Subvenciones movilidad: AT! ARTE PLASTIKO ETA IKUSIZKOAK (2024)

[AT_ARTES]

Descripción


Objeto

La organización y/o participación en exposiciones o actividades relacionadas con el arte contemporáneo (concursos, festivales, exposiciones, proyectos de residencia...) durante 2024, fuera del ámbito territorial del euskera.

A tal efecto, no se tendrán en consideración las programaciones anuales ni las que se consideran actividades ordinarias como exposiciones permanentes. Por lo tanto, sólo se tendrán en cuenta proyectos o iniciativas que se consideren extraordinarios.

Quedan excluidas las solicitudes relacionadas con la compraventa de obra, así como las relacionadas con participación en ferias internacionales de arte.

Quedan excluidas las solicitudes relacionadas con el ámbito académico o de estudios universitarios.

 

PROYECTOS DE RESIDENCIA

 

1.- Se considerarán proyectos de residencia tanto las estancias destinadas a la investigación artística como las destinadas a la materialización de un proyecto artístico.

El centro residencial deberá de ser un centro preparado a tal efecto, con información disponible on line sobre su programa de residencias artísticas.

La duración mínima de la residencia será de dos semanas.

No se admitirán proyectos de residencia del ámbito de la preparación universitaria, proyectos de fin de carrera y similares.

Aunque la duración de la residencia sea mayor, se subvencionará un máximo de 6 meses.

 

Dotación presupuestaria

75.000

Prestación económica

La dotación máxima para esta modalidad será de setenta y cinco mil (75.000) euros.

GASTOS SUBVENCIONABLES

1.- Los derivados de la participación en la actividad: desplazamiento, transporte de obras de arte, alojamiento y dietas.

2.- Cuantías de las ayudas:

a) Gastos máximos de alojamiento y comida por persona y día: en el Estado español, setenta y cinco (75) euros por alojamiento y cuarenta (40) euros por dieta. Fuera del Estado, ciento veinte (120) euros para alojamiento y sesenta (60) euros para dieta.

b) Se concederán las siguientes dietas: las dietas correspondientes a la acción artística y un día más de desplazamiento.

En el caso de las exposiciones de artes plásticas y visuales únicamente se admitirán dietas para los días de desplazamiento, montaje e inauguración. Se admitirán dietas de cuatro días como máximo.

c) Cuando se utilice automóvil, cero coma treinta y cinco (0,35) euros por km más autopista y párking. En caso de utilizar furgoneta, cero coma cuarenta y cinco (0,45) euros por km más autopista y párking. Para calcular el número de kilómetros, la persona física o

Se tomará como punto de partida el domicilio social del jurídico privado.

d) Factura de alquiler, combustible, autopista y párking cuando el vehículo sea arrendado.

e) Cuando se utilice avión, tren u otro tipo de transporte público, sólo se admitirá el billete de categoría ordinaria.

GASTOS NO SUBVENCIONABLES

- Nóminas de los artistas.

- Gastos amortizables.

- Gastos de asesores o acompañantes

- Gastos de montaje.

 

Forma de pago:

El pago de las subvenciones se realizará en dos pagos con arreglo al siguiente procedimiento:

• 50% en el plazo de un mes desde la aceptación de la subvención.
• 50% en el plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad y la justificación.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Entes públicos de derecho privado > Instituto Vasco Etxepare

Organismo que resuelve

  • Entes públicos de derecho privado > Instituto Vasco Etxepare

Información de contacto


Jokin Labayen Iraeta

j-labayeniraeta@etxepare.eus

Telefonoa: 943 023 402

Atención presencial:

    Andre zigarrogileen plaza z/g. 20.012 Donostia

    Jendaurreko arreta: 08:30-14:00 (aldez aurretik hitzordua eskatu behar da)

Atención telefónica:

    Arreta ordutegia: 10:00-14:00

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1032536

Solicitud


Actividades a realizar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. Plazo de presentación: desde el 25 de abril hasta el 30 de septiembre.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Dos meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Aceptación de la ayuda


Si, en el plazo de quince días contados a partir de la notificación de la Resolución, la persona beneficiaria no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que la ha aceptado.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Justificación de las ayudas recibidas


Los beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta resolución dispondrán de un mes de plazo desde que finalice la actividad subvencionada para presentar los documentos de la justificación, salvo en aquellos casos en los que la actividad haya finalizado antes de la publicación de esta convocatoria. En este caso, tendrán un mes a partir de la aceptación de la subvención.

Las personas jurídicas presentarán la justificación siempre por medio electrónico, excepto las de la Mancomunidad Única de Iparralde que podrán presentar sus justificantes también por canal presencial.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Otros trámites