Productor y poseedor de residuos
- ¿Quién es productor o poseedor de residuos?
- Tratamiento adecuado y responsabilidad
- Identificación y clasificación
- Almacenamiento
- Etiquetado de envases con residuos peligrosos
- Documentación y trazabilidad
- Plan de minimización
- Seguro o garantía financiera
Productor
Persona o entidad que genera residuos como parte de su actividad, o que modifica o mezcla residuos existentes.
Obligaciones clave:
- Garantizar el tratamiento adecuado (selección de gestor, contrato y verificación del tratamiento completo).
- Separación en origen y clasificación/etiquetado correctos.
- Trazabilidad documental (DI, contratos, certificados) y conservación en archivo.
- Archivo cronológico: obligatorio si genera >10 t/año de residuos no peligrosos o cualquier cantidad de peligrosos.
- Plan de minimización para residuos peligrosos (periodicidad cuatrienal).
- Garantías/seguro cuando proceda.
Poseedor
Persona o entidad que tiene residuos en su poder, aunque no los haya generado.
Obligaciones clave:
- Garantizar el tratamiento adecuado mediante la entrega a gestor autorizado y evitando prácticas que impidan la valorización (p. ej., mezclas indebidas).
- Custodia segura y condiciones adecuadas de almacenamiento mientras el residuo esté en su poder.
- Separación en origen y cumplimiento de ordenanzas municipales (domésticos y comerciales no peligrosos).
- Acreditación fehaciente de la entrega (documentación que identifique al productor, poseedor, tipo/cantidad y gestor de destino).
El productor o poseedor debe asegurarse de que sus residuos se gestionan correctamente. Puede hacerlo de tres formas:
- Tratarlos personalmente, si tiene autorización.
- Encargarlos a un gestor autorizado o negociante registrado.
- Entregarlos a una entidad pública o privada registrada, incluida la economía social.
Estas acciones deben quedar documentadas.
La responsabilidad termina cuando se acredita el tratamiento completo mediante:
- Documentos de traslado.
- Certificado o declaración responsable de la instalación final (si aplica).
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Identificación previa: Antes de entregar los residuos, deben ser identificados correctamente. En el caso de residuos peligrosos, se deben determinar sus características de peligrosidad.
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Separación en origen: Los residuos domésticos deben separarse en origen y entregarse según lo establecido por las entidades locales.
- Los residuos deben almacenarse en zonas seguras y señalizadas.
- Los residuos peligrosos deben estar protegidos de la intemperie y contar con sistemas para evitar derrames.
- Prohibición de mezcla:
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No mezclar residuos no peligrosos si eso dificulta su valorización
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No mezclar ni diluir los residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales.
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- Plazos máximos de almacenamiento:
- No peligrosos: hasta 2 años si se van a reutilizar, 1 año si se van a eliminar.
- Peligrosos: hasta 6 meses (ampliable otros 6 en casos justificados).
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Los envases que contengan residuos peligrosos deben llevar una etiqueta clara, visible, legible y permanente, al menos en español.
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La etiqueta debe incluir:
- El código y descripción del residuo.
- El código y descripción de sus características de peligrosidad.
- Datos del productor o poseedor: nombre, NIMA, dirección postal y electrónica, y teléfono.
- La fecha de inicio del depósito del residuo.
- Los pictogramas de peligrosidad según el Reglamento 1272/2008
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La etiqueta debe estar firmemente adherida al envase. Si hay etiquetas anteriores, deben anularse para evitar confusiones sobre el contenido.
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El tamaño mínimo de la etiqueta debe ser de 10 × 10 cm.
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Archivo cronológico: Obligatorio para productores de más de 10 toneladas/año de residuos no peligrosos. Debe incluir datos sobre producción, gestión, destino y frecuencia.
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Memoria anual: los productores de residuos peligrosos, enviarán una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico
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Los productores de residuos peligrosos deben tener un plan para reducir la cantidad y peligrosidad de los residuos que generan.
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Este plan debe estar disponible para las autoridades competentes.
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Cada cuatro años, el productor debe informar de los resultados a la comunidad autónoma donde se encuentra el centro productor.
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No están obligados a tener este plan:
- Productores que generen menos de 10 toneladas al año por centro.
- Empresas de instalación y mantenimiento.
- Productores con certificación EMAS u otro sistema equivalente, siempre que incluyan medidas de minimización en su declaración ambiental validada.
Si se generan más de 10 toneladas al año de residuos peligrosos, el productor debe tener un seguro o garantía financiera que cubra posibles daños.
Fecha de última modificación: