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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 240, miércoles 18 de diciembre de 2013


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CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL VASCO
5508

ANUNCIO relativo a la apertura del procedimiento de renovación ordinaria.

El Consejo Económico y Social Vasco / Euskadiko Ekonomia eta Gizarte Arazoetarako Batzordea en función del artículo 6.2. del Decreto 433/2013 de 29 de octubre, comunica la apertura del procedimiento de renovación ordinaria, en el que se hace saber a las organizaciones y confederaciones empresariales y sindicales que ostenten la representatividad requerida en el artículo 5 de la Ley 8/2012 de 17 de mayo del Consejo Económico y Social Vasco / Euskadiko Ekonomia eta Gizarte Arazoetarako Batzordea, así como a las instituciones, organizaciones, entidades y asociaciones recogidas en el artículo 4 de la Ley citada que pueden ejercitar su derecho a designar miembros, en función de la siguiente asignación:

a) Ocho personas en representación de las organizaciones y confederaciones sindicales más representativas y que en función de la certificación del Departamento de Empleo y Políticas Sociales corresponden a:

– ELA: 3 personas.

– CC.OO.: 2 personas.

– LAB: 2 personas.

– UGT: 1 persona.

b) Ocho personas en representación de las confederaciones empresariales.

c) Una persona en representación de cada uno de los sectores, instituciones, entidades o asociaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco siguientes:

1) Cámaras de comercio, industria y navegación.

2) Cajas de ahorro y entidades financieras.

3) Cooperativas.

4) Sociedades anónimas laborales.

5) Organizaciones pesqueras.

6) Organizaciones agrarias.

7) Organizaciones de consumidores.

8) Organizaciones del tercer sector de la acción social.

La designación de sus representantes deberá ser presentada antes del 18 de marzo y deberá incluir tantos nombres, titulares y suplentes como miembros le corresponde a cada organización, confederación, institución, entidad o asociación.

Si alguna de las organizaciones, confederaciones, instituciones, entidades o asociaciones con derecho a ello no designara a sus representantes en el plazo establecido, se estará a lo dispuesto en el artículo 5.1.a) párrafo segundo de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del CES.

Bilbao, a 4 de diciembre de 2013.

El Secretario General,

FRANCISCO JOSÉ HUIDOBRO BURGOS.


Análisis documental