Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER)

Descripción


El Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, busca conseguir un aporte sostenible de nutrientes en la agricultura, previendo un marco de acción que permita mantener o aumentar la productividad de los suelos agrarios, a la vez que se disminuye el impacto ambiental y climático de la aplicación en dichos suelos de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica. En este último punto, se consideró fundamental contar con un instrumento censal que facilite la realización de estadísticas, la planificación y ejecución de los controles oficiales por las comunidades autónomas y de otras políticas agrarias.

El artículo 18 de dicho Real Decreto crea el Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER), en el que deberán inscribirse todos los operadores que pongan estos productos a disposición de la persona agricultora. Igualmente obliga a desarrollar por orden ministerial su estructura y funcionamiento y el modo de operar, que se materializa en la Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre. Así mismo, la disposición final octava del citado Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para aprobarla.

En respuesta a esta legislación, a partir del 1 de julio de 2026, deberán estar inscritos en la correspondiente sección del Registro todos los agentes económicos que realicen alguna de las siguientes actividades, de modo que sea requisito necesario para operar en su respectivo ámbito:

a) Fabricar un producto fertilizante, o mandar diseñar o fabricar un producto fertilizante para comercializarlo con nombre o marca propios

b) Introducir en el mercado un producto fertilizante de un tercer país ajeno a la Unión Europea

c) Poner en el mercado español un producto fertilizante sin ser fabricante o importador

d) Realizar asesoramiento en materias de fertilización

e) Prestar servicios de aplicación de productos fertilizantes

f) Realizar otras actividades relacionadas con el sector de la fertilización no incluídas anteriormente

Cada agente económico tendrá un número único de registro para todo el territorio estatal, dado por la autoridad competente de la comunidad autónoma donde radique su sede social, independientemente de que opere en distintas comunidades autónomas.

A quién va dirigido


A todos los agentes económicos que realicen alguna de las siguientes actividades (personas físicas o jurídicas, afectadas por la obligación establecida en el artículo 18.6 del Real Decreto 1051/2022):

  • Persona productora o fabricante de productos fertilizantes

Toda persona física o jurídica que fabrica un producto fertilizante en España de acuerdo con el Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, o el Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo o que manda diseñar o fabricar un producto fertilizante, conforme a la mencionada normativa y lo comercializa con su nombre y marca. Se considera fabricante cualquier persona que adquiere un producto a granel y lo envasa, o que modifique el envase o etiqueta de un producto fertilizante ya envasado, siempre que las instalaciones donde lo haga estén localizadas en España.

Sin embargo, un fabricante de productos fertilizantes, instalado en territorio de la Unión Europea, pero que no tuviera plantas de elaboración en España, se inscribirá en la sección de distribuidor.

  •  Personas importadora

Toda persona física o jurídica, establecida en España, que introduce en el mercado de la Unión un producto fertilizante de acuerdo con el Reglamento 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, o el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio.

  •  Persona distribuidora

Toda persona física o jurídica de la cadena de suministro, distinta del fabricante o el importador, que comercializa un producto fertilizante destinado a uso profesional en la agricultura. También se consideran distribuidores los operadores económicos que comercializan en el mercado español productos fertilizantes conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, así como aquellos que únicamente exportan productos fertilizantes.

Subsección cooperativas: una cooperativa que adquiere productos fertilizantes para distribuirlos entre los cooperativistas se considerará, aunque previamente haya realizado una mezcla de estos y se incluirán en una subsección específica.
Las cooperativas deberán registrarse como Fabricantes si elaboran productos fertilizantes (ej. Compost de las explotaciones agropecuarias) y como Importadores si importan productos fertilizantes de fuera de la EU.

  •  Empresa de servicios de fertilización

Cualquier persona física o jurídica que presta servicios de aplicación de productos fertilizantes, a terceros o a los propios socios de la entidad.

  •  Personal asesor en fertilización

Cualquier persona física que haya adquirido unos conocimientos adecuados y asesore sobre el abonado y el uso sostenible de los diferentes productos y materiales incluidos en el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, a título profesional, incluidos los servicios autónomos privados y de asesoramiento públicos y esté en posesión de la titulación necesaria, acreditada mediante el título o, en su caso, los certificados justificativos de haber adquirido la formación que figura en el anexo XI de dicha norma. Una persona asesora debe estar radicada en España.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Agricultura y Ganadería

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Agricultura y Ganadería

Información de contacto


Datos de contacto

Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Dirección de Agricultura y Ganadería - Servicio Agrícola

E-mail: sspv@euskadi.eus

Teléfono: 945 17 09 39

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Alta REGFER: 1268401
  • Modificación REGFER: 1268402
  • Baja REGFER: 1268403
  • Declaración anual producción y ventas: 1268404

Solicitud de alta


La información mínima que debe aportar el operador de productos fertilizantes para su registro se detallan en los modelos de declaración jurada disponibles en el apartado "DOCUMENTACIÓN" y son los detallados en la parte A del Anexo X del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre.

  • Renovación de la inscripción: Cada tres años, las personas fabricantes y agentes económicos deben comunicar la continuidad de las actividades inscritas, para seguir inscrito en el REGFER. Dicha obligación surge cada tres años desde la fecha de la inscripción. En caso de no comunicarlo, se entenderá tácitamente que sus actividades inscritas continúan, tal y como se detalla en el punto 4 del artículo 8 de la Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre.
  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
  1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Solicitud de modificación


En el caso de que se produzca cualquier modificación respecto de los datos que figuran en la declaración responsable, incluido un cambio en la titularidad que afecte a las actividades, establecimientos y medios o a una parte de estos, el operador interesado debe solicitar la modificación de la inscripción que deberá indicar la información o documentación que debe actualizarse.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
  1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Solicitud de baja


Se deberá comunicar la baja para hacerla efectiva en el registro.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
  1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Declaración anual


Con el fin de dar cumplimiento a los cometidos del Sistema Español de Inventario y Proyecciones de Emisiones a la Atmósfera, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 10 del Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, así como al Plan Estadístico Nacional, con periodicidad anual, los agentes económicos (fabricantes, importadores, distribuidores) deberán remitir a los órganos o entes competentes de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla la información mínima que figura en la parte C del anexo X del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre.

Los asesores de fertilización y las empresas de servicios de fertilización que no comercialicen producto fertilizante están exentos de remitir esta información.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
  1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.