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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 137, lunes 21 de julio de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
3195

ORDEN de 15 de julio de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, de modificación de la Orden de 23 de diciembre de 2024, por la que se establecen las bases y se convoca el programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek en el ejercicio 2025.

Las bases y la convocatoria del programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek en el ejercicio 2025, aprobadas por la Orden de 23 de diciembre de 2024, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, se publicaron en el Boletín Oficial del País Vasco de 31 de diciembre de 2025.

Actualmente, se están produciendo cambios en el entorno socioeconómico y geopolítico que condicionan el proceso de diseño e implementación de la estrategia de innovación en Euskadi, y, por ello, se hace necesario, tanto una mayor alineación con las estrategias europeas, como una permanente y correcta adaptación de las políticas propias para poder afrontar los nuevos retos que se nos plantean.

Euskadi tiene la necesidad de impulsar su competitividad económica y su prosperidad en un escenario global muy competitivo, debe lograr la doble transición hacia una industria y una sociedad verdes y digitales y debe aumentar la resiliencia y, en lo posible, la soberanía tecnológica en los principales ecosistemas y cadenas de valor y la capacidad para cumplir esas ambiciones depende en gran medida de la I+D+I ya que las actividades de I+D+I proporcionan soluciones eficaces a los grandes retos de nuestra sociedad, por ello la inversión en investigación es una garantía de progreso.

Para responder adecuadamente a los retos socioeconómicos de Euskadi se considera obligatorio impulsar y reforzar el programa de ayudas a la I+D empresarial. Se trata de apoyar a las empresas que realizan actividad de I+D para aumentar su conocimiento en una materia y aplicarlos de forma práctica en la generación de nuevas innovaciones.

El programa Hazitek impulsa las empresas para que realicen Proyectos de Investigación Industrial o Desarrollo Experimental, tanto de carácter competitivo como de carácter estratégico, de forma que puedan ganar en competitividad.

En el artículo 2.2 «Recursos Económicos» de la Orden de 23 de diciembre de 2024, que fija las bases y convoca el programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek 2025, se establece la posibilidad de que la cuantía de la convocatoria se incremente en un máximo del 10 % el importe total. El incremento de la cuantía no implicará nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

La modificación tiene el objetivo de aumentar el porcentaje de incremento máximo de la cuantía de la convocatoria, sin que esto implique un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

Y en virtud de ello,

RESUELVO:

Artículo único.– Modificación del artículo 2 «Recursos Económicos» de la Orden de 23 de diciembre de 2024, del Consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases y se convoca el programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek en el ejercicio 2025.

Se modifica el apartado 2 del artículo 2 «Recursos Económicos» de la Orden de 23 de diciembre de 2024, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases y se convoca el programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek en el ejercicio 2025, que queda redactado de la forma siguiente:

«2.– Se establece la posibilidad de que la cuantía de la convocatoria se incremente en un máximo del 50 % el importe total, a lo que se dará publicidad en el Boletín Oficial del País Vasco mediante Resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital. El incremento de la cuantía no implicará nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver».

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante el consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de julio de 2025.

El consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad,

MIKEL JAUREGI LETEMENDIA.


Análisis documental