Premios Elkarlan de proyectos de cogeneración de valor público. Convocatoria 2019

[ELKARLAN]

Descripción


Objeto

Conceder dos premios a sendos proyectos que, incidiendo en los ámbitos de actuación de la salud, el medio ambiente, el desarrollo económico, el aprendizaje – cultura, la cohesión social y gobernanza - cultura democrática - participación en las decisiones públicas promuevan la generación de valor público compartido para la satisfacción de necesidades y retos sociales y que sean capaces de activar procesos de empoderamiento de personas y colectivos en sus fases de diseño e implementación de los mismos.

Se pretende que el premio contribuya no solo al reconocimiento del proyecto innovador de cogeneración de valor público y sus promotores, sino también a la transferencia de esas fórmulas distintas de favorecer la participación a otros agentes, de forma que se vaya consolidando en Euskadi una red de aprendizaje y colaboración en la cogeneración de valor público. Este enfoque proviene del compromiso 3 establecido en el Plan de acción OGP Euskadi 2018-2020.

Dotación presupuestaria

18.000 (euro)

Prestación en forma de servicios

Además de la prestación económica, los dos proyectos mejor valorados se beneficiarán de:

  • Asesoramiento externo durante el proceso de transferencia a otros agentes para su aplicación en otros ámbitos o espacios territoriales.

  • Difusión del proyecto premiado en los medios de información y comunicación.

Prestación económica

Se concederá un premio de 6.000 euros brutos a cada uno de los dos proyectos mejor valorados, más 3.000 euros para su aplicación al proceso de transferencia de las buenas prácticas.

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos:

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones / Fundaciones / Cooperativas / ... de la CAPV.

  • Tener suficiente poder de representación

  • Tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Requisitos

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

  • No estar sancionada, administrativa o penalmente, con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas, ni incursas en alguna prohibición legal que las inhabilite para ello.

  • No encontrarse cumpliendo sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni estar sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No podrán obtener la condición de beneficiaria del premio aquellas personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobernanza Pública y Autogobierno / Viceconsejería de Relaciones Institucionales > Dirección de Atención a la Ciudadanía e Innovación y Mejora de la Administración

Organismo que resuelve

  • Gobernanza Pública y Autogobierno / Viceconsejería de Relaciones Institucionales > Dirección de Atención a la Ciudadanía e Innovación y Mejora de la Administración

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1027605

Solicitud y aportación de documentación


Las entidades candidatas a los premios, podrán presentar cuantos proyectos consideren oportunos en solicitudes diferenciadas, no obstante lo cual optarán a un único premio.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo para resolver y publicar la resolución de la convocatoria será con anterioridad al 16 de diciembre de 2019. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se entenderá que la convocatoria ha sido declarada desierta.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Aceptación del premio


Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

Las organizaciones premiadas deberán manifestar por escrito y expresamente la aceptación del mismo en el plazo de 3 días naturales desde la publicación de la resolución de concesión.

De no producirse la aceptación del premio en los términos del párrafo anterior, se entenderá que se renuncia al mismo, en cuyo caso el premio se concederá al candidato que haya presentado el siguiente proyecto mejor valorado.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites