Subvenciones para actividades para el fortalecimiento de la acción voluntaria y la participación asociativa en la intervención social. CONVOCATORIA 2011.

A la financiación de las actividades dentro de esta línea de subvenciones en 2011 se destinará un máximo total de 1.000.000 euros.
- Orden de 3 de enero de 2011, (BOPV N 5/2011)
de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se efectúa para el año 2011 la convocatoria prevista en el Decreto 649/2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.
- Decreto 649/2009 (BOPV N 3/2010)
DECRETO 649/2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del País Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
900 840 408 (en horario de 8:30-14:00), entre el 10 de enero y el 10 de febrero.
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes registros o censos administrativos, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones.
b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público o interés social.
c) Desarrollar su actividad preferentemente dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
A la financiación de las actividades dentro de esta línea de subvenciones en 2011 se destinará un máximo total de 1.000.000 euros.
El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales podrá financiar hasta un 80% del presupuesto total de la actividad.
Ninguna ayuda, individualmente considerada, podrá superar en esta línea subvencional los 40.000 euros.
El formulario de solicitud es un documento rellenable, que la entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados. Junto al formulario de solicitud se debe aportar documentación específica, tal y como se señala en las Instrucciones de Aportación de Documentación.
Formulación de la actividad para la que se solicita subvención. El formulario de presentación de la actividad es un documento rellenable, que la entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados.
Acreditación de la representación legal, única y exclusivamente cuando el/la firmante de la solicitud, ya sea ésta presencial o telemática, se trate de una persona que no ostenta dicha representación de acuerdo con los estatutos de la entidad.
- Instrucciones para la aportación de la documentación
- Relación de documentación a aportar junto con la solicitud.
Balance de gastos e ingresos de la entidad en 2010.
Certificación actualizada acreditativa de que la entidad se halla al corriente en el pago de la Seguridad Social.
Acreditación de la representación legal, única y exclusivamente cuando el/la firmante de la solicitud, ya sea ésta presencial o telemática, se trate de una persona que no ostenta dicha representación de acuerdo con los estatutos de la entidad. (Anexo acreditación).
Estatutos de la entidad solicitante. (Si el ciudadano lo autoriza expresamente en su solicitud, la Administración Pública podrá obtener este documento mediante servicios telemáticos.)
Ficha de Alta de Datos/Tercero Interesado junto con la Tarjeta de Identificación fiscal de la Entidad.
El formulario de solicitud enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Entidad solicitante: Certificado de entidad
- Representante legal de la entidad o persona apoderada para la solicitud de subvenciones: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano/a
Junto al formulario de solicitud debe de aportar documentación específica, tal y como se señala en las Instrucciones de Aportación de Documentación. Es recomendable obtener la documentación que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación y guardarla en su ordenador.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Las entidades beneficiarias deben justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la ejecución de la actividad que determine la concesión de la subvención, en el plazo de dos meses a partir de la finalización de la actividad. El formulario de justificación es un documento rellenable, que se debe cumplimentar y entregar en los lugares de presentación especificados en soporte papel, firmado, y en soporte informático (por ejemplo CD). Junto al formulario de justificación se debe aportar documentación específica, tal y como se señala en el mismo.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
El último día de presentación de solicitudes es el jueves 10 de febrero.
En el caso de enviar por Correo certificado la solicitud (y no registrarla presencialmente) debe tenerse en cuenta que debe llevarse a la Oficina de Correos en sobre abierto, para que el personal de Correos selle la solicitud con fecha máxima de 10 de febrero.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Asuntos Sociales.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Asuntos Sociales.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.