Lehendakaritza

2.- III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo 2014-2017

IDENTIFICACIÓN

Objetivos

El III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo, de temporalidad cuatrienal, nace del mandato previsto en el artículo 17 de la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo, para la ejecución de sus propios contenidos. Esta intervención pública es el reflejo del compromiso que la sociedad y las instituciones vascas asumen en orden a promover a escala local y global el desarrollo humano y sostenible de los pueblos, en especial la erradicación de la pobreza, el cumplimiento efectivo de los derechos humanos y unas relaciones internacionales basadas en la justicia. El objetivo general del Plan es avanzar en la consolidación y mejora de la calidad de la política de cooperación para  lograr  un  mayor  impacto  en  la  transformación  social,  la  erradicación  de  la  pobreza estructural y el desarrollo humano sostenible.

Departamento

Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza

Compromiso temporal

El plazo previsto para el alcance de los objetivos del Plan es de cuatro años debiendo culminarse en 2017. La temporalización secuenciada de la consecución de los objetivos y de las acciones que han de implementarse para su alcance viene específicamente determinada en la Matriz de Planificación y Seguimiento que se anexa al Plan.

Actividades a desarrollar y medios

Los ejes estratégicos que serán objeto de desarrollo para la consecución del objetivo general del Plan son los siguientes: 1. Repensar y actualizar el modelo de cooperación vasca; 2. Promover una cultura de evaluación; 3. Fortalecer las capacidades de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo para el diseño y gestión de la política de cooperación para el desarrollo y 4. Contar con una política de cooperación más coherente, coordinada y participada. Los objetivos operativos de cada uno de los ejes estratégicos son los siguientes:

Eje estratégico 1: a) Disponer de un mapa de la cooperación vasca; b) Definir, de manera consensuada, los rasgos  específicos  de  la  cooperación  pública vasca,  roles  de  cada  uno  de  los  agentes  y  formas  y espacios   más   relevantes   de   actuación   para   su contribución al desarrollo humano sostenible; c) Elaborar estrategias  específicas, a  partir  del mapeo y de las conclusiones que se alcancen en relación con los objetivos anteriores; d) Disponer de propuestas renovadas de los instrumentos de cooperación; e) Fortalecer las capacidades,  habilidades  y  competencias  de los agentes vascos de cooperación.

Eje estratégico 2: a) Diseñar, aprobar e implementar un Plan de Evaluación; b) Evaluar los instrumentos de cooperación; c) Evaluar la política vasca de cooperación para el desarrollo y d) Rendir cuentas  y mejorar la gestión del conocimiento y aprendizaje.

Eje estratégico 3: a) Alcanzar una modernización  administrativa  que  permita  una gestión  más  eficiente  y  eficaz  y  un  acompañamiento de calidad a las iniciativas apoyadas; b) Fortalecer las capacidades  humanas  y  técnicas  del  personal de la AVCD; c) Mejorar los procesos de planificación y rendición de cuentas y d)  Incorporar la transversal de género en la AVCD.

Eje estratégico 4: a) Conseguir que las políticas del Gobierno Vasco sean más coherentes con los objetivos de desarrollo; b) Actuar de manera coordinada, en programación, seguimiento y evaluación, con otras instituciones públicas vascas en el seno de la Comisión Interinstitucional de Cooperación para el Desarrollo; c) Activar estructuras de trabajo conjunto y diálogo, que permitan la participación adecuada y coordinación de agentes en el seno del Consejo Vasco de Cooperación para el Desarrollo y d) Suscribir alianzas a nivel estatal, europeo e internacional para la puesta en marcha de iniciativas estratégicas.

EVALUACIÓN

Órganos de gestión del plan

Dirección y Servicios técnicos de la Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo

Órganos de seguimiento y evaluación

  1. Parlamento Vasco. Recibe anualmente información sobre el grado de cumplimiento del Plan y del nivel de ejecución de las previsiones contenidas en él.
  2. Gobierno Vasco. Realiza evaluaciones periódicas de los planes e instrumentos de cooperación para el desarrollo, en orden a determinar el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos para los mismos, así como orientar la formulación de posteriores iniciativas, y en particular de los sucesivos planes cuatrienales y anuales.
  3. Departamento de Lehendakaritza. Le corresponde la evaluación de los diferentes planes, así como de las actuaciones financiadas con fondos públicos. Asimismo la de los diferentes programas e iniciativas de cooperación para el desarrollo, en el marco de lo establecido por la ley de Cooperación para el Desarrollo y por los planes plurianuales y anuales que en cada momento resulten vigentes.
  4. Consejo Vasco de Cooperación para el Desarrollo. Emisión de informe previo y preceptivo de las evaluaciones de los planes.
  5. Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Realiza evaluaciones anuales de la política pública de cooperación y de su impacto, así como de sus acciones e instrumentos.
  6. Agentes Vascos de Cooperación para el Desarrollo.

Fórmulas de seguimiento y evaluación

Según refiere el propio Plan, su seguimiento y evaluación se llevará a cabo en cumplimiento de los siguientes compromisos y a través de las siguientes acciones:

a)     El plan dispone, como anexo, una matriz de planificación y seguimiento en la que se identifican líneas estratégicas, objetivos, acciones e indicadores, así como la temporalización del alcance de sus resultados.

b)     Los  objetivos  y  resultados  previstos  en  el Plan  se  concretarán  cada año  en  planes  anuales,  que  incluirán, además,  las  líneas  de  actuación  necesarias  para  el ejercicio  de  la  actividad  ordinaria  de  la  Agencia.  Así,  la  memoria  anual  informará  sobre  el cumplimiento  del  plan  anual  y  su  contribución  al  logro  de  los  indicadores  y  resultados  del plan. Los  mecanismos  para  este  proceso  se  articularán  en  el  marco  del  Consejo  Rector  de  la Agencia  Vasca  de  Cooperación  para  el  Desarrollo,  que  establecerá  en  su  calendario  las sesiones necesarias tanto para la aprobación de la planificación como para el seguimiento y evaluación  de  la  misma.  Los  agentes  vascos,  por  su  parte,  participarán  en  el  proceso  de planificación anual y en el seguimiento a través del Consejo Vasco de Cooperación para el Desarrollo.

c)     Sin perjuicio de lo anterior, el seguimiento del Plan se llevará a cabo, además, través de mecanismos en los que se integrarán los agentes vascos de cooperación que participaron, asimismo, en su diseño.

Evaluaciones intermedias

Fecha de evaluación: 01/06/2016

Evaluación ex-post

Fecha de evaluación: 01/06/2018
Fecha de la ultima modificación: 16/12/2015