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Normativa

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RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2014, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convoca el Programa Gaztemundu en su edición de 2014.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Lehendakaritza
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 81
  • Nº orden: 1962
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 23/04/2014
  • Fecha de publicación: 02/05/2014

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Institucional

Texto legal

El Decreto 316/2003, de 23 de diciembre (BOPV n.º 8, de 14 de enero de 2004), regula el Programa Gaztemundu, que consiste en una estancia en Euskadi, como forma de acercamiento a su realidad actual, financiada por la Administración General de la Comunidad Autónoma. Durante dicha estancia, las personas beneficiarias deberán participar en las jornadas de trabajo, los foros de debate y en las visitas culturales, institucionales y turísticas que se organicen.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del citado Decreto, procede convocar las ayudas para el ejercicio 2014.

Atendiendo a lo establecido en el artículo 13.5 del Decreto 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior realizar la convocatoria de las subvenciones que correspondan, por razón de la materia, a su área competencial, correspondiendo la resolución de las mismas a las personas titulares de las Direcciones competentes por razón de la materia.

Por lo tanto,

Convocar, con un importe de 80.000 euros, el Programa Gaztemundu de estancia en Euskadi para jóvenes de Centros Vascos, en su edición de 2014, con arreglo a las bases que se aprueban y figuran en el anexo único.

En lo no previsto en la presente Resolución y en el Decreto 316/2003, de 23 de diciembre, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de abril de 2014.

La Secretaria General de Acción Exterior,

MARÍA ÁNGELES ELORZA ZUBIRÍA.

Las presentes bases tienen por objeto convocar el Programa Gaztemundu consistente en una estancia en Euskadi entre el 5 y el 20 de julio de 2014, para jóvenes que cumplan los requisitos establecidos en el artículo siguiente. El tema formativo para esta edición serán las danzas vascas tradicionales.

El número máximo de estancias ofertadas en esta edición es de 25.

  1. Tener a fecha 1 de enero de 2014, al menos, 18 años.

  2. Tener la residencia en el exterior del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

  3. Ser socio o socia, con una antigüedad de al menos tres años en el momento de la publicación de la convocatoria, en alguno de los Centros Vascos-Euskal Etxeak oficialmente reconocidos e inscritos en el Registro de Centros Vascos.

  4. Acreditar documentalmente la condición de enseñante o responsable, en activo, de un grupo de danzas vascas tradicionales de un Centro Vasco-Euskal Etxea.

  5. No haber sido beneficiario o beneficiaria de una estancia en el Programa Gaztemundu desde su regulación en 2003.

El importe destinado a estas ayudas para el año 2014, asciende a un total de 80.000 euros, procedente del correspondiente crédito presupuestario establecido al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2014.

  1. Entre las solicitudes presentadas, la Comisión de Evaluación procederá a la valoración de las mismas, con arreglo a los siguientes criterios:

    1. Valoración de la grabación en vídeo (hasta 60 puntos).

    2. Grado de participación de la persona solicitante en la vida social del Centro Vasco-Euskal Etxea al que pertenece (hasta 20 puntos).

    3. Conocimiento de euskera (hasta 10 puntos).

    4. No haber visitado el País Vasco (hasta 10 puntos).

      Criterio A: «Valoración de la grabación en vídeo». Se valora:

      El conocimiento de la danza elegida (hasta 20 puntos).

      Su capacidad de interpretar dicha danza y de explicar su significado (hasta 20 puntos).

      Su conocimiento a nivel pedagógico a la hora de enseñar su ejecución (hasta 20 puntos).

      La valoración la realizarán profesores especialistas en danzas vascas tradicionales (hasta una máximo de 60 puntos).

      Criterio B: «Grado de participación de la persona solicitante en la vida social del Centro Vasco-Euskal Etxea al que pertenece». Se valora el grado de participación en la vida social del centro (hasta un máximo de 20 puntos).

      Criterio C: «Conocimiento de euskera». Se conceden 2 puntos al conocimiento de grado básico, 5 al conocimiento de grado medio y 10 al conocimiento de grado alto.

      Criterio D: «No haber visitado el País Vasco». Se puntúa con 10 puntos a quienes nunca han visitado el País Vasco.

  2. Para ser admitidas en el procedimiento de selección las solicitudes deberán obtener al menos 50 puntos.

  1. Las solicitudes deberán dirigirse a la siguiente dirección postal:

    Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior

    Secretaría General de Acción Exterior

    Lehendakaritza-Gobierno Vasco

    c/ Navarra, 2

    01007 Vitoria-Gasteiz.

    Los impresos para la formalización de las solicitudes según el modelo que se adjunta a las presentes bases, se encontrarán a disposición de las personas interesadas en la página web www.euskadi.net

  2. Junto a la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:

    1. Copia del pasaporte o carnet de identidad donde se acredite la edad y el lugar de residencia.

    2. Certificaciones del Centro Vasco-Euskal Etxea que acrediten:

      La condición de socio o socia con una antigüedad de al menos tres años en el momento de la publicación de la convocatoria en alguno de los Centros Vascos-Euskal Etxeak oficialmente reconocidos.

      El compromiso del Centro Vasco-Euskal Etxea de reintegrar los gastos que se generen por parte de la persona adjudicataria en caso de incumplimiento de sus obligaciones.

      El grado de participación de la persona en la vida social del solicitante.

    3. Grabación de un video de duración mínima de tres minutos de buena calidad donde se muestre al o a la aspirante impartiendo una clase de danza vasca tradicional.

    4. Documentación acreditativa del conocimiento del euskera.

  3. La solicitud deberá ser firmada por la persona solicitante.

  1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos exigidos en el Decreto 316/2003, de 23 de diciembre, podrán presentar las candidaturas por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

La Comisión de Evaluación, prevista en el artículo 11 del Decreto 316/2003, de 23 de diciembre, estará conformada por las siguientes personas:

Dña. María Angeles Elorza Zubiría, Secretaria General de Acción Exterior, Presidenta de la Comisión.

D. Asier Vallejo Itsaso, Director para la Comunidad Vasca en el Exterior, vocal.

D. José Manuel Meaurio Antón, técnico de Lehendakaritza, vocal.

Dña. Maribel Etxabarria Pérez, funcionaria de la Secretaría General de Acción Exterior.

D. Benan Oregi Iñurrieta, técnico de Lehendakaritza, vocal, que ejercerá además las funciones de secretario de la Comisión.

El Director para la Comunidad Vasca en el Exterior, a la vista de la propuesta efectuada por la Comisión de Evaluación, resolverá la convocatoria del Programa Gaztemundu.

(Véase el .PDF)

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