LEHIATU Promoción 2026 - Ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la CAPV

[Lehiatu Promoción]

Descripción


Objeto

Promocionar en mercados exteriores a Euskadi, los productos agrarios, pesqueros y forestales, transformados y comercializados por la industria agraria y alimentaria ubicada en el ámbito territorial de la CAE.

Dotación presupuestaria

670.000 €

Prestación económica

El importe máximo de ayuda por persona beneficiaria queda establecido en 50.000 euros y el límite máximo de gasto subvencionable por actividad será de 10.000 euros.

En cualquier caso, se deberán respetar las cuantías máximas de ayuda establecidas en el régimen del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. En este régimen el importe máximo de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros en cualquier periodo de tres años. Igualmente se tendrá en cuenta el importe máximo recogido en el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura, que asciende a 40.000 euros en un período cualquiera de tres ejercicios fiscales.

A quién va dirigido


Personas que lleven a cabo alguna de las acciones:

- La participación como expositor o expositora en ferias o certámenes comerciales reconocidos como de carácter profesional e internacional celebrados fuera de la CAE, con el fin de desarrollar las actividades comerciales mediante la presentación de sus productos a través de la instalación de stands individuales o compartidos.

- La asistencia a ferias, consistentes en visitas realizadas por la persona o empresa solicitante a ferias reconocidas como de carácter profesional e internacional celebrados fuera de la CAE.

- Las misiones directas y la presentación de productos en mercados exteriores al Estado, consiste en una acción de presentación y/o degustación de los productos de la empresa solicitante, con el objetivo de incrementar las relaciones comerciales y la exportación de sus productos a ese mercado exterior.

- Misiones inversas, la invitación a personas compradoras o prescriptoras extranjeras para que visiten a las empresas en sus establecimientos productivos, realizadas exclusivamente en la CAE.

- Actividades puntuales y específicas de promoción en punto de venta exclusivamente en mercados exteriores al Estado llevadas a cabo a lo largo del año de la convocatoria, que consiste en publicitar y degustar el producto para obtener el reconocimiento de la persona consumidora.

- Catálogos, materiales audiovisuales, páginas web y publicidad en medios, consistentes en realizar materiales divulgativos sobre la imagen y los productos de la empresa, realizadas al menos en un idioma extranjero.

Las personas beneficiarias pertenecerán a los sectores agrario, alimentario, pesquero y forestal hasta la primera transformación, y deberán estar incluidas en alguno de estos grupos:

1. Personas físicas o jurídicas privadas que desarrollen su actividad principal en la Comunidad Autónoma de Euskadi, con personalidad jurídica propia: las empresas se clasificarán en microempresa, pequeña, mediana empresa y gran empresa.

2. Los Consejos Reguladores de la CAE.

3. Consorcios de exportación con sede social en la CAE, que reúnan los siguientes requisitos:

- Que tengan una personalidad jurídica propia e independiente de las empresas o entidades que lo integran.

- Que esté formado por, al menos, tres empresas o entidades.

- Que al menos los 2/3 de las empresas que forman el consorcio se encuentren inscritas en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la CAE.

Requisitos

  • Que los gastos subvencionables correspondan a establecimientos ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • Que la acción a realizar tenga una previsible repercusión positiva a corto o medio plazo en la actividad comercializadora de la empresa.
  • Que exista realmente mercado para sus productos en el destino donde se quiera hacer la promoción.
  • Para las personas beneficiarias clasificadas como empresas, haber presentado la declaración responsable de inicio de actividad o estar inscritas en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Además deberán reunir los siguientes requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Calidad y Promoción Alimentaria

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Calidad y Promoción Alimentaria

Información de contacto


Teléfonos: 945 01 96 84 | 945 01 96 82 | 945 01 63 20

E-mail: ayudaspromocion@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0082216

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta de terceros


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites