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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 27, miércoles 9 de febrero de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Bilbao
687

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 1494/09.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario L2 1494/09 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Bilbao (Bizkaia) a instancia de Caja Laboral Popular, S. Coop. de Credito Ltda. contra Elevalift, S.L. sobre juicio ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 142/10

Juez que la dicta: D. Pablo Díez Noval.

Lugar: Bilbao.

Fecha: veintiséis de julio de dos mil diez.

FALLO

Estimar la demanda formulada por la entidad «Caja Laboral Popular Cooperativa de Crédito» contra «Elevalift, S.L.», y, en consecuencia:

1.- Se declara la resolución del contrato de arrendamiento financiero n.º 6700343915 formalizado entre Caja Laboral y «Elevalift, S.L.» en fecha 28 de noviembre de 2007.

2.- Se ordena a la demandada a la inmediata restitución a Caja Laboral del turismo de su propiedad objeto del contrato de arrendamiento financiero y que se identifica como Vehículo Industrial Marca Ford Connect, Modelo Van 200S TDCI 75 CV.

3.- Se condena a la demandada al pago a la actora de la cantidad de 2.496,28 euros en concepto de cuotas debidas e impagadas, así como en concepto de penalización una cantidad igual al importe de la última cuota del contrato vencida, excluido el impuesto indirecto, por cada mes o fracción de mes que transcurra entre la fecha de la Resolución y la de la efectiva devolución del bien a la actora.

4.- Se condena a la demandada al pago de los intereses de demora según lo pactado contractualmente.

5.- Se condena a la demandada al pago de las costas judiciales ocasionadas por el presente procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes intervinientes. Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, a interponer en el plazo de cinco días, ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4707 0000 00 1494 09, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Así por esta mi Resolución, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario Judicial doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Elevalift, S.L., extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia) a veintisiete de julio de dos mil diez.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental