Subvenciones, durante el ejercicio 2026, a municipios de menos de 30.000 habitantes, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinadas a la prestación de asistencia técnica especializada en políticas de igualdad de mujeres y hombres, incluidas las relativas a la violencia machista contra las mujeres, para la aplicación del marco normativo y la actuación pública en este ámbito.

[UDA 2026]

Descripción


Objeto

Artículo 1.– Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto aprobar y convocar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por parte de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a los municipios, cuadrillas, mancomunidades y agrupaciones de municipios a que se refiere el artículo 5.k) de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes al año 2026, destinadas a la contratación de asistencia técnica especializada en políticas de igualdad de mujeres y hombres, incluidas las relativas a la violencia machista contra las mujeres, para la aplicación del marco normativo
y de la actuación pública en este ámbito.

La convocatoria se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.

Las condiciones de la subvención se establecen en los artículos siguientes, dentro de los límites fijados por los créditos consignados en el capítulo IV del presupuesto.

Dotación presupuestaria

375.000

Organismos


Organismo que convoca

  • Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer / Dirección de EMAKUNDE > Secretaría General de EMAKUNDE

Organismo que resuelve

  • Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer / Dirección de EMAKUNDE > Secretaría General de EMAKUNDE

Información de contacto


Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Manuel Iradier, 36
01005 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Tfno. 945 01 67 00
emakunde@euskadi.eus
http://www.emakunde.euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0038512

Solicitud y aportación de documentación


• Del 1 al 30 de octubre de 2026.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurrido este plazo no hubiera sido notificada a la entidad interesada Resolución alguna, podrá entenderse desestimada la petición de subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Otros trámites