Subvención para la realización de actividades en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales en el año 2024, resolución del 19 de diciembre de 2023

[feprl_2023]

Descripción


Objeto

Convocar y regular las subvenciones a conceder por Osalan, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de acciones intersectoriales o sectoriales en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, dirigidas a empresas y personas trabajadoras que prestan servicios en centros de trabajo radicados en el País Vasco.

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones:

1.  Organizaciones a las que se refiere el art. 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

2.  Organizaciones empresariales y sindicales representativas en el ámbito sectorial y territorial correspondiente.

3.  Fundaciones, agrupaciones u otras entidades constituidas por las contempladas en el punto 1 y 2.

Dotación presupuestaria

560.359,33 €

Prestación económica

560.359,33€ del crédito presupuestario del ejercicio 2023.

Las acciones intersectoriales podrán ser subvencionadas con un máximo de hasta 100.000 € por proyecto y las acciones sectoriales hasta 50.000 € por proyecto.

La subvención podrá financiar hasta el 100% de los costes subvencionables de la actividad.

Forma de pago:

El pago se realizará de la siguiente forma:

a) Primer pago: anticipo del 50%, una vez dictada la resolución recogida en el artículo 13.2.

b) Segundo pago: 50% restante. Se abonará una vez concluidas las actividades previstas, previa presentación de la documentación justificativa en el plazo de 15 días tras finalizar la acción solicitada (siempre antes del 1 de diciembre de 2024).

A quién va dirigido


Asociaciones empresariales y sindicales

Requisitos

  • Las entidades beneficiarias deberán estar durante la vigencia de la subvención al corriente o exentos de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Declaración a presentar antes de recibir el pago, relacionada con la Ley de Igualdad entre mujeres y hombres:

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Haber adoptado la entidad solicitante una modalidad preventiva de entre las recogidas por el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y haber realizado la evaluación de riesgos o estar la misma en curso de realización.
  • Acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente

  • Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada para acreditar suficiente poder de representación. Si se identifica con el certificado electrónico de la entidad solicitante, no es necesario entregar dicho documento.
  • Descripción de la actividad solicitada según el modelo del Anexo I.
  • Presupuesto económico de la actividad solicitada, según modelo del Anexo II.

Organismos


Organismo que convoca

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Organismo que resuelve

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Información de contacto


Datos de contacto

OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

Teléfono: 944032190

 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0048508

Solicitud y aportación de documentación


A la solicitud debe acompañar la siguiente documentación:

– Copia auténtica de la escritura fundacional y estatutos de la entidad o, en su caso, certificado del registro oficial.

– Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada para acreditar suficiente poder de representación. Si se identifica con un certificado electrónico de la entidad solicitante, no es necesario entregar dicho documento.

– Descripción de la actividad solicitada según el modelo (Anexo I). 

– Presupuesto económico de la actividad solicitada según modelo (Anexo II).

Las actividades subvencionables habrán de desarrollarse entre el día siguiente al de publicación de la resolución en el BOPV y el 30 de noviembre de 2004.

En el Anexo III se recoge un listado orientativo de posibles actividades subvencionables para cada tipo de acción (de información, de asistencia técnica, de formación o de promoción del cumplimiento de la normativa sobre PRL).

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

2 mes desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación y seguimiento


Seguimiento

El personal de Osalan realizará las actuaciones de seguimiento periódico necesario para garantizar el cumplimiento de lo establecido. Las entidades beneficiarias quedarán obligadas a facilitar la información requerida.

Justificación

Una vez recibida la documentación y comprobada ésta, se realizará un informe técnico por parte del personal de Osalan, en el que se indique si las actuaciones llevadas a cabo por la empresa coinciden con las valoradas previamente. Posteriormente, se procederá a realizar el pago, emitiendo una comunicación e indicando el importe finalmente admitido.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites