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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 103, miércoles 2 de junio de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Barakaldo
2917

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 530/03 sobre división de cosa común.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Pro. ordinario L2 530/03 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.° 4 de Barakaldo (Bizkaia) a instancia de Alejandro Bilbao Rodrigo contra Lipazuca S.L. y Herederos Ignorados de Samuel Menchaca Araus y Victoria Menchaca Araus sobre División de Cosa Común, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.° 13/04

Juez que la dicta: D/D.ª Javier Garcia Encinar.

Lugar: Barakaldo (Bizkaia).

Fecha: 20 de enero de 2004.

Parte Demandante: Alejandro Bilbao Rodrigo.

Abogado: Gabriel Maura Barandiarán.

Procurador: Begoña López Del Hoyo.

Parte Demandada: Lipazuca S.L.

Abogado: José Luis Sadaba.

Procurador: Marta Martínez Pérez.

Parte Demandada: Herederos Ignorados de D. Samuel y Dña. Victoria Menchaca Araus.

Abogado:

Procurador:

Objeto del Juicio: División de Cosa Común.

FALLO

1.– Se Estima la demanda presentada por la Procurador Sr/a. López del Hoyo, en nombre y representación de D. Alejandro Bilbao Rodrigo, declarando la imposibilidad de división de la finca Urbana, Vivienda derecha, subiendo, en el tercer piso, del edificio sito en Barakaldo, C/ Portu n.° 15, 3°-Dcha, mide 79 metros cuadrados, se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad n.° 1 de Barakaldo, Tomo 388, Libro 302, Folio 49, Finca 20.437, Inscripción 3, respecto de D. Samuel y Dña. Victoria Menchaca Araus y al Tomo 864, Libro 657, Folio 3, Finca 20.437, Inscripción 5 respecto del demandante y de Lipazuca S.L., ordenando su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños.

2.– Condeno a la parte demandada declarada en rebeldía al pago de las costas procesales.

Modo de Impugnación: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Herederos Ignorados de Samuel Menchaca Araus y Victoria Menchaca Araus, extiendo y firmo la presente en Barakaldo (Bizkaia), a veintidós de abril de dos mil cuatro.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental