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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, martes 11 de noviembre de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO
4786

ORDEN de 20 de octubre de 2025, de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se resuelve la convocatoria del «Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores» para el año 2025.

Conforme a lo establecido en el artículo 12 del Decreto 145/2023, de 3 de octubre, por el que se regula el «Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores», la resolución de concesión del premio deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la publicación de la correspondiente Orden de convocatoria anual.

Mediante Orden de 5 de junio de 2025 de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, se aprobó la convocatoria del «Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores» para el año 2025. La convocatoria del premio fue publicada el día 12 de junio de 2025 (BOPV 110) y el plazo de presentación de candidaturas finalizó el 12 de julio de 2025.

El 22 de septiembre de 2025, de conformidad con la base séptima de la Orden citada, el jurado se ha reunido con el fin de evaluar y elegir la candidatura merecedora del premio. Así, el Jurado efectuó la valoración de candidaturas conforme a los criterios establecidos formulando un informe y propuesta de premio, así como una mención especial, trasladada al órgano gestor que, a su vez, con fecha 2 de octubre de 2025 ha elevado propuesta de resolución a esta consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico en cuanto órgano resolutor.

El citado órgano colegiado verificó, asimismo, que de la información que obra en su poder, se desprende que la entidad propuesta como premiada cumple todos los requisitos necesarios para acceder al premio.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Conceder el «Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores» correspondiente al ejercicio 2025 a la práctica Sareko Ahotsak presentada por Cruz Roja Española.

El premio consiste en una cantidad de dinero que asciende a 3.000 euros, de conformidad con lo establecido en la base tercera de la Orden de 5 de junio de 2025.

A instancia del órgano colegiado se hace una mención honorífica a la práctica Programa de convivencial intergeneracional Bizihabi, presentado por la entidad Kuvu sin que conlleve ningún efecto económico.

Segundo.– Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de octubre de 2025.

La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,

NEREA MELGOSA VEGA.


Análisis documental