Convocatoria de ayudas 2026-2027. Capítulo III: desarrollo de acciones y servicios de orientación para el empleo dirigidos a personas pertenecientes a colectivos en desventaja
[colec]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Son objeto de este Capítulo III las bases específicas de la subvención que Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo podrá otorgar, en los ejercicios 2026-2027, para el desarrollo de acciones y servicios de orientación para el empleo para personas pertenecientes a colectivos en situación de vulnerabilidad o desventaja que sean demandantes de empleo y servicios, o solicitantes de servicios inscritas en Lanbide de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dirigidas a las entidades que reúnan los requisitos exigidos para colaborar con Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo en el ejercicio de esta.
Dotación presupuestaria
3.877.206 €Prestación económica
Para la financiación de las ayudas para el desarrollo de acciones y servicios de orientación para el empleo dirigidos a personas pertenecientes a colectivos en situación de vulnerabilidad o desventaja que sean demandantes de empleo y servicios o solicitantes de servicios inscritas en Lanbide, reguladas en el Capítulo III: 3.877.206,00 euros, de los cuales 1.938.603,00 euros corresponden al crédito de pago de 2026 y 1.938.603,00 euros al crédito de compromiso de 2027.
Concurrencia competitiva en un único procedimiento.
Comisión evaluadora:
- Análisis de las solicitudes.
- Requerimiento de Subsanaciones.
- Propuesta de resolución provisional.
- Publicación en la web de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de esta propuesta provisional, con plazo de 10 días para la formulación de alegaciones.
- Examinadas las alegaciones, formulación de propuesta de resolución definitiva.
Director General de Lanbide: Resolución definitiva, que se publicará en la web de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo y en el BOPV.
Periodo de ejecución: 18 meses, posteriores a la notificación de la Resolución de concesión de las subvenciones en la web de Lanbide y contados a partir de la fecha concreta que en ella se indique.
Forma de pago:
Las subvenciones concedidas serán abonadas en dos pagos:
– Un primer pago anticipado, con cargo al crédito de pago del 2026, por un importe del 50% de la subvención total concedida. Hasta que la entidad beneficiaria no hiciera efectiva la declaración responsable de inicio de actividad y disponibilidad de medios para cada ubicación no se procederá a tramitar el primer pago.
– Un último pago, con cargo al crédito de compromiso 2027, por el resto de la subvención o la cantidad que resulte de la justificación y comprobación de las acciones desarrolladas.
En el caso de que el pago anticipado supere la cantidad de 180.000 € deberá aportarse, con carácter previo, un certificado de haber presentado, ante la Tesorería General del País Vasco, garantía, aval o fianza por el importe que se anticipa. El modelo de aval le será facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
En cualquier caso, no se exigirá la constitución de garantía alguna, cuando el beneficiario de la subvención sea una entidad local o entes y organismos de ella dependientes.
Para la financiación de las ayudas para el desarrollo de acciones y servicios de orientación para el empleo dirigidos a personas pertenecientes a colectivos en situación de vulnerabilidad o desventaja que sean demandantes de empleo y servicios o solicitantes de servicios inscritas en Lanbide, reguladas en el Capítulo III: 3.877.206,00 euros, de los cuales 1.938.603,00 euros corresponden al crédito de pago de 2026 y 1.938.603,00 euros al crédito de compromiso de 2027.
Concurrencia competitiva en un único procedimiento.
Comisión evaluadora:
- Análisis de las solicitudes.
- Requerimiento de Subsanaciones.
- Propuesta de resolución provisional.
- Publicación en la web de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de esta propuesta provisional, con plazo de 10 días para la formulación de alegaciones.
- Examinadas las alegaciones, formulación de propuesta de resolución definitiva.
Director General de Lanbide: Resolución definitiva, que se publicará en la web de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo y en el BOPV.
Periodo de ejecución: 18 meses, posteriores a la notificación de la Resolución de concesión de las subvenciones en la web de Lanbide y contados a partir de la fecha concreta que en ella se indique.
Las subvenciones concedidas serán abonadas en dos pagos:
– Un primer pago anticipado, con cargo al crédito de pago del 2026, por un importe del 50% de la subvención total concedida. Hasta que la entidad beneficiaria no hiciera efectiva la declaración responsable de inicio de actividad y disponibilidad de medios para cada ubicación no se procederá a tramitar el primer pago.
– Un último pago, con cargo al crédito de compromiso 2027, por el resto de la subvención o la cantidad que resulte de la justificación y comprobación de las acciones desarrolladas.
En el caso de que el pago anticipado supere la cantidad de 180.000 € deberá aportarse, con carácter previo, un certificado de haber presentado, ante la Tesorería General del País Vasco, garantía, aval o fianza por el importe que se anticipa. El modelo de aval le será facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
En cualquier caso, no se exigirá la constitución de garantía alguna, cuando el beneficiario de la subvención sea una entidad local o entes y organismos de ella dependientes.
A quién va dirigido
Personas físicas o jurídicas, publicas o privadas
Cualquier persona física o jurídica, pública o privada que, además de cumplir con los requisitos generales establecidos en la convocatoria, entre sus fines u objetos sociales o fundacionales se encuentre la realización de alguna de las actuaciones que se exponen a continuación:
- La inserción laboral de personas reclusas o ex reclusas siempre que cuente con los requisitos y los medios materiales y humanos necesarios para la adecuada prestación de las acciones y servicios de orientación profesional.
- La inserción laboral de personas pertenecientes a la comunidad gitana siempre que cuente con los requisitos y los medios materiales y humanos necesarios para la adecuada prestación de las acciones y servicios de orientación profesional.
- La inserción laboral de personas con discapacidad, siempre que cuente con los requisitos y los medios materiales y humanos necesarios para la adecuada prestación de las acciones y servicios de orientación profesional.
- La inserción laboral de personas en situación o en riesgo de exclusión social o desventaja social o laboral, siempre que cuente con los requisitos y los medios materiales y humanos necesarios para la adecuada prestación de las acciones y servicios de orientación para el empleo.
Para la atención a los colectivos de este capítulo las entidades o en su caso, todos los miembros de las agrupaciones, deberán contar con experiencia previa acreditada mínima de 24 meses, adquirida entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de junio de 2025, de forma no solapada en el tiempo, para poder acceder a las ayudas previstas en este capítulo mediante la ejecución directa de acciones de orientación para el empleo dirigidas específicamente al colectivo en cuestión, en colaboración con Servicios Públicos de Empleo o con alguna Administración Pública, estatal, autonómica o local, u organismos participados de las mismas.
Asimismo, podrán llevar a cabo las acciones y servicios de orientación para el empleo y beneficiarse de las subvenciones previstas en este capítulo III las asociaciones o agrupaciones de aquellas entidades a las que se hace referencia en los apartados anteriores con o sin personalidad jurídica propia con las consideraciones descritas en convocatoria.
En ningún caso podrán ser entidades beneficiarias aquellas entidades locales o dependientes de las mismas que participen de financiación de Lanbide – Servicio Público Vasco de Empleo en materia de orientación para el empleo a través de la ejecución de otras ayudas diferentes a la presente dentro de los diferentes planes locales de empleo y cuyas financiaciones serán incompatibles.
Asociaciones
Requisitos:
-
Que no está incursa en las causas de prohibición previstas en los párrafos 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no es una asociación respecto de la que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, o habiéndose suspendido, ha recaído resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable
Centros de empleo
Se entiende por centro de empleo el espacio físico estable, donde la entidad colaboradora pone a disposición de las personas demandantes de empleo y usuarias, un lugar con instrumentos de auto-consulta sobre recursos para la búsqueda de empleo, así como el apoyo, por parte de personal orientador que dé cobertura a una jornada completa, y en su caso, personal de apoyo, en el itinerario de inserción y en el manejo de las herramientas que lo facilitan.
Requisitos:
-
Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.d, la entidad tiene la calificación de centro especial de empleo, es propietaria o tiene participación mayoritaria en el capital social de empresas con calificación de centro especial de empleo, con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la actividad objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Empresas de inserción
Requisitos:
- Inscripción de la entidad en el Registro de Empresas de Inserción.
-
Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.e, la entidad es empresa de inserción o promotora de empresa de inserción con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la totalidad o parte de las actividades objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica.
Requisitos:
-
Declaración responsable de cada una de las entidades que constituyen la agrupación (Art.17).
Aportación en Sede electrónica en el momento de la solicitud
-
Copia de la parte de las escrituras de constitución, fundacionales, etc., de todas las entidades que constituyan la agrupación en la que aparezca el objeto social o fundacional de la entidad (Art.13.1).
Aportación en Sede electrónica en el momento de la solicitud
-
Documento donde conste la constitución de la agrupación y el compromiso de cada miembro, en los términos del art. 13.2.
Mediante declaración responsable
-
Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.d, la entidad tiene la calificación de centro especial de empleo, es propietaria o tiene participación mayoritaria en el capital social de empresas con calificación de centro especial de empleo, con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la actividad objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.e, la entidad es empresa de inserción o promotora de empresa de inserción con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la totalidad o parte de las actividades objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Requisitos
-
Que no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas púbicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido condenada o sancionada, mediante sentencia o resolución administrativa firmes, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o habiéndolo sido, ha transcurrido el periodo de condena o sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario; ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento; ni ha sido declarada en concurso o habiéndolo sido, ha adquirido en él eficacia un convenio; ni está sujeta a intervención judicial; ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal o, de haberlo sido, ha concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no están incursas las administradoras o administradores de las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y en la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos; ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que se compromete a mantener este cumplimiento hasta la justificación del total de la ayuda o subvención concedida.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se halla al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 203, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023)
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, por incurrir en discriminación por razón de sexo, o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, en concreto del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, o bien ha transcurrido el periodo de sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no está incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las siguientes:
-No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
-No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, o acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
-Cometer, incitar o promocionar LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa o, en caso de haber sido sancionada, que ha ejecutado las medidas correctoras pertinentes y ha satisfecho la sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
NO CUMPLIMENTAR EN CASO DE SER CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
Que cumple con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o, en su defecto, ha adoptado las medidas alternativas correspondientes
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha obtenido subvenciones o ayudas por el mismo concepto, procedente de cualquier Administración o ente públicos o privados.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
La entidad solicitante no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
La entidad solicitante no tiene la consideración de empresas en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.18 del citado Reglamento (UE) n.º 651/2014.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Para subvenciones por importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante sea persona física o jurídica con ánimo de lucro, distinta de una entidad de derecho público:
*cumplir, en los términos previstos en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales- En el supuesto de que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, deberá aportar la documentación a que hace referencia el apartado b) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, esto es, certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, con el contenido exigido en el número 1º de dicho apartado o, en caso de no ser posible la emisión de tal certificado, Informe de Procedi-mientos Acordados, en los términos previstos en el número 2º de dicho apartado y en el artículo 22 bis del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y aporte documentación:
- En el supuesto de que la persona física o jurídica solicitante pueda presentar, de acuerdo con la normativa contable, cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante la certificación prevista en el apartado a) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, según el modelo facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
-
Que las instalaciones de atención a las personas usuarias se adecuan a la normativa vigente en materia de centros de trabajo.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que los centros de trabajo cumplen con la legislación vigente referida a la accesibilidad universal, sin que exista discriminación de las personas con discapacidad, dándose de forma efectiva la igualdad de oportunidades.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que la entidad se compromete a disponer, en el momento de inicio de la actividad, de los medios materiales y humanos propios para el desarrollo de las acciones y servicios solicitados según lo previsto en los apartados 4.5 y 4.6 del Artículo 13 de la presente convocatoria.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Compromiso de constituir la garantía correspondiente en el supuesto de que el pago anticipado supere la cantidad de 180.000 euros.
Presentar documentación de la garantía constituída.
-
Disponer de una estructura adecuada de locales y equipamientos.
Informe expedido por persona técnica competente y visado por el correspondiente colegio profesional sobre la adecuación del local a la normativa en vigor en materia de promoción de accesibilidad: Ley 20/1997 y sus normas técnicas de desarrollo: accesibilidad al local desde el exterior de los mismos, accesibilidad de trayectos interiores hasta los espacios destinados a la prestación de servicios, disponibilidad de aseos adaptables y adaptados para uso de las personas destinatarias del servicio.
Informe descriptivo actualizado de las características de cada emplazamiento de la entidad solicitante, adjuntando obligatoriamente fotografías y planos de todas las instalaciones detalladas en el artículo 13 apartados 4.1 y 4.2, que especifiquen los espacios y dimensiones ajustadas a los mismos, así como fotografías y planos de los itinerarios, tanto interiores como exteriores, de los accesos a dichas instalaciones.
-
Contar con experiencia previa acreditada mínima de 24 meses, adquirida durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y 30 de junio de 2025, de forma no solapada en el tiempo, para poder acceder a las ayudas previstas en este capítulo mediante la ejecución directa de acciones de orientación para el empleo dirigidas específicamente al colectivo en cuestión, habiendo desarrollado alguna de las actividades descritas en la convocatoria.
Aportación de certificado del correspondiente Servicio Público de Empleo, de la administración local o autonómica correspondiente o de las entidades del sector público dependientes de las mismas que haya financiado dicha actividad, en el que se indique, explícita y detalladamente, cuáles han sido las acciones o programa realizados, fechas de inicio y final y los colectivos beneficiarios.
Contrato para la prestación de un plan de recolocación externa asociado a Expedientes de Regulación de Empleo.
-
Disponer de internet de banda ancha para cada ubicación al inicio de la actividad.
Jardueraren hasierari buruzko erantzukizunpeko adierazpenaren bidez. Adierazpen hori kokapen bakoitzerako aurkeztu behar da.
-
La solicitud reúne los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la ayuda.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que los documentos y datos aportados en la solicitud son veraces.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo
Información de contacto
- Servicio de Atención a la Ciudadanía: 945 160 600 (Información general)
- Servicio de Atención a Entidades y Empresas: 945 160 601 (Información general)
- Otros: orientazioa@lanbide.eus
Código
1086509Solicitud y aportación de documentación
Cada entidad deberá indicar en la solicitud el ámbito o los ámbitos territoriales de actuación en el que solicita colaborar prestando servicios de orientación. Para la atención a los colectivos a) y b) la solicitud ha de referirse a la totalidad de horas que se recogen para cada ámbito de actuación Para los colectivos c) y d) la solicitud ha de referirse a un mínimo de un bloque de 750 horas por ámbito o subámbito, hasta el límite máximo de bloques ofertados.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, Lanbide requerirá a la entidad interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su notificación, subsane la falta o defecto o acompañe los documentos preceptivosa través de Mi Carpeta.
De no hacerlo, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada al efecto, en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizarán a través de «Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Mi carpeta.
También se podrá tramitar electrónicamente a través de un representante, para lo cual la representación podrá inscribirse en el Registro de apoderamientos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, accesible a través de la dirección siguiente: Registro electrónico de apoderamientos
Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: Medios de identificación electrónica admitidos
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
- Declaración responsable
- Certificación de cuentas y ganancias
- 4. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 4 del artículo 13, en base a la subvención solicitada, incluyendo al menos:
- 8. Para acreditar disponer de sistema de gestión de calidad copia de reconocimientos o certificaciones oficiales de las siguientes acreditaciones
- 9.Para acreditar los criterios de valoración compromiso con la igualdad de género se deberán presentar los siguientes informes:
-
Si usted o su entidad tributa en una de las haciendas vascas, la Administración lo comprobará de oficio.
Si usted o su entidad no tributa en una de las haciendas vascas, debe aportar los siguientes documentos:
- Copia escaneada del certificado del epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) emitido por su oficina tributaria (en formato PDF).
Nota: Si su oficina tributaria dispone de servicio electrónico, puede descargar el epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) como documento electrónico.
-
La Administración consultará de oficio si usted cumple este requisito.
-
Que no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas púbicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido condenada o sancionada, mediante sentencia o resolución administrativa firmes, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o habiéndolo sido, ha transcurrido el periodo de condena o sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario; ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento; ni ha sido declarada en concurso o habiéndolo sido, ha adquirido en él eficacia un convenio; ni está sujeta a intervención judicial; ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal o, de haberlo sido, ha concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no están incursas las administradoras o administradores de las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y en la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos; ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que se compromete a mantener este cumplimiento hasta la justificación del total de la ayuda o subvención concedida.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se halla al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 203, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023)
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, por incurrir en discriminación por razón de sexo, o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, en concreto del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, o bien ha transcurrido el periodo de sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no está incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las siguientes:
-No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
-No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, o acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
-Cometer, incitar o promocionar LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa o, en caso de haber sido sancionada, que ha ejecutado las medidas correctoras pertinentes y ha satisfecho la sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
NO CUMPLIMENTAR EN CASO DE SER CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
Que cumple con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o, en su defecto, ha adoptado las medidas alternativas correspondientes
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha obtenido subvenciones o ayudas por el mismo concepto, procedente de cualquier Administración o ente públicos o privados.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
La entidad solicitante no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
La entidad solicitante no tiene la consideración de empresas en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.18 del citado Reglamento (UE) n.º 651/2014.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Para subvenciones por importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante sea persona física o jurídica con ánimo de lucro, distinta de una entidad de derecho público:
*cumplir, en los términos previstos en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales- En el supuesto de que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, deberá aportar la documentación a que hace referencia el apartado b) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, esto es, certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, con el contenido exigido en el número 1º de dicho apartado o, en caso de no ser posible la emisión de tal certificado, Informe de Procedi-mientos Acordados, en los términos previstos en el número 2º de dicho apartado y en el artículo 22 bis del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y aporte documentación:
- En el supuesto de que la persona física o jurídica solicitante pueda presentar, de acuerdo con la normativa contable, cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante la certificación prevista en el apartado a) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, según el modelo facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
-
Que las instalaciones de atención a las personas usuarias se adecuan a la normativa vigente en materia de centros de trabajo.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que los centros de trabajo cumplen con la legislación vigente referida a la accesibilidad universal, sin que exista discriminación de las personas con discapacidad, dándose de forma efectiva la igualdad de oportunidades.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
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Que la entidad se compromete a disponer, en el momento de inicio de la actividad, de los medios materiales y humanos propios para el desarrollo de las acciones y servicios solicitados según lo previsto en los apartados 4.5 y 4.6 del Artículo 13 de la presente convocatoria.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
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Compromiso de constituir la garantía correspondiente en el supuesto de que el pago anticipado supere la cantidad de 180.000 euros.
Presentar documentación de la garantía constituída.
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Disponer de una estructura adecuada de locales y equipamientos.
Informe expedido por persona técnica competente y visado por el correspondiente colegio profesional sobre la adecuación del local a la normativa en vigor en materia de promoción de accesibilidad: Ley 20/1997 y sus normas técnicas de desarrollo: accesibilidad al local desde el exterior de los mismos, accesibilidad de trayectos interiores hasta los espacios destinados a la prestación de servicios, disponibilidad de aseos adaptables y adaptados para uso de las personas destinatarias del servicio.
Informe descriptivo actualizado de las características de cada emplazamiento de la entidad solicitante, adjuntando obligatoriamente fotografías y planos de todas las instalaciones detalladas en el artículo 13 apartados 4.1 y 4.2, que especifiquen los espacios y dimensiones ajustadas a los mismos, así como fotografías y planos de los itinerarios, tanto interiores como exteriores, de los accesos a dichas instalaciones.
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Contar con experiencia previa acreditada mínima de 24 meses, adquirida durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y 30 de junio de 2025, de forma no solapada en el tiempo, para poder acceder a las ayudas previstas en este capítulo mediante la ejecución directa de acciones de orientación para el empleo dirigidas específicamente al colectivo en cuestión, habiendo desarrollado alguna de las actividades descritas en la convocatoria.
Aportación de certificado del correspondiente Servicio Público de Empleo, de la administración local o autonómica correspondiente o de las entidades del sector público dependientes de las mismas que haya financiado dicha actividad, en el que se indique, explícita y detalladamente, cuáles han sido las acciones o programa realizados, fechas de inicio y final y los colectivos beneficiarios.
Contrato para la prestación de un plan de recolocación externa asociado a Expedientes de Regulación de Empleo.
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Disponer de internet de banda ancha para cada ubicación al inicio de la actividad.
Jardueraren hasierari buruzko erantzukizunpeko adierazpenaren bidez. Adierazpen hori kokapen bakoitzerako aurkeztu behar da.
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La solicitud reúne los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la ayuda.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
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Que los documentos y datos aportados en la solicitud son veraces.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
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Que no está incursa en las causas de prohibición previstas en los párrafos 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
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Que no es una asociación respecto de la que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, o habiéndose suspendido, ha recaído resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable
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Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.d, la entidad tiene la calificación de centro especial de empleo, es propietaria o tiene participación mayoritaria en el capital social de empresas con calificación de centro especial de empleo, con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la actividad objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
- Inscripción de la entidad en el Registro de Empresas de Inserción.
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Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.e, la entidad es empresa de inserción o promotora de empresa de inserción con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la totalidad o parte de las actividades objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
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Declaración responsable de cada una de las entidades que constituyen la agrupación (Art.17).
Aportación en Sede electrónica en el momento de la solicitud
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Copia de la parte de las escrituras de constitución, fundacionales, etc., de todas las entidades que constituyan la agrupación en la que aparezca el objeto social o fundacional de la entidad (Art.13.1).
Aportación en Sede electrónica en el momento de la solicitud
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Documento donde conste la constitución de la agrupación y el compromiso de cada miembro, en los términos del art. 13.2.
Mediante declaración responsable
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Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.d, la entidad tiene la calificación de centro especial de empleo, es propietaria o tiene participación mayoritaria en el capital social de empresas con calificación de centro especial de empleo, con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la actividad objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
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Que, en su caso, atendiendo al artículo 16.2.2.e, la entidad es empresa de inserción o promotora de empresa de inserción con centros de trabajo en el ámbito donde solicita la subvención. Que, en el caso de ser una asociación o agrupación de entidades, al menos, la mitad de las entidades integrantes de la misma que se comprometen a realizar la totalidad o parte de las actividades objeto de la subvención cumplen la condición anterior.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un certificado electrónico
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
- También se podrá tramitar electrónicamente a través de un representante, para lo cual la representación podrá inscribirse en el Registro de apoderamientos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
- Cuatro meses contados desde la fecha de publicación en el BOPV de esta convocatoria.
- Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución a la entidad interesada, se entenderá desestimada la solicitud de subvención.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Las Resoluciones del director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo ponen fin a la vía administrativa y, contra las mismas cabe interponer recurso potestativo de reposición ante director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación realizada mediante su publicación en la página web de Lanbide, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Alta o modificación de datos de tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas, la persona o entidad beneficiaria deberá constar en el Registro de Terceros de Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo.
Si la entidad no ha recibido pagos de Lanbide o quiere modificar los datos bancarios, deberá cumplimentar la ficha de datos de tercero que estará disponible en la página web de Lanbide.
En caso de que la persona no esté registrada o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro de terceros del Departamento de Economía y Hacienda, deberá hacerlo a través de la siguiente aplicación:
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas, la persona o entidad beneficiaria deberá constar en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda y del Gobierno Vasco.
Documentación inicio de actividad
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos se requerirá a la entidad interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su notificación, subsane la falta o defecto o acompañe los documentos preceptivos, en la Sede electrónica, a través de Mi Carpeta.
De no hacerlo, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada al efecto, en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo. |
