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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, jueves 6 de noviembre de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Cursos de formación y perfeccionamiento

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
4716

RESOLUCIÓN 1722/2025, de 30 de octubre, de la directora del Instituto Vasco de Administración Pública y de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan cursos de euskera para el personal de Osakidetza y el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi adscrito al mismo, durante el segundo cuatrimestre del curso académico 2025-2026.

La Ley básica 10/1982 de Normalización del Uso del Euskera, de 24 de noviembre, establece que los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para la progresiva euskaldunización del personal adscrito a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con el fin de hacer efectivo el derecho que se reconoce a los ciudadanos a relacionarse con la misma tanto en euskera como en castellano.

Por lo tanto, en base a lo dispuesto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, sobre la normalización del uso del euskera, desarrollada por el Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, en sustitución del Decreto 86/1997 anteriormente vigente; y por el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza; y en aplicación del III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza (aprobado el 27 de enero de 2022), así como del convenio de colaboración en materia de capacitación y normalización lingüística suscrito por el Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) y Osakidetza.

En su virtud,

RESOLVEMOS:

Artículo único.– Aprobar la convocatoria complementaria de cursos dirigidos al personal de Osakidetza de acuerdo con lo dispuesto en los anexos I y II. Esta convocatoria regula el segundo cuatrimestre del curso 2025-2026, y en ella se ofrecen cursos de euskera que abarcan la formación correspondiente hasta el nivel lingüístico C1.

El Instituto Vasco de Administración Pública publicará el próximo de mes de noviembre la Resolución por la que se establecerá la convocatoria complementaria de cursos de euskera para el segundo cuatrimestre del 2025-2026 para el personal de los entes públicos con convenio de colaboración con el IVAP.

En caso de que exista discrepancia entre las previsiones contenidas en la presente convocatoria y la citada Resolución del IVAP, prevalecerá lo dispuesto en esta última.

Asimismo, se aplicará la Resolución del IVAP en todas aquellas cuestiones no previstas expresamente en la presente convocatoria.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de octubre de 2025.

La directora del Instituto Vasco de Administración Pública,

LEIRE CORRALES GOTI.

La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MIREN LOREA BILBAO ARTECHE.

ANEXO I
BASES

Primera.– Objetivo.

Promover e impulsar la capacitación lingüística en euskera del personal de Osakidetza.

Segunda.– A quién va dirigida la presente convocatoria.

1.– La convocatoria está destinada al personal de Osakidetza, cualquiera que sea su relación de empleo, que se encuentre en situación de servicio activo, excedencia para el cuidado de familiares o servicios especiales durante el periodo comprendido entre la fecha de la Resolución 632/2025 que reguló la convocatoria general de los cursos de euskera del año escolar 2025-2026 (10 de abril de 2025) y el fin del plazo de presentación de solicitudes correspondiente a cada modalidad de curso de la presente convocatoria.

2.– El IVAP financiará la formación lingüística ofertada en esta Resolución dentro de su disponibilidad presupuestaria.

3.– Asimismo, la formación del personal que no sea financiado por el IVAP por no disponer de saldo en el crédito horario, será financiada por Osakidetza mediante la dotación presupuestaria disponible a tal fin. Para que el personal pueda acceder a la ayuda de Osakidetza, deberá cumplir los requisitos establecidos en la Instrucción 1/2024, de 14 de marzo, de la directora de Recursos Humanos. Cuando los recursos económicos fueran insuficientes, Osakidetza aplicará los criterios de prioridad establecidos en la citada Instrucción 1/2024, sobre la ayuda extraordinaria para el aprendizaje de euskera una vez agotado el crédito horario asignado.

4.– Las organizaciones de servicios concederán la autorización para la formación lingüística en euskera dentro del horario laboral, aplicando los criterios establecidos en el punto 8.1.2. del III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza y en la Instrucción que la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza fijará al respecto.

Tercera.– Normas generales y condiciones para realizar los cursos.

3.1.– Normas generales.

Para regular los aspectos recogidos a continuación se aplicarán las bases de la convocatoria general para el curso 2025-2026 (Resolución 632/2025 de 10 de abril, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 30 de abril de 2025), en base al calendario del segundo cuatrimestre:

– Prueba de nivel (base 5.1.): si fuera necesario el IVAP requerirá a la persona interesada la realización de una prueba de nivel destinada a determinar su conocimiento de euskera. El IVAP comunicará a la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza la relación de las personas que han de realizar la prueba de nivel, así como el lugar y la fecha en la que se realizarán dichas pruebas.

– Organización de los grupos de la administración (base 5.2.): el calendario escolar se distribuirá antes del inicio de los cursos y en él se indicarán los días festivos y puentes.

– Escolarización mediante el código de matrícula. Matriculación, abono y coste (bases 5.3 y 6.3.).

– Personal liberado. Obligaciones y retribuciones (base 5.4.).

– Comienzo de las clases e incorporación tardía a los cursos (bases 7.1.).

– Normas de asistencia a los cursos en horario laboral (base 7.2.).

– Renuncia al curso (base 8.ª).

– Abandono definitivo de los cursos (base 9.ª).

– Régimen de aplicación del crédito horario (bases 10.ª y 11.ª).

– Módulos ofertados (2/3 horas diarias, intensivos e internados).

A los efectos de la conformación de los grupos de la administración, en esta convocatoria complementaria se realizará una única prueba de nivel.

3.2.– Régimen de admisión a los cursos.

En la presente convocatoria se podrá solicitar la escolarización de febrero a junio o de un mes en el caso de los internados bajo los siguientes condicionantes:

– Las personas que no hayan iniciado el curso en octubre de 2025 podrán solicitar solo cursos presenciales de cinco horas o de internado en horario laboral.

– Las personas que hayan iniciado el curso en octubre de 2025, podrán solicitar los siguientes cursos:

a) Quien esté realizando un curso de dos horas dentro del horario laboral podrá solicitar el cambio de módulo: de dos horas a intensivo o internado, siempre dentro del horario laboral.

b) Quien esté realizando intensivo o internado dentro del horario laboral, podrá solicitar renovar la matrícula o el cambio de módulo, es decir, de intensivo o internado a dos horas (tanto dentro como fuera del horario laboral).

c) Quien esté cursando estudios fuera del horario laboral, tanto autoaprendizaje como presencial, no podrá solicitar nuevos cursos, excepto las personas a las que se les haya aprobado el intensivo en la convocatoria principal, las cuales deberán solicitar la renovación.

En esta convocatoria no se podrá iniciar un curso de autoaprendizaje.

Es requisito indispensable que los cursos sean módulos reglados por HABE y tengan una duración de febrero a junio, salvo los cursos de internado de un mes.

Cuarta.– Plazos y tramitación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será del 10 al 21 de noviembre de 2025, ambos inclusive.

Las personas interesadas en participar en cursos de euskera deberán cumplimentar la solicitud por vía electrónica, a través de la intranet corporativa de Osakidetza. Las direcciones son las siguientes:

www.osakidetza.eus (Profesionales > Euskera > Aprende euskera > (selecciona el tipo de curso)).

www.osakidetza.eus (Profesionales > Sistemas de información de RRHH > Euskera > Acceso a la aplicación > Cursos de euskaldunización).

En caso de que no sea posible realizar la solicitud telemática, las personas interesadas podrán presentar la solicitud en las direcciones de personas de las organizaciones de servicios.

Para ser admitido/a en la convocatoria es imprescindible presentar la solicitud en plazo y forma, en cualquiera de las modalidades previstas.

Serán las direcciones de personas de las organizaciones de servicios, junto con la ayuda de los servicios de euskera, las encargadas de analizar las solicitudes presentadas y de realizar la tarea de selección entre las personas solicitantes conforme a las prioridades y criterios de selección establecidos por la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza y el III Plan de Euskera.

La gestión de las solicitudes se realizará por medio de la aplicación informática que la Dirección de Recursos Humanos ha preparado a tal efecto, y la relación de las solicitudes autorizadas y denegadas deberá hallarse en la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza para el 11 de diciembre de 2025.

La Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza, que podrá realizar las adecuaciones que estime pertinentes, deberá comunicar al IVAP, a través de la aplicación informática Solaskidegune, la relación de solicitudes admitidas para el 12 de diciembre de 2025. A partir de esa fecha, no se admitirán nuevas solicitudes ni modificaciones, salvo que se estimen reclamaciones presentadas.

Una vez analizadas las solicitudes remitidas, el IVAP comunicará a Osakidetza cuáles han sido rechazadas junto con el motivo de denegación antes del día 19 de diciembre de 2025.

El personal interesado será informado mediante notificación escrita por la dirección de las organizaciones de servicios sobre la autorización o desestimación de su solicitud antes del 23 de diciembre de 2025. En caso de desestimación, la dirección correspondiente hará mención expresa de las causas.

A partir del día siguiente al de la notificación, el personal interesado dispondrá de un plazo de 10 días naturales para presentar la reclamación que considere oportuna ante la dirección de personas de su organización de servicios. Las reclamaciones podrán presentarse en el registro de cualquier organización de servicios de Osakidetza, así como a través de cualquiera de las formas indicadas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La relación definitiva del personal trabajador seleccionado constituirá la base sobre la que se organizarán los cursos y los grupos.

Quinta.– Régimen de admisión para los cursos en horario laboral.

La Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza regulará periódicamente los criterios y procedimientos de selección e introducirá las modificaciones y adaptaciones que a la luz del proceso de normalización del uso del euskera resulten oportunos.

En esta convocatoria, se aplicarán los criterios de selección para los cursos dentro de horario laboral establecidos en la Instrucción 2/2024, de 20 de marzo, el III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza y en la Instrucción que la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza fijará al respecto.

Será la Dirección de cada organización de servicios la encargada de realizar la tarea de selección entre las personas solicitantes.

Sexta.– Cursos en horario laboral y fuera del horario laboral.

Esta convocatoria es la segunda del curso 2025-2026, y la oferta que en ella se realiza es limitada; tal y como queda establecida en la Resolución 632/2025, de 10 de abril. Los cursos que se pueden realizar acogiéndose a la presente convocatoria se recogen en los anexos II y III.

Las fechas de comienzo y finalización de las clases y los horarios son los especificados en el Anexo II. No obstante, el IVAP está facultado para realizar las adecuaciones que estime pertinentes tanto en las fechas de comienzo y fin de curso como en los horarios especificados en el Anexo II.

Antes de comenzar el curso, el IVAP remitirá a la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza la relación del personal a escolarizar en los grupos de la Administración, indicando el lugar y fecha de escolarización de cada trabajador. Asimismo, el calendario concreto del curso se distribuirá antes del inicio del mismo y cualquier modificación que se produzca se comunicará con la debida antelación.

Para el personal que no se adecue a los grupos de la Administración, quiera estudiar en otros horarios o localidades, o vaya a realizar un curso fuera del horario laboral, la escolarización se realizará a través del código de matrícula tal y como se recoge en el apartado 5.3 de la Resolución 632/2025, de 10 de abril.

Una vez comprobado el cumplimiento de las condiciones, el IVAP aceptará la matrícula y abonará el coste correspondiente. En el caso de los cursos de internado, también abonará el alojamiento y manutención del centro. Por el contrario, el IVAP no asumirá otros gastos (desplazamientos, materiales, etc.).

El código de matrícula deberá entregarse en el euskaltegi público o privado homologado antes del 26 de febrero de 2026.

Séptima.– Normas generales sobre el inicio del curso.

Las personas solicitantes que han sido aceptadas deberán incorporarse a clase el primer día del curso. El IVAP dará de baja a quienes no se hayan incorporado a los cursos al inicio de los mismos.

El IVAP y Osakidetza únicamente aceptarán la incorporación tardía a los cursos cuando medie alguno de estos motivos: baja por enfermedad grave o de larga duración, parto, maternidad o paternidad y adopción o acogimiento. En esos casos, se deberán cumplir las condiciones establecidas en el apartado 7.1 de la Resolucion 632/2025, de 10 de abril.

En el caso de aquellas personas que en este cuatrimestre se incorporen a un módulo diferente, el curso intensivo será la referencia de la fecha de incorporación, de tal manera que:

– Aquellas personas que estén realizando un curso intensivo y que soliciten cursos de 2 horas, primero tendrán que finalizar el curso intensivo y posteriormente incorporarse a los cursos de 2 horas.

– Aquellas personas que estén realizando cursos de 2 horas y que soliciten un curso intensivo, permanecerán en los cursos de 2 horas hasta la fecha de inicio del curso intensivo.

Octava.– Información sobre protección de datos personales.

En cumplimiento del artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos, se informa que en el ámbito de la presente convocatoria, el tratamiento de los datos personales para la gestión de los cursos de euskera se realizará, por una parte, bajo la responsabilidad de Osakidetza y, por otra, bajo la del IVAP.

Se informa a la persona interesada de que sus datos personales serán tratados por Osakidetza y que se incorporarán a la actividad de tratamiento denominada Gestión Integrada de Recursos Humanos. La finalidad de dicho tratamiento es la gestión del personal de Osakidetza, conforme al cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Pueden realizarse comunicaciones de datos a terceras organizaciones. La persona interesada tiene derecho de acceso, rectificación, supresión de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento.

Podrá ampliar información en materia de protección de datos en la siguiente dirección web:

https://www.osakidetza.euskadi.eus/protecciondatos

Asimismo, se informa a la persona interesada de que sus datos personales serán tratados por el IVAP y que serán incorporados al tratamiento denominado Euskaldunización del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de la CAV. La finalidad de dicho tratamiento es la gestión y evaluación y, en su caso, la programación y el control de asistencia de cursos de capacitación lingüística del personal al servicio de las administraciones públicas de la CAV; y la gestión de crédito horario asignado por capacitación lingüística, conforme al cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Pueden realizarse comunicaciones de datos a terceras organizaciones. La persona interesada tiene derecho de acceso, rectificación, supresión de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento.

Podrá ampliar información en materia de protección de datos en la siguiente dirección web:

https://www.euskadi.eus/registro-de-actividades-de-tratamiento-rat/web01-aprat/es/es/contenidos/informacion/rat/es_def/adjuntos/0215_es.html

ANEXO II
CURSOS DE INTERNADO Y GRUPOS FORMADOS POR PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN

1.– Cursos en régimen de internado.

Los cursos de internado se podrán realizar en el barnetegi Aurten Bai de Zornotza y en el euskaltegi Maizpide de Lazkao, según el siguiente calendario:

– Maizpide (Lazkao): 16 de febrero - 24 de junio.

– Aurten Bai (Zornotza): 16 de febrero - 26 de junio.

Los cursos en régimen de internado se adecuarán al horario y al calendario de estos euskaltegis.

El IVAP se hará cargo de los gastos de matrícula y estancia.

2.– Cursos de cinco horas.

Este módulo tendrá, en todo caso, una duración cuatrimestral. Este módulo precisa una liberación laboral de jornada completa, dado que a las horas lectivas hay que añadir el tiempo que necesita el alumnado para el trabajo personal.

El IVAP se hará cargo de los gastos de matrícula.

Las fechas de inicio y finalización de este módulo son las siguientes: 16 de febrero – 26 de junio de 2026.

El calendario concreto del curso se facilitará antes del inicio del curso y cualquier modificación en el mismo se comunicará con la debida antelación.

3.– Cambios de módulo.

3.1.– Cambio de módulo de cinco horas a dos horas:

Las personas provenientes de un curso de 5 horas que se integren en un grupo de 2 horas del IVAP, se ajustarán al calendario siguiente: 16 de febrero al 19 de junio de 2026.

El horario en los grupos del IVAP será de 08:00 a 10:00 en Bilbao, Donostia / San Sebastián y Vitoria-Gasteiz.

El calendario concreto del curso se facilitará antes del inicio del curso y cualquier modificación en el mismo se comunicará con la debida antelación.

Las personas que se matriculen mediante código de matrícula en un euskaltegi, seguirán el calendario y el horario del euskaltegi.

3.2.– Cambio de módulo de dos horas a cinco horas:

Las personas provenientes de un curso de 2 horas se integrarán, preferentemente, en un grupo del IVAP, y seguirán el calendario señalado en el punto dos de este anexo.

Las personas que se matriculen mediante código de matrícula seguirán el calendario y el horario del euskaltegi.

ANEXO III
CURSOS QUE SE FINANCIARÁN MEDIANTE CÓDIGO DE MATRÍCULA DEL IVAP

1.– Cursos dentro de horario laboral:

(Véase el .PDF)

2.– Cursos fuera de horario laboral:

(Véase el .PDF)

Análisis documental