Información de la Encuesta de Necesidades Sociales 2022

Encuesta de Necesidades Sociales 2022 (ENS-2022)

  1. Información general

  2. Recogida de datos de la encuesta

  3. Obligatoriedad de responder a la encuesta

  4. Confidencialidad y seguridad de la información 

  5. Explicación metodológica 

  6. Para resolver cualquier duda

     Estadistica de Demanda de Servicios Sociales

Información general

El Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, de acuerdo con lo establecido en el Plan Vasco de Estadística, ha puesto en marcha la Encuesta de Necesidades Sociales 2022 (ENS-2022).

En este apartado se agrupa toda la información de utilidad para quienes deban responder a la encuesta. En este sentido, si ha recibido una carta remitida por el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales en la que se le comunica  que forma parte de la muestra de esta operación y tiene dudas al respecto (¿es obligatorio? ¿mis datos están seguros?, etc.), aquí encontrará las respuestas o una referencia de contacto que le ayudará a resolver todas estas cuestiones.

La recogida de datos es una labor esencial para conseguir, al final del proceso, información de calidad y útil para la sociedad. También es el punto en el que se hace imprescindible la colaboración de la ciudadanía. Sabiendo que, para quien debe responder, hacerlo es habitualmente una tarea ingrata, la intención del Órgano Estadístico Específico del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales es hacer que la tarea sea lo más sencilla posible. En este contexto, y para facilitar al máximo la forma de recogida de la información, a continuación se facilita la información básica sobre la Encuesta de Necesidades Sociales 2022.

Nombre de la encuesta

Encuesta de Necesidades Sociales 2022 (ENS-2022)

Código Plan Vasco de Estadística

061003

Fecha de realización

De abril a junio de 2022, eventualmente prorrogable

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Recogida de datos de la encuesta

El Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco desarrollará los trabajos de encuestación de la Encuesta de Necesidades Sociales durante los meses de abril a junio de 2022. Dada la situación causada por la pandemia de COVID-19, este periodo podría ser adaptado en función de las necesidades.

 

¿Para qué se realiza la Encuesta de Necesidades Sociales?

  • Para conocer, de forma general, las diferentes necesidades sociales a las que tienen que hacer frente los servicios sociales y los servicios orientados a la inclusión.  
  • Para conocer, de forma más específica:
    • Los problemas de la población que interfieren en los procesos de inclusión social.

    • La demanda de apoyo para la inclusión social por tipo de demanda.

    • Las características de las personas con necesidades y demandantes de apoyo.

    • La relación entre necesidades sociales y precariedad económica. Esto incluye el estudio de los problemas existentes de pobreza y ausencia de bienestar.

 

¿A qué personas está referida la encuesta?

Las preguntas contenidas en la encuesta se refieren a todas las personas que residen en las viviendas que forman parte de la muestra de la ENS-2022.

 

¿Qué datos se solicitan?

  • Información individual de las personas que integran la unidad de convivencia, lo que incluye:
    • Datos sociodemográficos: sexo, edad, estado civil, situación de empadronamiento, nacionalidad, nivel de estudios…
    • Situación de actividad.
    • Ingresos personales: fuentes de ingresos y cuantías.
  • Problemas de inclusión social en el periodo de escolarización y durante la vida laboral.
  • Problemáticas ligadas a la dependencia, incluidas las que afectan a las personas cuidadoras. En el caso de necesidades especiales, medición del grado de autonomía/dependencia y de las ayudas disponibles. Consideración de la situación de las personas cuidadoras.
  • Problemas en las relaciones sociales.
  • Problemas socioeconómicos a los que se enfrentan en el hogar o en la unidad de convivencia.
  • Conocimiento de los servicios sociales y para la inclusión existentes.
  • Demanda de apoyo y el nivel de acceso a los servicios sociales y para la inclusión social por tipo de demanda.

 

Si ha recibido una carta

Las personas a encuestar recibirán en el domicilio de residencia que conste en la muestra puesta a disposición del Órgano Estadístico Específico del Departamento una carta en la que se anticipa que se trata de una operación de la estadística oficial.

En la carta, se precisan los importantes puntos siguientes:

1) La encuesta es normalmente presencial y en el domicilio familiar.

2) No obstante, dada la situación todavía condicionada por la pandemia COVID-19, la recogida de datos podrá realizarse por las siguientes vías alternativas:

  1. Por teléfono.
  2. A través de videoconferencia.
  3. En circunstancias extraordinarias, cualquier otra vía que pueda acordarse.

El contacto se ajustará a las preferencias de las personas a entrevistar.

En caso de optar por la vía presencial, que es la habitual en esta encuesta, se aplicarán en todo caso las medidas de protección que establezcan, en cada momento, las autoridades sanitarias.

En tal caso, el o la agente entrevistadora que contacte con la persona a encuestar deberá identificarse correctamente, presentando tarjeta acreditativa, el motivo del contacto e indicando siempre que se trata de la Encuesta de Necesidades Sociales 2022.

Resulta de especial importancia señalar que, a los efectos de que los datos disponibles en los registros del Departamento respondan al principio de exactitud que establece el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la persona que actúe como entrevistadora procederá a comprobar que los datos disponibles en los registros utilizados para conformar la muestra sean exactos. A través del cuestionario de la encuesta, se recogerán los datos correctos para la actualización de los mismos.

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¿Es obligatorio responder a la encuesta?

Como en el caso de EUSTAT, las estadísticas que desarrolla el Órgano Estadístico del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales forman parte del Plan Vasco de Estadística. Son oficiales y están reguladas por Ley y, por tanto, es obligatorio responder a ellas.

La referencia legal general que así lo estipula se puede encontrar en los artículos 9 al 16 de la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En lo relativo a la obligatoriedad de la respuesta, el artículo 4 del Plan Vasco de Estadística en vigor (Ley 8/2019, de 27 de junio, del Plan Vasco de Estadística 2019-2022) también recoge que las estadísticas contenidas en este Plan Vasco de Estadística son de cumplimentación obligatoria.

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Confidencialidad y seguridad de la información

El Órgano Estadístico del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales garantiza el secreto estadístico y la confidencialidad de los datos, quedando comprometidas todas las personas asignadas a la operación con esta obligación legal.

El Órgano Estadístico del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales está obligado y se compromete a no difundir ni publicar, ni directa ni indirectamente, en ningún caso y bajo ningún concepto, datos personales de las personas que suministran información ni utilizar esta información para fines que sean distintos a los exclusivamente estadísticos.

Por su parte, los datos aportados por las personas encuestadas se utilizarán, con carácter único y exclusivo, para los fines previstos en la Encuesta de Necesidades Sociales 2022 y demás actuaciones estadísticas asociadas (estimaciones de pobreza por áreas pequeñas).

Los datos personales (nombre de la persona que aporta la información y teléfono de contacto) que se soliciten sólo lo serán a efectos de contacto y ordenación de la encuesta. No serán objeto de grabación e incorporación a la base de datos informática final de la EncuestaEl fichero estadístico final de la ENS-2022 no contendrá ninguna información de tipo personal, ni ninguna otra variable que permita la identificación personal. Los datos facilitados durante el proceso de encuestación no serán objeto de tratamiento en términos personales, sino de datos anonimizados.

La legislación que garantiza la confidencialidad de los datos se concreta en los artículos 19 al 23 de la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en las disposiciones aplicables de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en particular su artículo 5, así como en el resto de la normativa de aplicación.

Las personas implicadas en el estudio estadístico a desarrollar podrán ejercer en cualquier momento los derechos que le correspondan en la mencionada legislación.

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Explicación metodológica de la encuesta

Ámbito Poblacional: Conjunto de personas que residen en viviendas familiares utilizadas todo el año o la mayor parte de él como residencia habitual y que formen parte de la muestra de viviendas de la ENS-2022.

Ámbito Geográfico: El ámbito territorial de la encuesta es el de la Comunidad Autónoma de Euskadi con un nivel máximo de desagregación de los resultados referente a territorio histórico y comarca. En el marco de las actuaciones asociadas sobre áreas pequeñas, se realizarán estimaciones para unidades territoriales inferiores a la de comarca (municipios, distritos o secciones, según las posibilidades).

Ámbito Temporal: La referencia temporal de la Encuesta de Necesidades Sociales es el año 2022. La periodicidad de esta encuesta es cuatrienal.

Características principales de la investigación: La encuesta general se aplicará en 4.008 viviendas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Se complementará con una muestra de 350 unidades de convivencia beneficiarias de prestaciones RGI/PCV-IMV

Toma de datos: Con carácter general, la recogida de información se realizará de forma presencial en el domicilio familiar, tomando siempre las medidas de protección que establezcan, en cada momento, las autoridades sanitarias. No obstante, dada la situación causada por el COVID-19, se adaptará el proceso de encuestación para permitir el recurso a vías alternativas (encuesta telefónica o por videoconferencia).

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Para resolver cualquier duda

En la fase de desarrollo de los trabajos de encuestación, la recogida de datos será realizada por personal perteneciente a la empresa contratada a tales efectos por el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales: EMAIKER, S.L.

Puede contactar con la empresa encargada de desarrollar la encuesta (EMAIKER S.L.) o con el Órgano Estadístico del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para resolver cualquier duda que se le plantee mediante los siguientes contactos:

Teléfono gratuito de contacto para el desarrollo de la encuesta (Emaiker S.L.): 900 840 901

Teléfonos del Órgano Estadístico del Departamento:

  • 945 01 93 58 (Jon Larrabide Barrios, consultas técnicas y generales)
  • 945 01 13 20 (Ana Isabel Moreno Manrique, consultas técnicas y generales)
  • 945 01 93 82 (Carmen Tellechea Miranda, avisos generales)

El horario de atención será de 8.00 a 14.30 horas de lunes a viernes. No obstante, se devolverán las llamadas no atendidas durante el horario señalado.

Correo electrónico de recogida de información (Emaiker SL):  estadistica@emaiker.com

Correos electrónicos del Órgano Estadístico del Departamento:

j-larrabidebarrios@euskadi.eus

ai-morenomanrique@euskadi.eus

estadistica-ijps@euskadi.eus

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Fecha de última modificación: