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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 88, miércoles 9 de mayo de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2472

RESOLUCIÓN 86/2018, de 2 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de prórroga del Convenio suscrito con las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, para el desarrollo de un programa educativo consistente en la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de prórroga del Convenio suscrito con las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para el desarrollo de un programa educativo consistente en la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de mayo de 2018.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 86/2018, DE 2 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y LAS DIPUTACIONES FORALES DE ÁLAVA, BIZKAIA Y GIPUZKOA, PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA EDUCATIVO, SUSCRITO EL 7 DE JULIO DE 2017, PARA LA ADJUDICACIÓN Y GESTIÓN DE UN NUEVO CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA UNIDAD DIDÁCTICA SOBRE ECONOMÍA Y FISCALIDAD EN LOS CENTROS ESCOLARES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI POR UN PERÍODO DE TRES CURSOS ESCOLARES ADICIONALES HASTA 2021
REUNIDOS:

D. Pedro María Azpiazu Uriarte, Consejero de Hacienda y Economía, actuando en nombre y representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante CAE).

D. José Luis Cimiano Ruiz, Diputado Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Álava.

D. José María Iruarrizaga Artaraz, Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Bizkaia.

D. Jabier Larrañaga Garmendia, Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Actuando todos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose facultades para la suscripción del presente Acuerdo, en tal sentido,

EXPONEN:

Primero.– Que con fecha 7 de julio de 2017 se suscribió el Convenio entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para el desarrollo de un programa educativo consistente en la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Segundo.– Que el objeto principal del referido Convenio, según se expresa en el apartado 1 de su Cláusula Primera es "definir las actuaciones dirigidas a desarrollar un programa educativo para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi a partir de 4.º de la ESO, con el fin de promover una mayor concienciación fiscal entre el colectivo estudiantil, que incluye las actuaciones de las partes respecto a la adjudicación y gestión de un contrato de servicios para la implantación de dicha unidad didáctica durante el curso escolar 2017-2018, así como la determinación de los criterios de financiación del mencionado contrato por parte de la Administración de la CAE, Diputación Foral de Álava, Diputación Foral de Bizkaia y Diputación Foral de Gipuzkoa."

Tercero.– Que la Cláusula Octava del precitado Convenio, prevé la posibilidad de prorrogar el Convenio por acuerdo unánime de las Administraciones firmantes, para la adjudicación y gestión de un nuevo contrato por un período de tres cursos escolares adicionales hasta 2021, actualizado en los términos de la Cláusula Cuarta, previa la existencia de consignación presupuestaria suficiente.

Cuarta.– Que la Comisión de Seguimiento y Valoración del Convenio, prevista en su Cláusula Quinta, en ejercicio de una de las funciones que tiene encomendadas, ha propuesto "la prórroga a la que se refiere la Cláusula Octava y la actualización, para los ejercicios presupuestarios afectados por la prórroga, de la distribución del coste del contrato conforme a los criterios establecidos en la Cláusula Cuarta".

Dada la experiencia satisfactoria constatada durante la vigencia del Convenio, y vista la propuesta de prórroga formulada por la Comisión de Seguimiento y Valoración del Convenio, las partes intervinientes suscriben el presente Acuerdo de Prórroga, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.– 1.– Se prorroga, desde el 1 de julio de 2018 hasta el 30 de junio de 2021, el Convenio entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para el desarrollo de un programa educativo consistente en la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi, suscrito el 7 de julio de 2017.

2.– Conforme a lo previsto en la Cláusula Octava del Convenio prorrogado, se procederá a la adjudicación y gestión de un nuevo contrato de servicios para la implantación de una unidad didáctica sobre economía y fiscalidad en los centros de la Comunidad Autónoma de Euskadi a partir de 4.º de la ESO por un período de tres cursos escolares adicionales hasta 2021, y por ello las referencias realizadas en el Convenio original al curso escolar 2017-2018, se entenderán hechas a los cursos escolares 2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021.

Segunda.– La Cláusula Cuarta del Convenio prorrogado, queda actualizada en los siguientes términos:

«Cuarta.– Financiación del contrato.

1.– La distribución del coste de implantación de la unidad didáctica se realizará del siguiente modo:

a) Costes fijos derivados de los servicios de implantación de la unidad didáctica.

– Memoria diseño definitivo, metodología y planificación.

– Elaboración de material didáctico.

– Memoria final.

– Otros cuyo coste no está en función directa del número de centros escolares en que se implante el programa.

Administración de la CAE: 50%

Diputaciones Forales: 50% restante, distribuido conforme a los coeficientes horizontales actualmente vigentes, regulados en la normativa de Metodología de Distribución de Recursos y de Determinación de las Aportaciones de las Diputaciones Forales a la Financiación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que dan como resultado los siguientes porcentajes:

(Véase el .PDF)

b) Costes de implantación del programa determinados a partir de un importe unitario por centro educativo.

Administración de la CAE: 50% del coste correspondiente a la implantación en todos los centros de la CAE en los que se imparta el programa.

Diputaciones Forales: cada Diputación Foral el 50% del coste de implantación en los centros de su correspondiente territorio histórico.

2.– El escenario de referencia para fijar el coste máximo en el expediente de contratación es el derivado del siguiente despliegue estimativo del programa en cada uno de los cursos escolares durante su ámbito temporal de vigencia:

(Véase el .PDF)

En consecuencia, el compromiso económico máximo asumido por las instituciones partícipes es el siguiente:

(Véase el .PDF)

3.– Dicho importe será financiado por cada una de las administraciones firmantes de este convenio, con cargo a los siguientes programas y partidas presupuestarias:

(Véase el .PDF)

4.– Será la Administración contratante quien asumirá el abono de los costes derivados de la contratación, sin perjuicio de su posterior repercusión a las Diputaciones Forales. A estos efectos la Administración de la CAE remitirá a cada una de ellas copia de las facturas acreditativas, con indicación del importe que les corresponda, por cada curso escolar, tras lo cual éstas procederán a transferir dicho importe a la cuenta de la Tesorería General del Gobierno Vasco antes del 30 de junio de cada año prorrogado.

Consecuentemente, los derechos de propiedad intelectual y/o industrial y con carácter general cualquier resultado que se pueda derivar del trabajo contratado serán propiedad de las Administraciones firmantes del referido convenio de colaboración entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.»

Y en prueba de conformidad con lo expuesto, las partes firman cuatro ejemplares del presente documento, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de abril de 2018.

Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

Diputación Foral de Álava,

JOSÉ LUIS CIMIANO RUIZ.

Diputación Foral de Bizkaia,

JOSÉ M.ª IRUARRIZAGA ARTARAZ.

Diputación Foral de Gipuzkoa,

JABIER LARRAÑAGA GARMENDIA.


Análisis documental