Normativa

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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2023, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se conceden y deniegan ayudas solicitadas en el ejercicio 2023 al amparo de la Orden de 18 de julio de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el año 2023, ayudas acogidas al régimen de minimis del programa de promoción de la calidad gastronómica, «Gastrobikain».

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 15
  • Nº orden: 291
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 21/12/2023
  • Fecha de publicación: 19/01/2024

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa; Economía y Hacienda; Sanidad y consumo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Economía

Texto legal

Vistas las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Orden de 18 de julio de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el año 2023, ayudas acogidas al régimen de minimis del programa de promoción de la calidad gastronómica, «Gastrobikain», así como la documentación junto con ellas aportadas.

Considerando la propuesta de resolución elaborada por la Comisión de Valoración, constituida en aplicación de la Base 11.3 de la Orden de convocatoria, y nombrada mediante Resolución de 24 de octubre de 2023, del Director de Calidad e Industria Alimentaria.

Considerando que, para la elaboración de la propuesta de resolución llevada a cabo por la Comisión de Valoración, se han tenido en cuenta los criterios de valoración y selección establecidos en la Orden de 18 de julio de 2023 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto

El plazo de ejecución del gasto será los ejercicios presupuestarios 2023 y 2024. El abono de la subvención se realizará de acuerdo con las inversiones presentadas por la empresa, y con lo establecido por Orden de 18 de julio de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

La no realización de la inversión dentro del plazo establecido, o la falta de presentación en plazo de la documentación acreditativa de la realización de la misma, supondrá la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, en su caso, la iniciación del procedimiento de reintegro previsto en la Base 21 de la Orden de convocatoria.

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