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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 224, jueves 20 de noviembre de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
4955

ORDEN de 12 de noviembre de 2025, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan, para el ejercicio 2026, las ayudas del programa Eraikal, dirigidas a la mejora global del sector de la edificación residencial en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El programa Eraikal es una iniciativa del Departamento de Vivienda y Agenda Urbana orientada a promover la gestión de la calidad constructiva y arquitectónica a lo largo de todo el ciclo de vida útil de los edificios, abarcando tanto la obra nueva como las intervenciones de rehabilitación y mantenimiento derivadas de inspecciones técnicas, así como los procesos de derribo y reciclaje. Asimismo, el programa persigue la incorporación efectiva de la variable ambiental y de la prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción, fomentando la sostenibilidad y respaldando la innovación en las empresas y profesionales vinculados a la edificación residencial en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En definitiva, Eraikal está dirigido a fomentar la mejora integral del parque de edificación residencial de Euskadi, apoyando actuaciones como la innovación aplicable a diversos aspectos del proceso edificatorio residencial, la difusión y transferencia del conocimiento generado en dichas actuaciones, la implantación y certificación de sistemas de gestión organizativa y de calidad en empresas y profesionales del sector, la obtención de certificaciones específicas tanto para personas físicas o jurídicas como para las propias edificaciones residenciales, el impulso de procesos industrializados en la construcción de viviendas y la realización de auditorías técnicas que permitan conocer y garantizar el estado y la calidad de los edificios existentes.

En su convocatoria para el año 2026, el programa Eraikal se estructura en seis líneas de ayuda, diseñadas para avanzar en esta dirección y fomentar proyectos vinculados a:

1.– El estado de conservación y la calidad constructiva y arquitectónica de los edificios residenciales.

2.– La eficiencia energética y la construcción sostenible.

3.– La calidad de la gestión empresarial y la implantación de sistemas de gestión, incluyendo calidad, seguridad y salud laboral, medio ambiente, gestión documental y Modelado de Información de Edificación (BIM).

4.– La industrialización de los procesos de construcción, especialmente en vivienda colectiva y protegida.

5.– La innovación en accesibilidad y la incorporación de tecnologías domóticas que mejoren la habitabilidad y funcionalidad de las viviendas.

6.– La mejora de la seguridad y salud laboral en el sector de la edificación residencial.

La presente convocatoria de ayudas contribuye a la consecución de estos objetivos, mediante la financiación de actuaciones dirigidas a la implantación de sistemas de gestión en el ámbito organizativo y empresarial, el fomento de la calidad constructiva y arquitectónica, la sostenibilidad y el apoyo a la innovación en el sector de la edificación residencial en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Para avanzar en estos objetivos, resulta esencial, por un lado, disponer de un conocimiento riguroso y actualizado sobre el estado del parque residencial y sobre los resultados obtenidos en las intervenciones ya ejecutadas; y, por otro, analizar la viabilidad técnica y económica de nuevas propuestas innovadoras que incorporen soluciones técnicas, constructivas o de gestión que aporten mejoras relevantes en este ámbito.

Por otro lado, en el ámbito de la edificación residencial, la calidad de los procesos y resultados depende en gran medida de la participación coordinada de una amplia variedad de agentes con funciones y responsabilidades diferenciadas: promotoras, proyectistas, constructoras, direcciones facultativas, gremios, proveedores de materiales, laboratorios, entidades de control de calidad y, por supuesto, las personas usuarias de los edificios.

Esta pluralidad de agentes y la diversidad de sus funciones hacen que la coordinación y la gestión eficaz de todos ellos sean elementos fundamentales para garantizar la calidad, no solo en el diseño arquitectónico, sino también en la ejecución, el control y el mantenimiento de las edificaciones.

En este contexto, la implantación de sistemas de gestión de la calidad y de prácticas orientadas a la mejora continua en las empresas del sector constituye una herramienta clave para para fomentar la realización de trabajos seguros, de calidad y respetuosos con el medio ambiente. Estas medidas permiten dar respuesta a las necesidades y expectativas de la sociedad actual y, en particular, de las personas residentes en el parque de vivienda existente.

Desde la Viceconsejería de Vivienda se supervisa y regula la calidad de los elementos constructivos, proporcionando a los profesionales un marco claro para el control de la calidad en las edificaciones, con un enfoque basado en la innovación, la eficiencia energética y la sostenibilidad.

En coherencia con estos objetivos, la Orden de 2026 incorpora como novedad la Línea VI, orientada a impulsar la innovación en accesibilidad en el ámbito residencial y urbano. Esta línea estratégica promueve el desarrollo de soluciones constructivas y digitales que contribuyan a mejorar la calidad de vida, reforzando el compromiso del programa Eraikal con la transformación del sector desde una perspectiva inclusiva y sostenible.

Los objetivos del programa y su materialización a través de las líneas de ayuda definidas se alinean plenamente con el Pacto Social por la Vivienda (PSV) 2022-2036. En particular, la Línea 4 del PSV persigue conformar un sector de la construcción atractivo, competitivo e innovador, y establece en su primera directriz el compromiso de promover y apoyar la innovación en el sector. En consonancia con la nueva Línea VI, dedicada a la innovación en accesibilidad, la Línea 2 del PSV, orientada a profundizar en la dimensión social de la política de vivienda, establece en su segunda directriz el desarrollo de normativa y medidas de apoyo para mejorar la calidad de la vivienda existente, especialmente en términos de habitabilidad, accesibilidad, eficiencia energética y seguridad.

Asimismo, el Programa de Gobierno para la XIII Legislatura (2024-2028) recoge compromisos explícitos para promover la rehabilitación y la innovación en vivienda, con especial énfasis en la mejora de la eficiencia energética, la accesibilidad y la construcción sostenible (compromiso 21). En este marco, el programa Eraikal se alinea con diversas iniciativas, entre ellas: la iniciativa 1, que potencia las intervenciones de rehabilitación orientadas a resolver problemas de accesibilidad y eficiencia energética mediante nuevas subvenciones y líneas de financiación; y la iniciativa 3, que promueve, mediante programas específicos y participación en iniciativas europeas, la innovación en los procesos de diseño y construcción de viviendas, la industrialización dirigida a optimizar promociones de vivienda en alquiler, y la arquitectura avanzada con criterios de sostenibilidad, consumo energético nulo y cero emisiones de CO?.

Este régimen de ayudas se recoge en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por Orden de 18 de junio de 2025, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2025-2028, conforme a lo exigido por el artículo 7.1 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, y con el contenido señalado en dicho precepto. El citado plan se estructura en seis ejes estratégicos definidos tanto en los documentos programáticos sectoriales del Departamento como en los compromisos asumidos por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en el Programa de Gobierno de la XII Legislatura (2020-2024) «Euskadi en marcha».

Uno de estos ejes estratégicos es promover la calidad, la innovación y la sostenibilidad en la vivienda, que constituye precisamente el objeto del programa Eraikal, mediante el cual se convocan ayudas para la promoción de la implantación de sistemas de gestión en el ámbito organizativo y empresarial, el fomento de la calidad constructiva y arquitectónica, la sostenibilidad y el apoyo a la innovación en el sector de la edificación residencial en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La Orden de 26 de abril de 2007 de la consejera de Hacienda y Administración Pública regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en este sentido, permite la tramitación anticipada de un expediente de gasto en el ejercicio inmediatamente anterior a aquel en el que vayan a concederse ayudas y subvenciones. Considerando que mediante la presente convocatoria de ayudas se promueven actuaciones vinculadas al programa Eraikal para el año 2026, procede iniciar un expediente de tramitación anticipada a fin de alcanzar el objeto de esta convocatoria subvencional.

En su virtud, y en ejercicio de la competencia conferida por el Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, por el que se crea, suprime y modifica la estructura de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y se determinan sus funciones y áreas de actuación; así como por el Decreto 411/2024, de 3 de diciembre, que establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Agenda Urbana, y conforme a lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

RESUELVO:

Artículo único.– Aprobar las bases reguladoras y convocar, para el ejercicio 2026, las ayudas del programa Eraikal, dirigidas a la mejora global del sector de la edificación residencial en la Comunidad Autónoma de Euskadi, mediante la financiación de actuaciones enmarcadas en seis líneas: innovación aplicada a procesos, materiales o soluciones constructivas en la edificación residencial; transformación digital y divulgación del sector; implantación y certificación de sistemas de gestión organizativa y de calidad tanto para personas físicas o jurídicas del sector de la edificación residencial como para edificaciones residenciales; fomento de la industrialización en la construcción de viviendas; innovación en accesibilidad.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Además de lo previsto, a estas ayudas le son de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el consejero de Vivienda y Agenda Urbana, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2025.

El consejero de Vivienda y Agenda Urbana,

DENIS ITXASO GONZÁLEZ.

(Véase el .PDF)

Análisis documental