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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 115, jueves 19 de junio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE IRUN
2716

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 255/12.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Irun.

Juicio: pro. ordinario 255/12.

Demandante: Comunidad de Propietarios calle Juan Arana 8-10 de Irun.

Abogado: Juan Luis Miguel Bengoechea Vera.

Procurador: Eskarne Ruiz de Arbulo.

Demandado: Agustin Gonzalez Ruiz de Azua, Serapio Valladares Llamas, Federico Echepare Diaz, Juan Garcia Gonzalez, Castor Bengoechea Aleson y Pedro Ignacio Lopez Larrea.

Procurador: Begoña Alvarez Oronoz.

Demandado: Inmobiliaria Marpak, S.A.

Procurador: Francisca Martinez del Valle.

Demandado: Agustin Lira Oyarbide y Nahikari Torres Trujillo.

Procurador.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado, el 29-01-2014, la Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Comunidad de Propietarios de la calle Juan Arana 8-10 de Irun, representada por la Procuradora D.ª Eskarne Ruiz de Arbulo contra D. Agustín González Ruiz De Azúa, D. Castor Bengoechea Aleson, D. Juan García González, D. Serapio Valladares Llamas, D. Federico Echepare Díaz y D. Pedro Ignacio López Larrea, todos ellos representados por la procuradora D.ª Begoña Álvarez Oronoz así como contra Marpak, S.A. representada por la Procuradora D.ª Francisca Martínez del Valle y contra D.ª Nahikari Torres Trujillo y Agustin Lira Oyarbide, ambos en rebeldía procesal debo condenar y condeno a los demandados al pago de las cantidades que se enumeran a continuación, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda.

D. Agustín González Ruiz De Azúa la cantidad de 7.500,67 euros.

D. Castor Bengoechea Aleson la cantidad de 7.500,67 euros.

D. Juan García González la cantidad de 5.455,03 euros.

D. Serapio Valladares Llamas la cantidad de 4.773,15 euros.

D. Federico Echepare Díaz la cantidad de 6.136,91 euros.

D. Pedro Ignacio López Larrea la cantidad de 3.409,40 euros.

D.ª Nahikari Torres Trujillo la cantidad de 5.455,03 euros.

Agustin Lira Oyarbide la cantidad de 4.773,15 euros.

Marpak, S.A. la cantidad de 8.182,56 euros.

Todo ello con expresa condena en costas a las partes demandadas».

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Nahikari Torres Trujillo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Irun (Gipuzkoa), a 24 de febrero de 2014.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental