Subvenciones dirigidas a la producción de materiales didácticos digitales en euskera para niveles no universitarios. Recursos educativos abiertos (EIMA Digitala - REA - 2023)

[Eima Digitala - HBI]

Descripción


Objeto

La regulación de las ayudas económicas destinadas a la creación y edición de materiales didácticos ‑en euskera y de calidad‑ para niveles no universitarios. En esta modalidad se subvencionarán: materiales didácticos digitales en euskera.

Dotación presupuestaria

240.000 (euro)

Prestación económica

La cuantía de la subvención no podrá exceder del 80% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 25.000 € por material didáctico.

Forma de pago:

Una vez adjudicada la ayuda y comprobada su aceptación, se abonará el 20 % de la subvención adjudicada a cada solicitante.
Una vez que el material didáctico consiga el reconocimiento de idoneidad y se acepte la versión definitiva, se le abonará la 2ª parte, hasta un máximo de del 80 % de la ayuda adjudicada, a partir del 1 de enero de 2024.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

Personas Jurídicas Privadas

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación.

  • Estar legalmente constituida.

Fundaciones

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida

Sociedad cooperativa

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación
  • Estar legalmente constituida

Asociaciones

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida

Requisitos

  • Realizar la descripción técnica del proyecto.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Las entidades o personas sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que estén incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres, podrán participar en la convocatoria pero no podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden.

  • Que no está sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • Que no es una empresa en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO, C 249, 31-07-2014).

  • Cumplir las condiciones y los requisitos establecidos en los artículos 11 y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que están en posesión de los derechos de autor o autorización precisa para llevar a cabo el proyecto.

  • Que el material es inédito y se creará y producirá en euskera.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Educación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1203510

Solicitud y aportación de documentación


Por cada solicitante se subvencionarán, como máximo, 2 proyectos.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La convocatoria se resolverá en un plazo máximo de seis meses a partir de su publicación en el BOPV. La resolución se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, y tendrá efectos de notificación a partir del día siguiente.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Solicitud de idoneidad


El material didáctico ha de ser realizado y presentado al Departamento de Educación, para su análisis de idoneidad, antes del 8 de septiembre de 2024

Más información: http://www.euskadi.eus/eima-calidad-materiales-didacticos-euskera/web01-a2heusk/es/

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites