Departamento de Cultura y Política Lingüística

Kultura 2.0: programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales.

RESUMEN
Título:
Kultura 2.0: programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales.
Objeto:

Regulación de condiciones de otorgamiento de subvenciones en 2010 para apoyar el desarrollo del programa Kultura 2.0 para la innovación tecnológica de las industrias culturales. Se tratan de actuaciones de mejora competitiva en el ámbito digital de las empresas culturales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de diferentes acciones de acompañamiento personalizado y de actuaciones dirigidas a facilitar la ejecución de proyectos que busquen un mejor posicionamiento competitivo en el nuevo entorno digital, por medio del desarrollo de acciones específicas de mejora competitiva, innovación, internacionalización, diversificación y/o búsqueda de nuevos mercados, con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2010.

Dotación presupuestaria:

262.500,00 euros

Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN de 20 de noviembre de 2010 (BOPV N 211/2010)

    ORDEN de 20 de noviembre de 2010, de la Consejera de Cultura, por la que se regula y se convoca la concesión de subvenciones a Kultura 2.0: programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Cultura
Órgano convocante:
Dirección de Promoción de la cultura
Entidad resolutora:
Cultura
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Órgano resolutor:
Dirección de Promoción de la cultura
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
  • En la Dirección de Promoción de la Cultura: Itziar Redondo (945-019565)
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Kultura 2.0: programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales.

Regulación de condiciones de otorgamiento de subvenciones en 2010 para apoyar el desarrollo del programa Kultura 2.0 para la innovación tecnológica de las industrias culturales. Se tratan de actuaciones de mejora competitiva en el ámbito digital de las empresas culturales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de diferentes acciones de acompañamiento personalizado y de actuaciones dirigidas a facilitar la ejecución de proyectos que busquen un mejor posicionamiento competitivo en el nuevo entorno digital, por medio del desarrollo de acciones específicas de mejora competitiva, innovación, internacionalización, diversificación y/o búsqueda de nuevos mercados, con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2010.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Podrán acceder a las ayudas de la presente convocatoria las  PYMES que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen de manera preferente a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: el cine, las artes audiovisuales, la edición de libros, las artes escénicas, las artes visuales, la artesanía, la música, los nuevos géneros creativos multimedia y cualquier otra manifestación artística o cultural con vocación de permanencia y que reúnan los requisitos que en cada una de las modalidades se contemplan. A estos efectos se consideraran como:

a) Empresa: Persona física o jurídica que realiza alguna actividad económica.

b) Pequeñas y medianas empresas (PYMES): Empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. Para cualquier aclaración para calcular los efectivos, los importes financieros y el período de referencia, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (CE) Nº 800/2008 de la Comisión Europea.

Las personas o entidades beneficiarias deberán tener su domicilio o sede social en la Comu­nidad Autónoma de Euskadi.

En los proyectos desarrollados en cooperación la solicitud deberá hacerla tan solo una de ellas. De todas maneras, a la hora de realizar la solicitud se deberá manifestar claramente la personalidad, responsabilidad y funciones de cada uno de los participantes en el proyecto, así como cuál es la aportación de cada una de ellas en el apartado de ingresos presupuestarios. Asi­mismo, se deberá presentar un documento en el que consten los términos de dicha cooperación. El docu­mento estará firmado por la persona que representa legalmente a cada una de las personas jurídicas pri­vadas asociadas, y a efectos del cumplimiento de las obligaciones relativas a las subvenciones se designará a un único representante de las personas jurídicas privadas asociadas, otorgándosele para ello el poder suficiente.

No podrán concurrir a esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursos en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997 de 11 de noviembre, la concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

No tendrán la consideración de beneficiarios las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, así como aquellas pertenecientes a la Administración Institucional, cualquiera que sea la Administración en la que se integren.

PRESTACIÓN
Dotación:

El importe global se distribuirá de la siguiente forma entre las modalidades de ayuda que comprende la presente convocatoria:

a) Ciento sesenta mil (160.000) euros para la realización de proyectos individuales 

b) Ciento dos mil quinientos (102.500) euros para la realización de proyectos en cooperación.

 

Forma de pago:

Las subvenciones concedidas con cargo a la presente Orden se harán efectivas  mediante un único pago, una vez finalizada la actividad subvencionada y tras la oportuna presentación de la Solicitud de Liquidación y documentación justificativa exigida en el siguiente artículo.

 

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud de subvención para el programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales.
Solicitud de subvención para el programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales.:
ORDEN de 20 de noviembre de 2010, de la Consejera de Cultura, por la que se regula y se convoca la concesión de subvenciones a Kultura 2.0: programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales.
Presencial
Formularios:
ANEXO I (Solicitud)

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

Documentación:
  • ANEXO II

    DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LA PERSONA/ENTIDAD SOLICITANTE A LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

  • ANEXO III

    PRESUPUESTO

  • ANEXO IV

    DECLARACIÓN DE SUBVENCIONES

  • ANEXO V

    POSICIONAMIENTO DE LA EMPRESA EN EL ENTORNO TECNOLÓGICO Y DIGITAL

  • ANEXO VI

    ALTA DE DATOS/TERCERO INTERESADO

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
04/11/2010 - 03/12/2010
Fecha límite de presentación:

03/12/2010

Plazo de resolución:

6 meses

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejero/a de Cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejero/a de Cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Fecha de resolución:
28/12/2010
Resoluciones asociadas: