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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 51, jueves 11 de marzo de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1468

ORDEN de 19 de febrero de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se ratifica y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la extinción de la Fundación Retos / Retos Fundazioa.

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 19 de mayo de 2019 tuvo entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la extinción de la Fundación Retos / Retos Fundazioa. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los servicios técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 40, 41 y 51.2 de la ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y artículos 48 y 49 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Vistas las normas mencionadas y demás normas de general y pertinente aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el acuerdo de extinción de la Fundación Retos / Retos Fundazioa, de Vitoria-Gasteiz (Álava), adoptado por el Patronato de la misma en la reunión celebrada el 1 de febrero de 2019, formalizado mediante la Escritura Pública otorgada el 6 de marzo de 2019, ante el Notario de Vitoria-Gasteiz, don Luis Pérez de Lazárraga Villanueva (n.º de protocolo: 281).

El acuerdo de extinción ha sido aprobado mediante Auto 58/2019 del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz de 26 de marzo de 2019 por el que se declara concurso voluntario a la Fundación y conclusión por insuficiencia de masa activa, y se acuerda la extinción de la Fundación, ordenado su cancelación en el Registro de Fundaciones del País Vasco.

Segundo.– Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del acuerdo de extinción mencionado anteriormente.

Tercero.– La extinción fundacional, pone fin a las actividades ordinarias de la Fundación y determina el comienzo de las operaciones de liquidación, conforme al programa previamente aprobado. El Patronato de la Fundación deberá desarrollar dichas operaciones de liquidación bajo el control del Protectorado. A tal efecto el Patronato de la Fundación dará cuenta al Protectorado de cada una de las operaciones de realización del activo o liquidación.

Cuarto.– La fundación en período de liquidación conservará su personalidad jurídica durante el proceso de liquidación debiendo añadir a su nombre la frase «en liquidación».

Quinto.– Concluidas las operaciones de liquidación el Patronato de la Fundación deberá otorgar la escritura de liquidación y remitir la misma al Protectorado de Fundaciones del País Vasco.

Sexto.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de febrero de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental