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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 121, viernes 27 de junio de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
2890

RESOLUCIÓN 18 de junio de 2025, del director de Desarrollo Rural y Políticas Europeas, por la que se aprueban y deniegan las ayudas para la Cosecha en Verde de viñedos ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, correspondientes a la convocatoria de 2025.

Con fecha 4 de abril de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco la Orden de 1 de abril de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se convocan, para el año 2025, las ayudas para la cosecha en verde de viñedos ubicados en el Ámbito Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En dicha Orden se recogen las bases de dicha convocatoria y se especifican, entre otros, los lugares de presentación de solicitudes, forma de destrucción o eliminación de los racimos de uva y los importes máximos auxiliables.

Vistas las solicitudes presentadas, todas ellas correspondientes viñedos ubicados en el Territorio Histórico de Álava y, aplicados los parámetros, criterios y demás requisitos establecidos en la citada Orden de 1 de abril de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, y de conformidad con la base 7 de la misma, mediante la presente Resolución se procede a determinar las concesiones y denegaciones de las solicitudes presentadas.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la ayuda a la cosecha en verde para las personas solicitantes y para las parcelas seleccionadas, por los importes máximos y las superficies objeto de ayuda especificadas en el Anexo I. El cálculo del importe de la ayuda, se ha hecho conforme a lo previsto en la Base 8 de la Orden de 1 de abril de 2025, tenido en cuenta el rendimiento de la explotación solicitante en las campañas de referencia 2017-2018-2019.

Segundo.– Denegar la ayuda a la cosecha en verde para las personas solicitantes y para las parcelas especificadas en el Anexo II.

Tercero.– La cuantía total de ayuda asciende a cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos un euros y veintidós céntimos (4.268.701,22 euros) para una superficie total de 1.164 hectáreas.

La ayuda se financia con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), y corresponde con intervenciones incluidas en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) 2023-2027.

Cuarto.– De conformidad con lo establecido en las Base 9 de la Orden de 1 de abril de 2025, los beneficiarios deberán comunicar la fecha de ejecución de la cosecha en verde y deberán solicitar el pago de la ayuda antes del 15 de julio de 2025, de acuerdo con el artículo 42 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre. Puede considerarse la comunicación de la fecha de ejecución como solicitud de pago de la ayuda.

Las comunicaciones se llevarán a cabo por medios telemáticos mediante la presentación del formulario correspondiente, según el modelo que se pondrá a disposición del solicitante, de conformidad con lo dispuesto en la base 5 ante el órgano competente en materia de agricultura de la Diputación Foral de Álava.

Quinto.– Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para la presentación de la renuncia de las operaciones aprobadas, a contar desde el día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la presente Resolución.

Sexto.– La ayuda se pagará una vez que se haya comprobado sobre el terreno que se ha ejecutado correctamente la operación.

Séptimo.– Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco con efectos de notificación.

Octavo.– Dar traslado de la resolución, a la dirección competente en materia de agricultura de la Diputación Foral de Álava para que sea notificada a los interesados individualmente. En cualquier caso, se tomará como fecha de notificación la de aquella que se hubiera producido en primer lugar.

Noveno.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de junio de 2025.

El director de Desarrollo Rural y Políticas Europeas,

JOSEBA ANDONI TERREROS LUENGAS.

(Véase el .PDF)

Análisis documental