertido en los censos, especialmente en el periodo migratorio donde se han realizado censos quincenales, infravaloran enormemente la presencia real de esta especie. De hecho, la posición de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la ruta migratoria seguida por los milanos reales en su acceso a sus zonas de invernada resulta estratégica. Por tanto, esta zona central de la Llanada forma paso de una ruta migratoria muy importante, especialmente en el paso postnupcial, siendo estos cerros que se elevan sobre zonas de monocultivo agrícola lugar de descanso fundamental. También recalcan que el milano real es una especie sedentaria, habiendo en el entorno próximo numerosos territorios y varios dormideros, concentrándose en el entorno cercano a los parques eólicos las mayores poblaciones de milano real reproductor de toda Álava. En el censo nacional realizado en 2024 se localizaron entre 25-32 territorios (Belamendia, 2024) de los cuales 7 se encuentran a menos de 10 km de los aerogeneradores proyectados, mientras que a 15 km encontramos 15 territorios. Por otro lado, es reseñable que en el entorno cercano al proyecto se encuentra una importante población invernante de milanos reales, con un total de 145 ejemplares censados en 2024 y provenientes del centro y norte de Europa siendo por tanto también un importante frente de migración de la Europa occidental.

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Por otro lado, estos Servicios informan de que en los últimos años la Dirección de Medio Natural de la DFA ha realizado un importante esfuerzo en el seguimiento del milano real, especialmente en el entorno de la Llanada Alavesa, donde han llegado a marcarse con GPS un total de 59 ejemplares entre adultos reproductores y pollos. De todos estos ejemplares radiomarcados, 37 de ellos se mueven dentro del buffer de 10 km entorno a los aerogeneradores y 21 de los ejemplares han pasado en algún momento por las ubicaciones de los aerogeneradores y/o línea aérea de evacuación, por lo que el riesgo de instalar aerogeneradores e infraestructuras asociadas en este entorno para esta especie es muy grave. Además, es remarcable que, de los 37 ejemplares que se mueven en el entorno cercano de 10 km al parque eólico proyectado, un total de 28 ejemplares son pollos, que, por sus características intrínsecas, son más sensibles a la colisión o electrocución que los ejemplares adultos.

Todo ello lleva a que los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA concluyan que la instalación del Clúster eólico supone un riesgo crítico tanto para la reproducción, como para la dispersión de ejemplares jóvenes y migración del milano real. El efecto negativo del proyecto sobre el milano real es determinante en la valoración crítica del impacto, no asumible, viéndose reforzada esta valoración por las afecciones que se producen sobre otras especies también sensibles y que se describen más adelante.

En relación con las especies necrófagas, dichos Servicios señalan que debe considerarse el régimen preventivo del Plan de Gestión de las Aves Necrófagas de Interés Comunitario de la CAPV, cuyo apartado 12.2. establece que «Para evitar el riesgo de colisión contra los aerogeneradores y los tendidos de evacuación de energía, se evitará la instalación de centrales eólicas en las Áreas de Interés Especial para las aves necrófagas de interés comunitario y en especial, en un radio de 10 km en torno a las Áreas Críticas para el Quebrantahuesos y/o el Alimoche». Teniendo en cuenta que a menos de 10 km se localiza un punto de nidificación de alimoche y también el muladar de Analamendi, siendo esta «Área de Alimentación Suplementaria», un área crítica tanto para quebrantahuesos como alimoche, se constatan al menos 2 áreas críticas para este tipo de aves, aspecto que junto con otros relevantes sobre otras especies condiciona la viabilidad de este proyecto.

Respecto al alimoche, los Servicios de la DFA indican que sobrevuela en periodo primaveral y estival con frecuencia la sierra de Argómaniz-Ezkerekotxa afectable por la implantación del parque eólico, tal y como se deduce por la abundancia de puntos de nidificación y un dormidero a menos 15 km del parque eólico, encontrándose un punto de nidificación a menos de 10 km. Su presencia es abundante en ámbitos próximos al emplazamiento del Clúster Eólico Vitoria como son los Montes de Vitoria e Iturrieta, Izki y la ZEC de Entzia, consecuencia de la diversidad y complejidad de los hábitats y biotopos presentes. En sus movimientos circadianos habitualmente se descuelga hacia la Llanada Alavesa sobrevolando los cerros interiores de la Llanada. Por tanto, las elevadas estructuras de 200 m con las palas giratorias, con un barrido de 2,4 hectáreas, suponen un riesgo muy serio para esta especie por sus costumbres prospectoras, frecuencia y altura de vuelo.

El buitre leonado también sobrevuela frecuentemente el área de proyecto, tal y como muestran los datos del seguimiento realizado por el EsIA, con 324 avistamientos. Los movimientos desde el Muladar de Analamendi y su elevación sobre las zonas de transición de monte con cultivos son habituales, por lo que los Servicios de la DFA consideran que el riesgo de colisión es elevado. Indican que cuentan con datos GPS de los movimientos que realizan 11 ejemplares marcados en 2022, de los cuales 8 utilizan de forma habitual la Llanada Alavesa y los cerros situados entre Argómaniz y Ezkerekotxa como zona de paso. Estas grandes aves planeadoras frecuentan el entorno en sus movimientos de transición entre los lugares de alimentación (Muladar de Analamendi), dormideros y zonas de reproducción situadas en las montañas que perimetran el valle de la Llanada Alavesa. En dichos movimientos se observa de forma clara la existencia de un pasillo aéreo que emplea con gran asiduidad esta especie y con toda probabilidad otras especies planeadoras entre Álava y Gipuzkoa. Los Servicios de la DFA indican que se trata, por tanto, de un ámbito utilizado con asiduidad por el buitre leonado, por lo que consideran que el proyecto supone un riesgo inasumible para la especie. Asimismo, consideran fundamental para la conservación de las poblaciones alavesas y navarras tanto de buitre leonado, como de otros grandes rapaces como el quebrantahuesos, águila real, alimoche e incluso águila de Bonelli, mantener este corredor coincidente con el ámbito del proyecto y el entorno del muladar sin parques eólicos.

En cuanto al quebrantahuesos, dichos Servicios de la DFA señalan que las Sierras próximas de Laminoria y los montes de Indiagana e Itxogana (a unos 7 km) y la ZEC Entzia (5 km) son determinantes en la expansión del Quebrantahuesos desde Pirineos, en dónde está asentado, hacia la Cordillera Cantábrica. Habitualmente, en primavera, el quebrantahuesos acude al muladar de Analamendi y frecuentemente cruza la Llanada Alavesa, pudiendo pasar por encima de la alineación de aerogeneradores proyectada hacia la zona del Parque Natural de Aizkorri Aratz. De hecho, los censos que realizan la DFA con la colaboración del Gobierno de Navarra y la Diputación Foral de Gipuzkoa, que tienen como punto de atención prioritaria la ZEC Entzia y sierras próximas, muestran una presencia destacada de quebrantahuesos en el entorno del proyecto con la observación de al menos 22 individuos.

Por lo que respecta a los aguiluchos ibéricos, el entorno en el que se proyecta el Clúster eólico es clave para el aguilucho cenizo y el aguilucho pálido, siendo la zona de mayor interés del Territorio Histórico de Álava para ambas especies que podrían ver sus escasas poblaciones afectadas de forma crítica. El informe de los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA incluye la siguiente imagen en la que se muestran la cercanía y abundancia de los territorios de aguilucho cenizo y pálido localizados en 2024.

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Además, indican que tanto el aguilucho cenizo, como el aguilucho pálido y el lagunero utilizan habitualmente la técnica de vuelo de prospección para la búsqueda de alimento. Estos vuelos de prospección, igual que el del milano real, son habituales a alturas medias, por lo que el riesgo de colisión con los tendidos eléctricos y aerogeneradores es muy elevado.

Por otra parte, consideran que los datos de seguimiento GPS de los que disponen para el aguilucho pálido indican que la especie frecuenta habitualmente los cerros situados entre Argómaniz y Ezkerekotxa en sus movimientos en búsqueda de alimento y campeo. En consecuencia, estiman que el valor faunístico de esta zona por su importancia reproductora para el aguilucho pálido y cenizo, unido a otros aspectos, justifica la inadmisibilidad del proyecto.

Respecto a la tórtola europea (Streptopelia turtur), que se encuentra en peligro de extinción a nivel estatal y autonómico, los Servicios de la DFA señalan que los cerros interiores de la Llanada Alavesa son lugar de refugio y cría para la especie, por lo que la construcción del parque eólico en el emplazamiento previsto significaría un impacto muy grave contraviniendo el Plan de Gestión de la Tórtola Europea aprobado en la CAPV, según el cual «en las Áreas de Interés Especial y en las Áreas de Intervención Prioritaria se prohíbe la implantación de instalaciones o infraestructuras que puedan suponer una pérdida del hábitat de nidificación de la tórtola europea, o una afección directa a la especie».

Respecto a los quirópteros, el EsIA señala que todas las especies identificadas durante el trabajo de campo presentan cierto riesgo de colisión con los aerogeneradores, a excepción del murciélago ratonero ribereño (Myotis daubentonii) que presenta un vuelo cercano al suelo y, por tanto, fuera del rango de acción de los aerogeneradores. A este respecto, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA señalan que numerosos estudios realizados, tanto en Estados Unidos, como en Europa, concluyen que hay una elevada mortandad de murciélagos en los parques eólicos, tanto por colisión, como por descompresión generada por las aspas en su entorno próximo.

La ubicación del Clúster cerca, o incluso, en zonas de bosques isla de la llanada, así como en las proximidades de numerosas masas de agua - hábitats propicios para determinadas especies de quirópteros-, implica que el riesgo de impacto de los elementos de los parques proyectados sobre este grupo faunístico pueda ser significativo.

Como medida para minimizar la afección sobre los quirópteros, el promotor propone la realización de un estudio faunístico durante el funcionamiento de los parques eólicos, y en función de las tasas de siniestralidad que se obtengan durante el mismo, propondrá la parada temporal en los aerogeneradores que se registre una elevada siniestralidad, que se efectuará durante las primeras 2-3 horas de la noche, que es cuando más actividad se registra y solo cuando la velocidad del viento sea inferior a 6 m/s.

Por otro lado, los parques eólicos suponen un efecto barrera en la capacidad de movimiento de algunas especies de aves en las rutas de migración o entre las áreas que emplean para la alimentación y descanso. Como ya se ha indicado anteriormente, el área afectable es sobrevolada por varias especies protegidas que se reproducen en el Humedal Ramsar «Colas del embalse de Ullibarri», la ZEC/ZEPA y humedal Ramsar «Salburua» y la ZEC «Embalses del sistema Zadorra» o las rapaces forestales de los bosques cercanos al área de proyecto que cazan en la zona. Este espacio resulta además relevante como lugar de refugio y reservorio para especies silvestres comunes dado el entorno profundamente transformado de la Llanada Alavesa. Por tanto, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA consideran que la instalación de un parque eólico y sus infraestructuras asociadas en este entorno provocará un elevado riesgo de afección sobre estas especies, ya que las infraestructuras propuestas se ubicarían en un espacio utilizado habitualmente en las rutas de vuelo, campeo y alimentación.

A este respecto, el EsIA señala que las rutas migratorias de varias de las especies presentes en la zona podrían verse afectadas dado que, según el Atlas de Aves Migratorias de Europa, pasan por la zona de estudio. Sería el caso de las siguientes especies: carricerín común, chorlitejo chico, aguilucho cenizo, alcaudón común, milano real, avión zapador, buitre leonado, milano negro, aguilucho lagunero occidental, cernícalo vulgar y cigüeña blanca. Exceptuando el cernícalo vulgar y el milano negro, todas ellas están incluidas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.

Tal y como indica el EsIA, la construcción del parque eólico supondría una alineación de aerogeneradores a lo largo de 5 km, con distancias mínimas de 500 metros entre cada posición. El promotor señala que dicha distancia entre aerogeneradores permite el paso de aves de pequeño tamaño y quirópteros, no obstante, indica que dicha disposición puede generar un efecto barrera para especies de aves de mayor envergadura. La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que las especies que pueden verse afectadas en mayor grado son los grandes rapaces u otras de gran tamaño que requieren de amplios territorios, pudiendo sufrir muertes por colisión con los aerogeneradores. Entre otros, cabe destacar el impacto que supondría el proyecto para el buitre leonado, siendo esta rapaz el ave más abundante en el ámbito del proyecto y una de las especies con mayor riesgo de colisión con los aerogeneradores.

La medida principal propuesta por el promotor en el EsIA para combatir el efecto barrera consiste en la realización de un estudio faunístico durante los cinco primeros años de funcionamiento de los PPEE, para comprobar la adecuada ubicación de los aerogeneradores. En caso de detectar un paso abundante de especies migradoras cercano a un aerogenerador, se analizará la adopción de medidas adicionales, como podría ser la instalación de dispositivos que detecten la presencia de aves cerca del aerogenerador y emitan señales de aviso o advertencia en caso de riesgo de colisión.

Teniendo en cuenta los desplazamientos migratorios y movimientos locales habituales de diversas especies de aves, entre las que se encuentran especies amenazadas, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático considera severo el efecto barrera del proyecto.

Asimismo, las balsas de agua existentes en la zona de implantación del Clúster resultan de interés para especies de aves acuáticas y quirópteros. Concretamente, las aves acuáticas pueden utilizar las balsas de riego como lugar de refugio y alimentación, por lo que resultan un punto de atracción. En este sentido, en el censo realizado se identificaron un total de 13 especies acuáticas, entre las que se encuentran especies incluidas en el LESRPE, como el somormujo lavanco y la garza real. Por tanto, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático considera que la implantación de aerogeneradores en esta zona puede suponer un obstáculo para las especies que hacen uso de dichas masas de agua y supondrá un riesgo de colisión.

Otro impacto negativo que podría producirse sobre la fauna es el efecto rechazo de algunas especies a la presencia de infraestructuras. A este respecto, el EsIA indica el efecto vacío que la presencia de un parque eólico puede provocar, haciendo que las aves eviten el uso del espacio más próximo a los aerogeneradores, desplazando su actividad a otras zonas y creando una zona vacía de aves entorno al emplazamiento del parque eólico, y, por tanto, reduciendo el hábitat disponible para las aves.

Respecto a la línea de evacuación, el EsIA hace referencia a un estudio pionero de SEO/BirdLife (Comité Científico Seo/Birdlife, 2020), en el que se desprende que, de las aves heridas o muertas en España debido a causas no naturales relacionadas con actividades ocasionadas por los humanos, el 40 % de los casos se deben a colisiones con los tendidos eléctricos. En dicho estudio se señalan entre las especies más afectadas por colisión con tendido eléctrico el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), el busardo ratonero (Buteo buteo) y la gaviota patiamarilla (Larus michahellis), y por colisión con aerogenerador, el buitre leonado (Gyps fulvus). A excepción de la gaviota, el resto de las especies están inventariadas en el ámbito del proyecto.

Por tanto, durante la fase de funcionamiento la línea de evacuación en su tramo aéreo puede generar un impacto relevante sobre la avifauna debido a la posibilidad de colisión y/o electrocución, ya sea durante los movimientos diarios o las migraciones. Si bien la línea de evacuación aérea discurre fuera de las zonas de protección para la avifauna establecidas por la Orden de 6 de mayo de 2016 y no resultan de aplicación las medidas contra la colisión y la electrocución, el promotor propone la instalación de salvapájaros en la totalidad de la línea aérea para evitar la colisión. A este respecto, a pesar de reducirse el impacto mediante la citada medida, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco, recuerda que la línea discurre próxima a un espacio de interés para la reproducción, migración e invernada de numerosas especies de aves. Por lo tanto, el trazado de la línea en aéreo puede dificultar el desplazamiento de las aves por esta zona, aumentando así el riesgo de electrocución y colisión, siendo causa de mortalidad para muchas especies.

El estudio de avifauna destaca la presencia de 23 especies a lo largo de la línea eléctrica aérea, siendo las especies más afectadas el cernícalo vulgar y el busardo ratonero. El EsIA valora el impacto de la línea de evacuación como compatible, por situarse en una zona con poca influencia sobre puntos sensibles a la fauna. No obstante, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que se trata de un impacto Severo, debido, principalmente, a que la línea se proyecta en una zona de relevante importancia para la avifauna dada su proximidad a la ZEC Embalses del sistema de Zadorra y que, por tanto, puede congregar elevada riqueza de avifauna. Además, como el propio EsIA indica y como se señala en dicho informe, por la zona de estudio pasan las rutas migratorias de varias especies, entre las que se encuentran especies amenazadas como el milano real (En peligro de Extinción), y otras especies incluidas en el CVEA. Dichas rutas migratorias estarían principalmente vinculadas al Humedal Ramsar / ZEC Embalses del Sistema de Zadorra.

Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y de Patrimonio Natural de la DFA concluyen que el Clúster Eólico Vitoria ocasionaría unos efectos negativos permanentes e irreversibles, que superan el nivel admisible, sobre la avifauna y quirópteros. Destacan los impactos sobre el milano real («En Peligro de Extinción»), sobre las especies necrófagas y los aguiluchos ibéricos. Además, consideran que la adopción de medidas protectoras o correctoras no permite la minimización de los impactos hasta niveles admisibles.

El promotor alega que el Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» es un proyecto ambientalmente viable, compatible con la biodiversidad del entorno y respetuoso con los valores naturales de la Llanada Alavesa.

La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que la evaluación de impactos realizada por el promotor es deficiente y poco rigurosa. Se presenta un análisis de impactos deficiente e incompleto que no refleja la realidad de las comunidades faunísticas presentes en el ámbito del proyecto atribuible a que en la evaluación no se han empleado los datos obtenidos del estudio anual de avifauna y quirópteros. Tampoco se han recogido los datos más actualizados y precisos disponibles para el ámbito del proyecto, como por ejemplo los disponibles en los Censos de aves acuáticas nidificantes e invernantes que se elaboran anualmente desde el Gobierno Vasco (que incluyen entre su zona de censo las colas sur del embalse de Ullíbarri Gamboa), los disponibles en el Sistema de Información de la Naturaleza de Euskadi (SINE), o los recabados por el grupo Hontza en sus seguimientos de aguiluchos.

Como resultado, dicha Dirección considera que se ha subestimado la magnitud del impacto sobre la perdida de conectividad entre espacios, el efecto barrera y las repercusiones negativas sobre la avifauna y quirópteros. Además, la deficiente valoración de impactos abordada tiene su reflejo directo en una propuesta de medidas preventivas, correctoras y de control (vigilancia ambiental) genérica y poco ajustada al proyecto concreto que se está evaluando.

En respuesta, el promotor manifiesta su voluntad de reforzar el Plan de Vigilancia ambiental propuesto, incorporando un seguimiento de avifauna y quirópteros durante toda la vida útil del parque (y no solo los primeros cinco años), paradas programadas durante los periodos críticos de paso o actividad, medidas adaptativas en función de los resultados del seguimiento y la incorporación de medidas compensatorias si los impactos residuales así lo exigiesen.

En relación con la viabilidad del proyecto, tras analizar los posibles efectos derivados del proyecto, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que el Clúster eólico es susceptible de causar afecciones relevantes en el entorno en el que se proyecta. La ubicación central del Clúster eólico propuesto en la Llanada Alavesa, sobre un cordal que alberga vegetación autóctona y se encuentra próximo a numerosos espacios protegidos (como la ZEC Embalses del sistema del Zadorra y el Humedal Ramsar Colas del Embalse de Ullibarri), se traduce en una elevada presencia de fauna. En este contexto, se considera que la construcción del parque eólico en este emplazamiento supone un elevado riesgo para especies de fauna amenazadas (rapaces, aves acuáticas, aves ligadas a medios agrícolas y quirópteros). En definitiva, dicha Dirección concluye que el proyecto resulta ambientalmente inviable y en consecuencia no cabe proponer ni condiciones ni medidas ambientales.

A este respecto, el promotor alega que la presencia de especies de interés está suficientemente documentada, pero no evidencia una relación funcional crítica con el entorno del proyecto. El Clúster Eólico Vitoria se ubica en un área sin hábitats prioritarios para la reproducción o alimentación regular de las especies amenazadas. Considera que con las medidas previstas y su plena disposición a ampliarlas si fuera necesario, se garantiza la compatibilidad del proyecto con la conservación de la fauna silvestre, en un marco de responsabilidad ambiental y cooperación activa con las autoridades competentes.

3.2.2.– Afección a la Red Natura 2000 y a la conectividad ecológica.

En lo que respecta a la posible afección a los espacios naturales protegidos del entorno, la posición del emplazamiento del Clúster con respecto a los espacios de la Red Natura 2000 que lo circundan y cuyos elementos objeto de conservación son entre otros las aves, las necrófagas y los quirópteros, constituye un aspecto que adquiere especial relevancia en la evaluación del impacto ambiental del proyecto.

De acuerdo con la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco, la implantación de aerogeneradores en la zona de las manchas forestales del ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa podría dificultar el uso que hacen ciertas especies de este entorno, provocando así el desplazamiento a otras zonas. Además, considera que la ejecución del proyecto en el entorno de la ZEC Embalses del sistema del Zadorra podría causar efectos negativos sobre la avifauna, que es un elemento clave de dicha ZEC. Asimismo, señala que la línea de evacuación aérea podría repercutir especialmente a las especies que hacen uso de la ZEC Embalses del sistema del Zadorra y de la ZEC/ZEPA Salburua.

En cuanto a la afección que la instalación de los aerogeneradores pudiera generar en la conectividad entre espacios naturales protegidos debido al efecto barrera, el EsIA valora el impacto del Clúster eólico como moderado. Por el contrario, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del GV considera que el proyecto puede causar un impacto relevante sobre la conectividad entre espacios, por su proximidad a una zona importante para las rutas migratorias, no solo a nivel global, sino también a nivel regional-local, ya que esta zona de la Llanada es un corredor de paso habitual de conexión entre la ZEC Embalses del Sistema del Zadorra y ZEC Montes de Aldaia con la ZEC Montes de Vitoria, ZEC Entzia y la ZEC Robledales Isla de la Llanada alavesa.

Con todo ello y atendiendo a los resultados del estudio de avifauna, dicha Dirección del Gobierno Vasco considera que el Clúster eólico se asienta en una zona de gran valor conector y, por tanto, no se puede asegurar que la implantación del proyecto no afecte a la función conectora de este entorno.

Por su parte, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA constatan movimientos de las aves partiendo del Humedal Ramsar/ZEC Embalses del Sistema del Zadorra que atraviesan la sierra central de cerros entre Argómaniz y Ezkerekotxa en la que se proyectan los seis aerogeneradores y la torre de medición, dirigiéndose al sur hacia la Montaña Alavesa y en especial a las numerosas balsas de riego y humedales naturalizados de la Llanada y de los Montes de Iturrieta y laderas sur de Entzia. Los parques eólicos significarían una grave afección avifaunística por el efecto barrera y el riesgo inasumible de colisión. Por ello, consideran que el Clúster Eólico Vitoria sería incompatible con los objetivos de conservación de la ZEC Embalses del Sistema del Zadorra, por su afección a las aves, que son elemento clave objeto de conservación del espacio Red Natura 2000. Además, la conexión ecológica entre el del Humedal Ramsar / ZEC Embalses del Sistema del Zadorra con otros humedales protegidos, con los Montes de Iturrieta y con la ZEC de Entzia se vería muy afectada por la implantación del parque eólico.

Los Servicios de la DFA consideran, por tanto, que se afecta de forma crítica a la avifauna, Elemento Clave, objetivo de gestión y conservación, de la ZEC de los Embalses del Sistema Zadorra y Humedal Ramsar (a tan solo 2 km) y también de la ZEC de Entzia (5 km). Concluyen que el proyecto causaría un perjuicio muy grave sobre los procesos ecológicos esenciales de los dos espacios protegidos, afectándose muy seriamente a la coherencia y a la integridad de la Red Natura 2000.

Además, debe tenerse en cuenta que la gran mayoría del ámbito del proyecto se encuentra Catalogado como Área Agraria de Intervención (AAI) por el Decreto 206/2015, de 3 de noviembre, por el que se designa Zona Especial de Conservación Robledales Isla de la Llanada Alavesa (ES2110013). El Decreto de declaración, así como el plan de gestión de la ZEC incluyen los Objetivos, Regulaciones, Directrices y Medidas de conservación para la ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa, así como para el AAI, orientadas, principalmente, a la mejora de la conectividad, reforestación de roturos, a la coexistencia entre el medio agrario y el forestal y, en definitiva, a la mejora de las condiciones actuales del entorno y por ende el estado de conservación de las especies y hábitats. Dichos Servicios consideran que el proyecto planteado es completamente opuesto a lo establecido en dichas regulaciones y que la ejecución del proyecto afectaría de forma irreversible a la ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa y a su coherencia ecológica.

En cuanto al impacto del Clúster Eólico Vitoria sobre el corredor ecológico existente en el ámbito de implantación, clave en la Llanada Alavesa y para los entornos protegidos circundantes, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA estiman que alcanzaría una magnitud crítica, afectándose muy seriamente los procesos ecológicos esenciales entre Espacios de la Red Ecológica Europea «Natura 2000», dados los efectos negativos que se ocasionaría sobre la avifauna silvestre y quirópteros protegidos, expuestos en apartados anteriores.

3.2.3.– Impacto paisajístico.

El Anexo III del EsIA incluye un estudio de impacto en el paisaje del Clúster Eólico Vitoria, en el que valora el impacto como moderado para la línea y severo para los aerogeneradores. Dicho estudio incluye un estudio de visibilidad, según el cual la mayor parte del área de estudio presenta una visibilidad muy alta. Los resultados indican que, en el radio de 5 km, los aerogeneradores resultarían visibles desde la mayor parte del territorio en un 29,45 %, visibilidad que disminuye al 24,84 % en una envolvente de 15 km. En cualquier caso, los PPEE serían visibles desde buena parte de la ciudad de Vitoria-Gasteiz, así como desde carreteras principales y vías ferroviarias, de modo que la accesibilidad visual es muy elevada.

El impacto visual principal se producirá por la existencia de los aerogeneradores, así como la torre de medición y el centro de seccionamiento. Además, el trazado aéreo propuesto para la línea de evacuación supone una afección importante sobre la calidad del paisaje. La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que el proyecto generará un impacto visual significativo en el paisaje circundante, siendo una zona muy transitada y próxima a la capital de la CAPV.

Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA consideran que el proyecto transformaría radicalmente el Paisaje Singular de los cerros de la Llanada, hasta el punto de que la ejecución del parque acabaría con el carácter singular que merece la catalogación de estos cerros. Recalcan que el movimiento de tierras rebasa los 250.000 m3 en unos cerros de fragilidad elevada y gran exposición visual desde puntos muy frecuentados. Por otra parte, los aerogeneradores que alcanzan una altura de 200 m afectan a una cuenca visual amplísima transformando de forma muy notable, en algún caso drástica, los 9 paisajes sobresalientes que rodean el área de proyecto.

Atendiendo al Plan Territorial Parcial de Álava Central, el proyecto se desarrolla en un Área de Especial Interés Paisajístico (AEIP): con la denominación «P1 Cerros de la Llanada Alavesa» y afectará también a otras AEIP debido a su proximidad al ámbito del proyecto: «P-2 Montes de Vitoria Barga de Iturrieta y Entzia», «P3 Ullibarri-Gamboa», «P-5» Montes de Aldaia y Narbaiza «IV-4 Montes de Iturrieta, Sierra de Entzia». Los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA estiman que el EsIA no ha analizado debidamente la incidencia en estas áreas catalogadas por el PTP por su valor y singularidad paisajística.

Teniendo en cuenta los valores de este Paisaje Singular catalogado «Cerros de la Llanada» y asimismo Área de Especial Interés Paisajístico según PTP de Álava Central, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la DFA y la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco consideran que la pérdida de calidad paisajística y de naturalidad sería muy relevante y no ha sido suficientemente evaluada en el EsIA.

Con referencia al impacto paisajístico, además de los informes de las administraciones con competencia en patrimonio natural y medio ambiente, han presentado alegaciones los Ayuntamientos afectados, y entre las consideraciones realizadas destaca la necesidad de soterrar la línea de evacuación, de manera que discurra por senderos o viales públicos mejorando la integración paisajística del proyecto.

El promotor alega que el proyecto se ajusta a lo establecido en la planificación territorial y paisajística y que no vulnera los valores del paisaje regional reconocidos por la administración. Además, indica que, aunque el proyecto será visible desde determinados puntos del entorno, la visibilidad no equivale a una degradación paisajística. Respecto al soterramiento de la línea, señala que conlleva una mayor complejidad técnica y costes significativamente superiores al del trazado aéreo, no solo en ejecución, sino también en mantenimiento, inspección y reparación.

3.2.4.– Afección agraria.

Atendiendo al PEAS realizado por la Dirección de Agricultura de la DFA, las plataformas y caminos de acceso se encuentran ubicados sobre 5 municipios (Elburgo, Barrundia, San Millán, Alegría-Dulantzi e Iruraiz-Gauna). La afección en estos municipios es mínima en comparación a la superficie total de los mismos. La ocupación permanente de este proyecto mayoritariamente se localiza sobre las categorías «Forestal Monte-Ralo» y «Forestal» del PTS Agroforestal.

Para el caso de la línea aéreo-subterránea de evacuación de energía hasta la Subestación «Vitoria» son tres los municipios afectados (Alegría-Dulantzi, Arratzua Ubarrundia y Vitoria-Gasteiz). La línea aéreo-subterránea discurre por suelos categorizados como «Alto Valor Estratégico» según el PTS Agroforestal. Concretamente, el tramo aéreo discurre por 2.982 m y el tramo soterrado por 769 m de suelo de la categoría «Agroganadero: Alto valor estratégico». Son 16 los apoyos que se ubican sobre suelo categorizado como «Alto Valor Estratégico» en el municipio de Elburgo y Arratzua-Ubarrundia. En el «Estudio de Impacto Ambiental del Clúster eólico «Vitoria»» se valora como superficie de ocupación permanente por apoyo 64 m2, por lo que la superficie total afectada de «Alto Valor Estratégico es de 1.024m2».

El municipio de Elburgo cuenta con 417 ha y el Arratzua-Ubarrundia con 804 ha de suelo categorizado como de «Alto Valor Estratégico», por lo que la Dirección de Agricultura de la DFA indica que la afección es mínima.

3.2.5.– Afecciones a la población.

Con respecto al ruido, el EsIA incluye en su Anexo I un estudio de impacto acústico en el que se concluye que el Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» cumplirá con los valores recogidos en el Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Real Decreto 1367/2007 de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

No obstante, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava indican que, en el entorno inmediato al Clúster eólico, sobre las laderas de los cerros afectables, se localizan en torno a 1 kilómetro las poblaciones de Ezkerokotxa, Txintxetru, Arrieta, Etxabarri-Urtupiña y Argomaniz, y en torno a 1,5-2 km se ubican Alegría-Dulantzi, Elburgo y Oreitia. El EsIA no ha considerado debidamente el efecto del proyecto sobre las poblaciones rurales del entorno. Dichos Servicios de la DFA estiman que el efecto sonoro y la pérdida de naturalidad en los pueblos situados en el entorno próximo alcanzaría una magnitud crítica que no debería asumirse, y que las medidas correctoras y protectoras no pueden evitar ni minimizar de forma relevante la afección.

Por otra parte, la Dirección de Agricultura de la DFA indica que la línea aéreo-subterránea de evacuación se proyecta dentro de los 500 m de sosiego público para núcleos de población delimitados por el PTS de Energías Renovables en los núcleos poblacionales de Etxabarri-Urtupiña, Argomaniz, Arbulo, Jungitu y Ullibarri Arrazua.

3.2.6.– Sinergias.

La acumulación de instalaciones de energía renovable tanto eólica como fotovoltaica a escasa distancia unas de otras pueden producir efectos importantes, acumulativos y/o sinérgicos en los propios municipios y en el entorno. Además, como indica la Dirección de Agricultura de la DFA, uno de los principales efectos sinérgicos que pueden generar este tipo de infraestructuras son los relativos a la pérdida de capacidad agrológica de los suelos, así como afecciones a las explotaciones agrarias de las parcelas afectadas.

Según el EsIA, el impacto negativo más relevante provocado por el conjunto de proyectos del entorno es el efecto sobre la avifauna, debido al efecto barrera y la mortalidad por colisiones y/o electrocuciones. Otro de los impactos que cobra especial importancia por el potencial efecto acumulativo es el impacto paisajístico, sobre el cual el EsIA no profundiza adecuadamente. La implantación de este parque eólico, junto con la creciente cantidad de proyectos energéticos proyectados en la zona, generará una alteración relevante en el entorno. Debido a la intrusión de nuevos elementos en el paisaje, como los aerogeneradores, líneas eléctricas y sus apoyos, el proyecto tendrá efectos negativos sobre el paisaje existente y la dinámica de los elementos naturales se verán alterados.

No obstante, el promotor únicamente valora los impactos acumulativos y sinérgicos en relación con los propios parques eólicos que conforman el Clúster entre sí y con el PE Elgea-Urkilla, situado en el radio de 15 km, sin haber tenido en consideración los PE Miritxa, PPE Clúster Gamarra, PE Azazeta y PE Clúster Ali I y II y los numerosos proyectos de plantas fotovoltaicas previstas en la zona.

Dado que no se ha evaluado el impacto conjunto producido por todas estas instalaciones del entorno, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que el estudio de sinergias carece de un análisis riguroso. Además, determina que los impactos ambientales sinérgicos se han analizado de forma genérica e insuficiente, centrándose únicamente en los impactos sobre la fauna y el impacto acústico. El estudio no incluye una valoración del potencial efecto sinérgico y acumulativo sobre el paisaje y carece de un análisis sobre las cuencas visuales afectadas teniendo en cuenta todos los proyectos del ámbito de estudio.

El promotor alega que el Clúster Eólico Vitoria no presenta un impacto sinérgico o acumulativo severo, y que cumple con lo exigido por la normativa ambiental vigente.

3.3.– Resultado de los trámites de información pública y consultas.

En el Anexo a esta Resolución se relacionan las alegaciones recibidas en el trámite de información pública y los informes de las administraciones públicas y personas interesadas consultadas por parte del órgano sustantivo.

A lo largo de la Resolución se ha resumido el contenido de los informes emitidos por las administraciones públicas en el apartado correspondiente a las materias de su competencia, así como el contenido de las alegaciones del resto de organismos, entidades y particulares.

3.4.– Valoración del órgano ambiental.

Tal y como se ha puesto de manifiesto a lo largo de esta Resolución, el emplazamiento donde se proyecta el Clúster Eólico Vitoria ocupa una posición central respecto a numerosos espacios Red Natura 2000. Entre los elementos objeto de conservación de estos espacios se encuentran las aves necrófagas, varias especies de aves sedentarias y migratorias asociadas a las masas forestales circundantes y a los humedales interiores, entre las que se encuentra el milano real y numerosas especies de quirópteros, amenazadas y vulnerables a la actividad de los parques eólicos por el riesgo de accidentes con los aerogeneradores y la línea eléctrica aérea, que suponen una barrera a sus desplazamientos en busca de alimento.

La información y datos proporcionados por los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Natural de la Diputación Foral de Álava, órgano competente en la gestión de la fauna y flora silvestre, han puesto de manifiesto que en el radio de influencia del proyecto existe una elevada frecuencia de uso del espacio por parte del alimoche, milano real, buitre leonado, aguiluchos cenizo y pálido, tórtola europea e, incluso, del quebrantahuesos y que, además, el área del proyecto constituye un hábitat potencial para la reproducción, caza y campeo del aguilucho cenizo y del aguilucho pálido, siendo la zona de mayor interés del Territorio Histórico para ambas especies, las cuales presentan un fuerte declive poblacional en la actualidad y cuyas poblaciones podrían verse afectadas de forma crítica.

Por otro lado, los mapas proporcionados por la Diputación Foral de Álava, reflejando los desplazamientos del milano real y del buitre leonado marcados con GPS, demuestran que existe una alta frecuentación del cordal Argomaniz-Ezkerekotxa, siendo este un «corredor de enlace» entre los distintos espacios naturales del entorno y de gran valor para el mantenimiento de los procesos ecológicos en la Llanada. Asimismo, en base a los datos de los que dispone dicho organismo, procedente de censos realizados en colaboración con el Gobierno de Navarra y la Diputación Foral de Gipuzkoa, la presencia del quebrantahuesos en el entorno es destacada.

En lo que respecta al alimoche, además de contar con una abundante presencia en el ámbito, a menos de 10 km del área de implantación se localiza un nido, y numerosos puntos de nidificación y un dormidero a menos de 15 km.

Hay que tener en cuenta, asimismo, la existencia del Muladar Analamendi, que constituye un foco de atracción para las aves necrófagas, siendo frecuentes sus vuelos de movimiento entre el muladar y la zona de transición de cultivos existente en la Llanada Alavesa, sobrevolando la zona de implantación de los aerogeneradores e incrementando por lo tanto el riesgo de accidentes. En este sentido, los datos GPS del buitre leonado de los que dispone la Diputación Foral de Álava evidencian la existencia de un pasillo aéreo existente entre el Muladar Analamendi y el ámbito del proyecto.

De acuerdo con el Plan de Gestión de Aves Necrófagas de la CAPV, el nido de alimoche existente en un radio menor a 10 km del ámbito de implantación de los parques eólicos, así como el muladar Analamendi, considerada «Área de alimentación suplementaria» del quebrantahuesos y el alimoche, constituyen dos Áreas Críticas para el Quebrantahuesos y/o el Alimoche. En este sentido, el apartado 12.2 de dicho Plan de Gestión establece que «Para evitar el riesgo de colisión contra los aerogeneradores y los tendidos de evacuación de energía, se evitará la instalación de centrales eólicas en las Áreas de Interés Especial para las aves necrófagas de interés comunitario y en especial, en un radio de 10 km en torno a las Áreas Críticas para el Quebrantahuesos y/o el Alimoche».

Asimismo, por la zona de implantación del Clúster pasan las rutas migratorias de varias especies, vinculadas principalmente a la ZEC Embalses del Zadorra. Entre dichas rutas migratorias se encuentran las de especies amenazadas como el milano real («En Peligro de Extinción»), y otras especies incluidas en el CVEA.

Los cerros de la Llanada Alavesa son lugar de refugio y cría de la tórtola europea. De hecho, el robledal isla más próximo al «PE Nao 18» (a menos de 200m al este) se incluye en el Área de Intervención Prioritaria-Nivel 2 del Plan de Gestión de la tórtola europea. Además, el estudio de avifauna realizado por el promotor incluye avistamientos de la tórtola muy próximos a la zona de implantación de los aerogeneradores, por lo que la construcción del parque eólico en el emplazamiento previsto significaría un impacto muy grave sobre esta especie «En Peligro de Extinción».

El estudio anual de quirópteros que acompaña el estudio de impacto ambiental, a pesar de presentar deficiencias por carecer del estudio de refugios prioritarios de quirópteros cercanos, ha detectado asimismo una elevada riqueza y actividad de este grupo en el emplazamiento. La información proporcionada por el órgano foral ha corroborado la importancia notable de los quirópteros en los cerros de la Llanada Alavesa, debido a la presencia de los bosques isla, que están compuestos por ejemplares arbóreos que cuentan con oquedades y refugios que albergan especies amenazadas, a la existencia de las masas de agua y a la proximidad de espacios naturales de gran valor constatado para numerosas especies de quirópteros, como es la ZEC Entzia.

Las medidas preventivas, correctoras y de control propuestas en el estudio de impacto ambiental son genéricas y poco ajustadas al proyecto que se está evaluando, limitándose al pintado de aspas de los aerogeneradores, a la instalación de salvapájaros en el tramo aéreo de la línea eléctrica, con el fin de disminuir así el riesgo de colisión con los aerogeneradores y la línea respectivamente, y la realización de un seguimiento de las poblaciones durante la fase de funcionamiento.

La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Gobierno Vasco, ha destacado que, la ubicación central del Clúster eólico propuesto en la Llanada Alavesa, sobre un cordal que alberga vegetación autóctona y se encuentra próximo a numerosos espacios protegidos (como la ZEC Embalses del sistema del Zadorra y el Humedal Ramsar Colas del Embalse de Ullibarri), se traduce en una elevada presencia de fauna, lo que supone un elevado riesgo para especies de fauna amenazadas, como rapaces, aves acuáticas, aves ligadas a medios agrícolas y quirópteros. En definitiva, dicha Dirección ha concluido que el proyecto resulta ambientalmente inviable y en consecuencia no cabe proponer ni condiciones ni medidas ambientales.

Por su parte, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Natural de la Diputación Foral de Álava, han concluido que los efectos negativos del proyecto serán permanentes e irreversibles sobre la avifauna y los quirópteros, superando el nivel admisible, y que las medidas protectoras o correctoras no permiten la minimización de los impactos hasta niveles admisibles. Destacan los impactos sobre el milano real («En Peligro de extinción»), sobre las especies necrófagas y los aguiluchos ibéricos. Además, en calidad de órgano gestor de los espacios de la Red Natura 2000 circundantes, indica que se afecta de forma crítica a la avifauna, elemento clave, objetivo de gestión y conservación, de la ZEC de los Embalses del Sistema Zadorra y Humedal Ramsar (a tan solo 2km) y también de la ZEC de Entzia (5 km). Consideran que el proyecto causaría un perjuicio muy grave sobre los procesos ecológicos esenciales de los dos espacios protegidos, afectándose muy seriamente a la coherencia y a la integridad de la Red Natura 2000.

En suma, el proyecto plantea ocupaciones importantes de los bosques isla constituidos por robledales y quejigales y que forman parte de los HIC 9240 Robledales ibéricos de Quercus faginea y Q. canariensis e HIC 9230 Robledales de Quercus robur y Quercus pyrenaica. Dada la limitada superficie de estas masas singulares, los Servicios de Sostenibilidad Ambiental y Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Natural de la Diputación Foral de Álava consideran crítico e inasumible las ocupaciones de estos bosques isla de extrema fragilidad. De igual modo, estas masas arboladas forman parte de la ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa, cuyas regulaciones y medidas de gestión aprobadas están orientadas a la mejora de la conectividad, reforestación de roturos, a la coexistencia entre el medio agrario y el forestal y a la mejora de las condiciones actuales del entorno y del estado de conservación de las especies y hábitats. Por tanto, la Diputación Foral de Álava considera que la ejecución del proyecto afectaría de forma irreversible también a la ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa y a su coherencia ecológica. Asimismo, valoran el impacto del proyecto sobre el corredor ecológico existente en el área de implantación como crítico, afectándose a los procesos ecológicos esenciales entre espacios de la Red Natura 2000.

En lo que respecta al impacto sobre el paisaje, tal y como se ha puesto de manifiesto en los informes de los organismos consultados, el proyecto implica la realización de importantes movimientos de tierra, la transformación del Paisaje Singular «Cerros de la Llanada Alavesa» e incidirá asimismo en otras unidades de paisaje categorizadas por el Plan Territorial Parcial de Álava Central como Áreas de Especial Interés Paisajístico.

Este la vista de lo anteriormente expuesto, una vez efectuado el análisis técnico del proyecto y el estudio de impacto ambiental, se estima que la alta sensibilidad ambiental del entorno, la elevada frecuencia de uso del espacio por parte de especies de aves protegidas, la alta densidad de territorios de nidificación, colonias, dormideros y refugios de fauna voladora amenazada, el alto riesgo de colisión de la misma, los posibles efectos adversos sobre los objetivos de conservación de los espacios Red Natura 2000 (ZEC Robledales Isla de la Llanada Alavesa, ZEC de los Embalses del Sistema Zadorra y ZEC Entzia), el efecto barrera, la afección sobre el corredor ecológico existente en el ámbito de implantación de la alineación, la alteración de los hábitats y el elevado impacto paisajístico motivan que el proyecto se considere ambientalmente inviable, incluso con la aplicación de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el estudio de impacto ambiental u otras que se pudieran implantar.

Por tanto, en aplicación de los principios de precaución y acción cautelar y de acción preventiva de los impactos sobre el medio ambiente a los que se debe sujetar, entre otros, el procedimiento de evaluación ambiental, este órgano ambiental valora con carácter desfavorable el proyecto de Clúster Eólico «Vitoria 30 kV» (29,94 MW), así como sus infraestructuras asociadas, en los términos municipales de Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna, San Millán, Barrundia, Elburgo, Arratzua-Ubarrundia y Vitoria-Gasteiz (Álava), promovido por Savanna Power Solar 14, S.L.U.

Segundo.– Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Delegación de Administración Industrial de Álava y al promotor, Savanna Power Solar 14, S.L.U.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Declaración de Impacto Ambiental en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Indicar que de acuerdo con el artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de enero de 2026.

El director de Administración Ambiental,

NICOLAS GARCIA-BORREGUERO URIBE.

(Véase el .PDF)

Análisis documental