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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 248, viernes 29 de diciembre de 2000


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Disposiciones Generales

Industria, Comercio y Turismo
5862

RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2000, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las nuevas tarifas para el servicio urbano de la Compañía del Tranvía de San Sebastián, S.A.

La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 12 de diciembre de 2000, adoptó el acuerdo que se transcribe a continuación para general conocimiento:

ACUERDO:

Resultando que, con fecha 2 de noviembre de 2000 el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián remitió solicitud de revisión de tarifas para el servicio de transporte público de viajeros correspondiente a la Compañía del Tranvía de San Sebastián, S.A.

Resultando que posteriormente, a petición de la Oficina Territorial de Comercio de Gipuzkoa, se remitieron sendos documentos complementarios de fecha 1 y 4 de diciembre de 2000 respectivamente, los cuales se han incorporado al presente expediente de revisión de tarifas.

Considerando que, una vez analizado el expediente de las tarifas para el año 2001, se consideran éstas suficientes y ajustadas al incremento de los conceptos incluidos dentro de la estructura de costes de prestación del servicio.

Visto el Decreto 230/1988, de 30 de agosto, la Orden de 21 de septiembre de 1988 y demás disposiciones de general y especial aplicación, la Comisión de Precios de Euskadi, por unanimidad de los miembros presentes acuerda:

Primero.– Autorizar las tarifas del servicio urbano de transporte público de viajeros del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián para el año 2001, presentadas por la Compañía del Tranvía de San Sebastián, S.A., en los conceptos y cuantías, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Seguro Obligatorio de Viajeros, que a continuación se indican:

– Billete ordinario 125 PTA

– Bonobús ordinario (10 viajes) 740 PTA

– Bonobús jubilados (10 viajes) 350 PTA

– Billete especial (viaje individual) 175 PTA

Segundo.– El presente Acuerdo no entrará en vigor, y las nuevas tarifas no podrán aplicarse, hasta el 1 de enero de 2001.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de diciembre de 2000.

El Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi,

JOSÉ LUIS MONTALBÁN MONGE.


Análisis documental