Departamento de Cultura y Política Lingüística

Introducción a Elebide

¿Qué es Elebide?

La Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco ha puesto en marcha Elebide, Servicio para la Garantía de los Derechos Lingüísticos. Su objetivo consiste en conseguir un equilibrio real entre las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Decreto 150/2008 (pdf, 68 Kb), de 29 de julio, por el que se crea Elebide -Servicio para la Garantía de los Derechos Lingüísticos- y se establece el régimen de consultas, sugerencias y quejas.

Camino al bilingüismo

Elebide nace de una permanente demanda social: alcanzar el bilingüismo efectivo en la Comunidad Autónoma Vasca. Únicamente de esta manera se asegura que todas las personas tengan la posibilidad de vivir normalmente en su idioma, sea el que sea.

Por todo esto, la actividad de Elebide no se reduce a recoger las quejas y testimoniar las deficiencias, sino que se trata de una labor activa, haciendo el seguimiento de cada caso, buscando soluciones y colaborando con entidades e instituciones. Dando pasos eficaces, camino del bilingüismo.

Para que las lenguas no tengan límites

La finalidad de Elebide es atender las demandas de la ciudadanía, y actuar consecuentemente. De este modo, pretendemos informar a las entidades denunciadas y ofrecerles asesoramiento para acometer los cambios necesarios para su mejora en el uso y tratamiento de las lenguas.

Asimismo se recogen todas las propuestas o sugerencias que se hagan en torno a la mejora de los Derechos Lingüísticos e incluso del propio servicio.

Procedimiento de gestión

Grafico explicativo

  1. Registro de la queja, consulta o sugerencia 
    La persona interesada podrá presentar la queja, consulta o sugerencia a través de los medios de atención e información existentes:
    • Atención telefónica
    • Atención personal
    • Comunicación on line
    • Correo postal

    La persona interesada a la hora de presentar o registrar su queja, consulta o sugerencia tendrá que facilitar sus datos personales y los datos referentes a la queja, ya que el Servicio no tramitará incidencias anónimas o falsas. El Servicio, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, actuará con total confidencialidad y no facilitará ningún dato personal de las personas usuarias. La incidencia registrada será reconocida mediante el número que le haya sido asignado.

  2. Recepción de la incidencia 
    Una vez recibida la incidencia en el Servicio mediante cualquiera de los medios citados anteriormente, será registrada en soporte informático; de esa manera se le asignará el número de incidencia correspondiente
  3. Tratamiento de quejas, consultas o sugerencias abiertas 
    Tras analizar la incidencia presentada. Se estudiará el caso y se pondrá a trámite.
  4. Análisis de la vulneración legal o derecho lingüístico y su base jurídica 
    Se estudiará en profundidad la posible existencia de vulneración legal y su fundamento jurídico. En caso de que no se vulnere ningún derecho lingüístico, se rechazará la incidencia, se cerrará y se dará cuenta de los motivos a la persona interesada. En el caso de incidencias aceptadas por existencia de infracción legal, se comunicará a la persona interesada la apertura de trámite y la base legal en la que se fundamenta.
  5. Vías de comunicación con las personas interesadas 
    La comunicación de las respuestas a la ciudadanía se realizará por el mismo canal por el que se recibió la consulta, sugerencia o queja, o por aquel que elija expresamente la persona interesada.
  6. Apertura de actuaciones asociadas 
    Una vez aceptada la incidencia, se establecerán y tramitarán las pautas a seguir para su resolución satisfactoria. Se informatizará todo paso y toda acción que se efectúe.
  7. Contacto con la entidad denunciada 
    El Servicio, en cumplimiento de las pautas establecidas, se pondrá en contacto con la entidad (pública o privada) con el objeto de ofrecer la asistencia y los recursos necesarios para solucionar el caso y solicitar respuesta a la incidencia presentada. En caso de que la entidad no responda, el Servicio volverá a plantear las recomendaciones y consideraciones al respecto, y mantendrá el contacto con la entidad denunciada hasta obtener la solución o el compromiso de establecer los medios necesarios para ello.
  8. Registro de actuaciones 
    Toda actuación que derive de la tramitación será informatizada en la aplicación correspondiente para su seguimiento y posterior notificación a la ciudadana o al ciudadano.
  9. Solución y rectificación de la entidad denunciada 
    Cuando la entidad denunciada rectifiqué el hecho causante de la vulneración o cuando adquiera el compromiso expreso para ello, se cerrará la incidencia, se recogerá en la aplicación y se dará cuenta de ello a la persona interesada.