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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 237, viernes 16 de diciembre de 2011


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OTRAS DISPOSICIONES

Cultura
6040

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2011, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se conceden las subvenciones para el inventariado de los materiales arqueológicos y/o paleontológicos descubiertos como resultado de la ejecución de intervenciones autorizadas, en yacimientos arqueológicos localizados dentro del ámbito territorial de la CAV, solicitadas al amparo de la Orden de la Consejera de Cultura de Cultura de 15 de junio de 2011.

Por Orden de 15 de junio de 2011, de la Consejera de Cultura, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 123 de 29 de junio, se establece el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades en el ejercicio 2011 en el ámbito de la catalogación de materiales arqueológicos descubiertos en yacimientos arqueológicos localizados dentro del ámbito territorial de la CAV.

Dentro del plazo establecido al efecto han presentado solicitud de subvención las siguientes personas físicas y/o personas jurídico-privadas para los siguientes proyectos:

Sociedad de Ciencias Aranzadi, presenta dos proyectos:

● Praileaitz I. Importe solicitado: 7.200 euros.

● Basagain. Importe solicitado: 2.936 euros.

Francisca Saenz de Urturi:

● Mariturri: 2007-2009 (Vitoria-Gasteiz). Importe solicitado: 25.425 euros.

Fundación Arkeolan:

● Plaza San Juan y Genaro Echeandia (Irun). Importe solicitado: 17.264 euros.

● C/ Santiago 55-59 - c/ Bidasoa 3. Importe solicitado: 53.258 euros.

Fundación Euskoiker:

● Yacimiento arqueológico de Aistra (Zalduondo, Álava). Importe solicitado: 19.882 euros.

Gorka Tardio Gorostidi:

● Artegieta. Importe solicitado: 18.200 euros.

Haedera 2000, S.L.:

● Intervenciones en Balmaseda: Pío Bermejillo 19/Martín Mendía 16 y Martín Mendía 14 (Palacio Horcasitas, Fase II). Importe solicitado: 20.838,48 euros.

Iterbide, S.C.:

● San Martín (Alegría-Dulantzi): Importe solicitado: 5.640 euros.

● C/ Ancha 2 y 4 (Salinillas de Buradón). Importe solicitado: 2.400 euros.

Joseba Ríos Garaizar:

● Yacimiento de Arlanpe (Lemoa). Importe solicitado: 8.710 euros.

Ondare Babesa, S.L.:

● Ferrería-molino de Bengola. Importe solicitado: 4.477,45 euros.

● Iglesia de Santa María Magdalena (Plentzia). Importe solicitado: 986,89 euros.

● Convento de San Pedro de las Hermanas Clarisas de Salvatierra. Importe solicitado: 6.275 euros.

Qark, S. Coop.

● Ereñozar: Importe solicitado: 24.462 euros.

Sociedad Cultural de Investigación Submarina Insub:

● La Concha-Higer. Importe solicitado: 4.130 euros.

Suhar Arkeologia, S.L.U.:

● Jentilbaratza (Ataun). Importe solicitado: 7.400 euros.

Zehazten Zerbitzu Kulturalak, S.L.:

● Urteaga Zahar (Zumaia) URT-09. Importe solicitado: 1.278 euros.

Una vez revisada la documentación presentada, se abrió un plazo de 10 días para la subsanación de varias de las solicitudes. Todas ellas, a excepción de una, han sido subsanadas en plazo.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Orden, se da por desistida o decaída en el trámite la solicitud de subvención de la Fundación Arkeolan que tenía por objeto el proyecto de inventario c/ Santiago 55-59 - c/ Bidasoa 3 (Irun), al no haber hecho la subsanación requerida, consistente en la aportación del Acta de depósito de los materiales procedentes de dicha intervención, por hallarse en el supuesto especificado en el artículo 8.2 apartado f) de las bases de la convocatoria.

Reunida la Comisión de Valoración prevista en el artículo 14 de dicha Orden, y una vez valoradas las solicitudes admitidas, presentó su Propuesta de Resolución el 14 de noviembre de 2011, tras aplicar a las solicitudes los criterios de valoración establecidos en el artículo 13 de la Orden.

A la vista de la propuesta formulada por la Comisión de Valoración, y de acuerdo con el artículo 15 de la mencionada Orden y demás disposiciones de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Conceder subvención a los solicitantes por las cuantías que se detallan en el anexo 1.

Segundo.- Dar por desistida la solicitud que se detalla en el anexo 2, por los motivos expuestos en el mismo.

Tercero.- Denegar la subvención solicitada para la ejecución de los proyectos que se detallan en el anexo 3 por los motivos expuestos en el mismo.

Cuarto.- Los beneficiarios propuestos quedan sometidos a las condiciones establecidas por la Orden reguladora y a cuantas otras que con carácter general rijan en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Quinto.- Se fija el límite temporal, momento para el cual han de estar concluidas todas las actividades subvencionadas, el día 31 de diciembre de 2011, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden reguladora.

Sexto.- En lo que respecta a la justificación, liquidación y pago de las subvenciones concedidas, se estará a lo dispuesto en los artículos 18, 19 y 20 de la Orden, teniendo en cuenta que la documentación que se indica en la misma deberá presentarse en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco en el plazo de dos meses desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, y en todo caso, antes del 28 de febrero de 2012. La justificación de la ejecución de las actividades a las que se ha otorgado subvención versará sobre el presupuesto de las mismas y que se ha detallado en el presente otorgamiento, impuestos incluídos, además del resto de extremos que se establecen en el artículo 20 de la Orden reguladora.

Séptimo.- Las subvenciones concedidas con cargo a la citada Orden, se abonarán en un único pago, de acuerdo a lo señalado en el artículo 18 de la misma.

Octavo.- Notificar la presente Resolución a la Sociedad de Ciencias Aranzadi, Fundación Arkeolan, Fundación Investigación Universidad Empresa - Jakintza Lanezko Ikerkuntza, Francisca Sáenz de Urturi Rodriguez, Iterbide, S.C., Gorka Tardío Gorostidi, Haedera 2000, S.L., Joseba Rios Garaizar, Ondare Babesa, S.L., Sociedad Cultural de Investigación Submarina Insub, Suhar Arkeologia, S.L.U., Qark, S.L., Zehazten Zerbitzu Kulturalak, S.L., solicitantes de las ayudas previstas en la Orden de 15 de junio de 2011, y publicar la misma en el Boletín Oficial del País Vasco, para su general conocimiento.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación por los interesados, o de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de noviembre de 2011.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

ANTONIO RIVERA BLANCO.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

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Análisis documental