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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 235, miércoles 11 de diciembre de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5380

RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2013, de la Viceconsejera de Educación, por la que se hace pública la relación de centros excluidos de los Proyectos de Normalización Lingüística, así como la relación de centros que permanecerán en dichos proyectos y la asignación horaria que les corresponde.

En base a lo dispuesto en el Decreto 323/2003, que reguló el Programa Ulibarri de Normalización Lingüística, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura publicó la Orden de 31 de julio de 2013 en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha de 13 de agosto. En ella establece el límite de los recursos económicos de los que dispondrán los centros para el Programa Ulibarri en el curso 2013-2014, así como los requisitos para incorporase al Programa y permanecer en él.

La Comisión de Seguimiento descrita en el artículo 7 del Capítulo III del Decreto 323/2003, se reunió el 8 de octubre de 2013. A la vista de la revisión de los centros docentes acogidos al Programa Ulibarri, ha resultado que cuatro de los centros que se incorporaron al programa voluntariamente, han manifestado su voluntad de no continuar o su imposibilidad para ello, por distintos motivos. Por tanto, a estos cuatro centros se les da de baja en la presente Resolución. Asimismo, se ha confirmado que el resto de los centros acogidos al plan están llevando a buen término el Proyecto de Normalización Lingüística «partiendo de su situación actual y enfocando sus recursos hacia los objetivos planteados», puesto que cada centro elaboró su propio plan cuatrienal el año 2009, ajustado a sus posibilidades. Para llevar a cabo dicho proyecto ha sido necesario conseguir el consenso de todos los miembros del centro, consenso que habrá que mantenerse en el futuro. Por consiguiente, todos los demás centros continuarán en el Programa Ulibarri durante el curso 2013-2014.

En consecuencia, con arreglo a la propuesta de la Comisión, en la presente Resolución se especifican los centros que han quedado excluidos de los proyectos de Normalización Lingüística, los centros que permanecen en dichos proyectos, y por último, la dedicación horaria que se asignará a cada centro. En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– Cambiar los nombres de algunos centros, a consecuencia de los procesos de fusión dados entre distintos centros escolares. Estos son los nombres de los nuevos centros creados: CPES Egibide BHIP de Vitoria-Gasteiz y CPEIPS Summa Aldapeta HLBHIP de San Sebastián.

Artículo 2.– Excluir de la convocatoria al único centro que ha solicitado la incorporación para el curso 2013-14: CPEIPS Artxandape Ikastola HLBHIP por no cumplir los requisitos indispensables para la incorporación.

Artículo 3.– Agregar el dinero destinado a los centros de nueva incorporación al dispuesto para los que han solicitado la permanencia en el mismo.

Artículo 4.– De acuerdo a lo establecido en el artículo 14.1 del Decreto 323/2003, excluir de los Proyectos de Normalización Lingüística los centros relacionados en el anexo I.

Artículo 5.– Asignar a los centros que, incluidos en el programa Ulibarri, fueron evaluados en la Resolución de 26 de noviembre de 2010, la dedicación horaria establecida en la Resolución citada (anexo II).

Artículo 6.– Asignar a los centros que, incluidos en el programa Ulibarri, no fueron evaluados en la Resolución de 26 de noviembre de 2010, la dedicación horaria establecida en la Resolución citada (anexo III).

Artículo 7.– El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura podrá revisar la vigencia de la permanencia de los centros que siguen en el Programa, una vez examinada la trayectoria del centro hasta el 31 de diciembre de 2013. Todo ello de acuerdo con el Decreto que regula el funcionamiento y procedimiento de estos proyectos de Normalización Lingüística y con las disposiciones legales que lo desarrollan.

Artículo 8.– De acuerdo a lo establecido por el Decreto 323/2003, el pago se realizará en dos plazos, teniendo en cuenta las posibilidades presupuestarias de cada uno de ellos. Este año, se pagará el 20% en el primer plazo, y el resto al final del curso tras la aprobación de la presentación y aprobación de la memoria.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOPV.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2013.

La Viceconsejera de Educación,

MIREN ARANTZA AURREKOETXEA BILBAO.

(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)

Análisis documental