Ayudas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal por la impartición de cursos de euskera durante el curso 2026-2027

Descripción


Objeto

Concesión de ayudas económicas dirigidas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal por la impartición de cursos de euskera durante el curso 2026-2027.

Dotación presupuestaria

15.154.000 €

Prestación económica

1.– Las presentes bases tienen por objeto regular las condiciones de adjudicación y el procedimiento de tramitación de las subvenciones a conceder por impartir cursos de euskera durante el curso 2026-2027 por los euskaltegis públicos de titularidad municipal.

2.– Se imputarán con cargo a los fondos previstos al efecto en el presupuesto anual de HABE, incluido en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con una dotación económica total de 15.154.000 euros.

3.– Esta convocatoria contará con dos periodos de solicitud:

a) Para el primer periodo de solicitud de esta convocatoria, se prevé una dotación económica de 14.911.000 euros. El número máximo de unidades de actividad subvencionables será el establecido en el anexo II, y este límite no podrá superarse.

b) Para el segundo periodo de solicitud, se prevé una dotación económica de 243.000 euros. Esta cantidad está destinada a aquellos euskaltegis que durante el curso 2026-2027 superen el 103 % de la actividad prevista en el anexo II y cumplan con la ratio de grupo establecida. En el segundo periodo de solicitud únicamente podrán participar los euskaltegis que hayan resultado beneficiarios en la primera solicitud.

4.– Si el importe total de las solicitudes de unidades de actividad presentadas y admitidas en el segundo periodo de solicitud supera la dotación económica prevista en el apartado 3.b de la presente base, la dotación económica disponible se distribuirá proporcionalmente entre las entidades beneficiarias, de conformidad con los criterios establecidos en la convocatoria. Asimismo, si existiera remanente en el apartado 3.a de la presente base, podrá destinarse a financiar las necesidades del segundo periodo de solicitud.

5.– No obstante, teniendo en cuenta el importe total de las subvenciones solicitadas en el segundo periodo de solicitud, y antes de que se dicte la segunda resolución de concesión, la dotación económica prevista para dicho periodo podrá incrementarse hasta un 200 %. Esta modificación deberá aprobarse mediante resolución del director general de HABE y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Forma de pago:

La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de las condiciones de concesión de ayudas económicas por impartir cursos de euskera durante el curso 2026-2027 (entre octubre de 2026 y septiembre de 2027) por euskaltegis públicos de titularidad municipal, de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación:

a) Se calcularán las horas lectivas de los cursos de euskera por unidades de actividad. La unidad de actividad es la unidad de medida de referencia para el cálculo del importe de la subvención.

b) El módulo de ayuda por unidad de actividad del curso escolar será de 81 euros.

c) La equivalencia por unidad de actividad de los modelos de enseñanza es la siguiente:

  • Horas de grupo presencial (1 = 1,0 unidades de actividad),
  • Horas de tutoría de aprendizaje mixto (1 = 1,0 unidades de actividad),
  • Matrículas de autoaprendizaje (190 horas de 1 matrícula = 18,38 unidades de actividad), y las matrículas de menor duración se ajustarán proporcionalmente.

Las unidades de actividad que se admitirán a cada entidad beneficiaria como punto de partida de las subvenciones serán las aprobadas por HABE en todos los modelos de aprendizaje a iniciativa propia en el curso académico 2025-2026.

A quién va dirigido


Euskaltegis o centros de capacitación idiomática

Podrán acceder a las ayudas convocadas por las presentes bases las entidades que estén clasificadas como euskaltegis públicos en el Registro de HABE, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 2 de esta base y no se encuentren en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley Reguladora del Régimen de Subvenciones.

Requisitos:

  • De carácter general

  • Otros requisitos

Organismos


Organismo que convoca

  • HABE - Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos > Dirección de HABE

Organismo que resuelve

  • HABE - Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos > Dirección de HABE

Información de contacto


  • Dirección: Calle Vitoria-Gasteiz, 3 - 6º (20018 DONOSTIA)
  • Teléfono: 943 022600
  • Fax: 943 022601

Código

1046211

Solicitud y aportación de documentación


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Primera solicitud: Se notificará antes del 22 de diciembre de 2026. Segunda solicitud: Se notificará antes del 22 de diciembre de 2027.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


  • Las retribuciones brutas del personal de los euskaltegis se justificarán mediante certificación del interventor o interventora municipal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la LRRS.
  • Asimismo, en la primera justificación prevista y conforme al modelo de formulario disponible en la sede electrónica de nombre «Ingresos y Gastos», se presentarán detallados por capítulos y conceptos los ingresos y los gastos del euskaltegi en el año 2025.
  • Con la última justificación el euskaltegi presentará la Memoria del curso 2025-2026.
  • La ausencia de la presente justificación supondrá la invalidación automática de la ayuda total concedida, sin perjuicio de lo establecido por el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, en relación a la devolución de las cuantías abonadas.
  • Los plazos de entrega de dichos documentos son los siguientes:
    • El día 20 de febrero de 2026, para la justificación de los gastos referidos al período octubre a diciembre de 2025 y el documento sobre el presupuesto final detallado del euskaltegi del año 2025.
    • El día 16 de octubre de 2026, para la justificación de los gastos referidos al período enero a septiembre de 2026 y la Memoria del curso 2025-2026.

Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario "Ingresos y gastos" y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.

Otros trámites