Departamento de Seguridad

Fecha de publicación: 20/09/2012

El sábado comienza la designación por sorteo de las personas que integrarán las 2.778 mesas electorales

La Ley establece la obligación de formar parte de las mismas para todos los electores que sean designados

El próximo sábado 22 de septiembre, se abre un plazo de cinco días durante el que los Ayuntamientos celebrarán los sorteos públicos para designar a los más de 24.500 miembros y suplentes de las 2.778 mesas electorales de las Elecciones Autonómicas del próximo 21 de octubre. La Ley establece que podrá ser llamada a formar parte de una mesa cualquier persona censada menor de 70 años y que sepa leer y escribir. En los tres días siguientes a la designación, los nombramientos serán notificados a los interesados, a quienes se les entregará un manual de instrucciones sobre sus funciones, editado por el Gobierno Vasco.

El calendario elaborado por la Dirección de Administración Electoral del Gobierno Vasco recoge que entre el próximo sábado 22 y miércoles 26 - ambos incluidos -, los Ayuntamientos deberán celebrar, bajo supervisión de las Juntas Electorales de Zona, los sorteos públicos para designar a las personas que integrarán las mesas electorales del próximo 21 de octubre.

Cada mesa la compondrán un presidente y dos vocales, designados por sorteo entre la totalidad de las personas censadas en el municipio correspondiente. En el mismo sorteo se nombrará también a dos suplentes para cada uno de los miembros de la mesa. En los tres días posteriores a la designación, ésta deberá ser notificada a los interesados. Junto al aviso, se les entregará un manual de instrucciones sobre sus funciones, elaborado por la Dirección de Administración Electoral del Gobierno Vasco y supervisado por la administración electoral .

En estos comicios autonómicos se constituirán 2.778 mesas. En Araba serán 427, en Bizkaia 1475 y en Gipuzkoa 876. Estas mesas estarán repartidas en 737 colegios electorales 106 en Araba, 344 en Bizkaia y 287 en Gipuzkoa.

Obligatorio para todos los electores

Los cargos de presidente y vocal, así como sus respectivos suplentes, son obligatorios, y el no acudir sin causa justificada al día de la votación puede suponer una pena de prisión o multa (a raiz de las Elecciones Europeas de 2009 una persona fue condenada al pago de una multa de 360 euros por no comparecer cuando había sido designada segunda suplente de presidenta de mesa). Sin embargo, la Ley de Elecciones establece algunas exenciones. “Podrán dispensar su asistencia a la mesa los enfermos hospitalizados y los demás cuando lo justifiquen mediante certificación médica, los residentes fuera de la circunscripción electoral y el personal embarcado, o cualquier otro con causa justificada y documentada”.

Además, no podrán formar parte de las mesas quienes formen parte de las Juntas Electorales, concurran a las elecciones como candidatos, los cargos públicos de elección o libre designación o quienes no se encuentren en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos.

En los siete días siguientes a la recepción de la notificación los designados podrán exponer ante la Junta Electoral de Zona, las posibles alegaciones a su participación en la mesa. Como novedad este año se puede descargar de la web www.elecciones.net el impreso para realizar las alegaciones.

Para estas elecciones se ha establecido una dieta de 75 euros por persona para el presidente y para los dos vocales. Además, la totalidad de los miembros de las mesas estarán protegidos por el sistema de la seguridad social ante accidentes que puedan acontecer en el desarrollo de sus funciones.

Funciones de la mesa electoral

La mesa electoral tiene como función presidir y recibir los votos, realizar el escrutinio y cuidar el cumplimiento de la Ley Electoral en el día de la celebración de los comicios.

El día de las votaciones el presidente, los vocales y los suplentes deben acudir a las ocho de la mañana al colegio electoral para constituir la mesa. A esa misma hora, se comprobará la situación de la urna y la cabina electoral, así como la existencia de papeletas, sobres de votación y el resto de los impresos electorales.

Una vez abierto el colegio electoral, a las nueve de la mañana, los miembros se encargarán, entre otras tareas, de identificar a cada elector y de comprobar su inscripción en el censo.

Tras el cierre de la votación, a las ocho de la tarde, procederán a la apertura e introducción de los votos por correo en la urna. A continuación se procederá a la apertura de la misma para  realizar el escrutinio y a la  entrega en el Juzgado la documentación electoral.

Información en Internet

La web www.elecciones.net pone al alcance de los usuarios toda la información referente a la convocatoria electoral prevista para el 21 de octubre. A través de ella una importante gama de información y servicios pueden ser consultados desde Internet, con una capacidad de respuesta mejorada respecto a anteriores versiones. Procedimientos de votación, voto por correo…, así como las principales dudas que surgen a los votantes son contestadas mediante protocolos animados y gráficos, lo que facilita su comprensión.

Entre los apartados más reseñables de la web cabe destacar los referidos a los calendarios del proceso, los procedimientos de voto y voto por correo, una Guia del electorado, así como una Guía para los miembros de las mesas electorales, Preguntas y respuestas e Impresos electrónicos. Entre las novedades más destacadas señalar las Guías paso a paso, que permiten al usuario despejar de una forma amena y gráfica las dudas procedimentales que le puedan surgir a la hora de emitir su voto.

Asimismo, la web presenta la posibilidad de suscribirse a la cuenta de twiter (@hauteskundeak), abierta por el Departamento en el mismo sentido y que abre un canal de comunicación con las noticias que se produzcan relacionadas con el proceso electoral prácticamente a tiempo real. También se pone a disposición del usuario un teléfono 012, en el que pueden realizarse consultas personalizadas.