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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, martes 12 de julio de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE BILBAO
3109

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 210/2015.

Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao.

Juicio: juicio verbal 210/2015.

Parte demandante: Coniex, S.A.

Parte demandada: Cruz Angel Cano Ituarte y Vulcanizados Rahbat, S.A.

Sobre: juicio verbal.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo «encabezamiento» y «fallo» es del tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 134/2016

En Bilbao, a 26 de abril de 2016.

Procedimiento: j. verbal 210/2015.

Demandante: Coniex, S.A.

Procurador/a Sr./Sra.: Rosa Alday.

Letrado/a Sr./a.: Isaac Trapote.

Demandado/a/s: Vulcanizados Rahbat, S.A. (en rebeldía); Angel Cano Ituarte Cruz.

Procurador/a Sr./a.

Letrado/a Sr./a.: María del Puerto Neira Sánchez.

Sobre: responsabilidad de administradores sociales.

Vistos por mí, Marcos Bermúdez Avila, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 Bilbao, los presentes autos.

FALLO

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda referida en el encabezamiento de esta resolución, y, en su consecuencia, condeno a la parte demandada a que abone (solidariamente) a la mercantil Demandante la suma de 4.442,07 euros más los intereses legales de la Ley 3/2004, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días. Expídase testimonio de ella, para su unión a los autos, y archívese el original en el legajo correspondiente.

Así lo mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del demandado Vulcanizados Rahbat, S.A., CIF.: A58312711, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4,164 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Bilbao (Bizkaia), a 16 de mayo de 2016.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental