Adhesión de empresas al arbitraje de consumo

Descripción


Las empresas, los establecimientos comerciales y las personas profesionales pueden adherirse al Sistema Arbitral de Consumo. De esta forma, se comprometen a que los conflictos que puedan surgir con las personas consumidoras o usuarias se resuelvan a tráves del arbitraje de consumo.

En principio, y salvo indicación en contrario, la adhesión supone aceptar que:

  • El arbitraje será resuelto en equidad.
  • Podrá intentarse una mediación previa al arbitraje.
  • La adhesión tiene carácter indefinido, salvo denuncia.

Compromiso de adhesión al arbitraje de consumo

Las empresas, los establecimientos comerciales y las personas profesionales pueden solicitar su adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, es decir, darse de alta mediante la cumplimientación del compromiso de adhesión.

  • La solicitud debe realizarla quien ostente la representación legal.
  • En principio, la adhesión es única y se entiende para todo el Sistema Arbitral de Consumo.

Presentada la solicitud, la Junta Arbitral de Consumo emite una resolución de aceptación y le envía una pegatina a la empresa con el distintivo oficial. La entidad puede utilizar este logo en su web y en sus comunicaciones comerciales.

A quién va dirigido


Empresas, establecimientos comerciales y profesionales, en relación a los conflictos que puedan tener con las personas consumidoras o usuarias.

Organismos


Organismo que gestiona

Junta Arbitral de Consumo del País Vasco

Las juntas arbitrales de consumo son los órganos administrativos de gestión del arbitraje. Su principal función es dirigir el procedimiento para que el Sistema Arbitral de Consumo funcione correctamente.

Están integradas por un presidente o presidenta y un secretario o secretaria -cargos designados por la Administración de la que dependa la junta- y por el personal de apoyo adscrito a dicho órgano.

La Junta Arbitral de Consumo de Euskadi se creó en 1994 mediante acuerdo suscrito con el Instituto Nacional del Consumo. Actualmente, está adscrita a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.

Organismo que resuelve

Junta Arbitral de Consumo del País Vasco

Las juntas arbitrales de consumo son los órganos administrativos de gestión del arbitraje. Su principal función es dirigir el procedimiento para que el Sistema Arbitral de Consumo funcione correctamente.

Están integradas por un presidente o presidenta y un secretario o secretaria -cargos designados por la Administración de la que dependa la junta- y por el personal de apoyo adscrito a dicho órgano.

La Junta Arbitral de Consumo de Euskadi se creó en 1994 mediante acuerdo suscrito con el Instituto Nacional del Consumo. Actualmente, está adscrita a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.

Información de contacto


Datos de contacto

Junta Arbitral de Consumo de Euskadi

Código(s)

  • Compromiso de adhesión al arbitraje de consumo: 0154101
  • Modificación de datos de empresas adheridas: 0154102
  • Baja en el arbitraje de consumo: 0154103

Solicitud de adhesión al arbitraje


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Compromiso de adhesión al arbitraje

Solicitud de modificación de datos


Si tramitaste la adhesión al arbitraje de consumo y quieres comunicar la modificación de algún dato, tienes dos opciones:

  • Si has cambiado el Número de Identificación Fiscal (NIF), la razón social o el domicilio de la actividad,  deberás tramitar una baja y una nueva alta. Esta informaicón no se considera una modificación.
  • Si has modificado otros datos, como el teléfono, la dirección de tu web, el correo electrónico, el nombre del representante legal o cuestiones similares, puedes remitir un escrito de modificación con los nuevos datos.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Solicitud de baja del arbitraje


Para darte de baja del Sistema Arbitral de Consumo debes:

  • Presentar por escrito la solicitud de baja.
  • Indicar el motivo.

La baja se produce de forma automática un mes después de la entrada de la solicitud, sin necesidad de dictar resolución. Durante ese periodo, se mantiene la adhesión al arbitraje de consumo.

Si has cerrado tu empresa o ya no ejerces una actividad, debes solicitar la baja en el Sistema Arbitral de Consumo. En este caso, la baja es automática, sin un mes de carencia.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.