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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 239, lunes 19 de diciembre de 2005


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 11 de Bilbao
6258

EDICTO dimanante del juicio verbal L2 n.º 266/05-B seguido sobre desahucio por falta de pago.

Juzgado de Primera Instancia n.° 11 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: J. verbal desh. L2 266/05.

Demandante: Guillermo González Luezas.

Abogado: Sebastián Ipiña, Carlos.

Procurador: Francisco de Borja Fernández Bodegas.

Demandado: José María Pérez Arias.

Sobre: desahucio falta pago.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Fernández Bodegas, en nombre y representación de Guillermo González Luezas, contra José M.ª Pérez Arias, declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes respecto de la lonja destinada a local de negocio sita en la localidad de Derio, C/ Urkíola s/n, en la que se ubica el negocio denominado "Bar Txorierri", condenando al demandado a que, dentro de término legal, deje libre y expedito el local en cuestión, bajo apercibimiento de lanzamiento, en su caso, si así no lo verifica.

Asimismo, se condena al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 7.084 euros, así como a las que se vayan devengando hasta el desalojo, más los intereses contractuales por demora al 1% mensual.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado José María Pérez Arias y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 13 de octubre de 2005.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental