Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Información ampliación ayudas a las familias con hijas e hijos

El nuevo Decreto entrará en vigor en los próximos meses. No podemos dar todavía una fecha exacta. La página web Euskadi.eus está siempre actualizada y tan pronto conozcamos la fecha de publicación y entrada en vigor se publicará en la web.

Un aspecto muy importante, es que la norma tendrá efectos retroactivos al 1 de enero de 2026. Es decir, cualquiera que sea la fecha de entrada en vigor del Decreto, las ayudas se reconocerán con fecha de inicio enero de 2026.

La solicitud podrá realizarse a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto.

La entrada en vigor del Decreto se comunicará en la página web oficial de Gobierno Vasco Euskadi.eus. Está siempre actualizada, tan pronto conozcamos la fecha de publicación y entrada en vigor se publicará en la web.

  1. Ayudas a las familias con hijas o hijos de 0 a 3 años (200 €/mes) → ahora serán de 0 a 4 años.

Actualmente, la ayuda se concede desde el nacimiento hasta que la hija o hijo cumple 3 años, con el nuevo Decreto, esta ayuda se amplía un año más, por lo que podrá recibirse hasta que la hija o hijo cumpla 4 años.

¿Y si mi hijo es adoptado, tutelado o tenemos una delegación de guarda para la convivencia preadoptiva?

En esos casos, la ayuda se cobrará durante 4 años desde:

  • La inscripción de la adopción o de la tutela en el Registro Civil.
  • La notificación de la resolución administrativa de delegación de guarda para la convivencia preadoptiva.
  1. Ayudas a las familias con terceras o sucesivas hijas o hijos de 4 a 7 años (100 €/mes) → ampliación de supuestos

Actualmente, estas ayudas ya existen para terceras o sucesivas hijas o hijos desde los 3 años hasta los 7 y, con el nuevo Decreto:

  • se incluyen todas las hijas o hijos de las familias monoparentales
  • la ayuda se reconocerá desde los 4 hasta los 7 años

En resumen, las novedades de la nueva normativa que se está tramitando son:


Tienen derecho a la ayuda de 200 euros/mes las familias con hijas o hijos menores de 4 años  en 2026 (*).

*No corresponde la ampliación de la ayuda a las familias con hijas o hijos que han cumplido 4 años en enero de 2026 porque la ayuda finaliza el mes anterior a aquel en el que la niña o niño cumple 4 años (ver ejemplo 3).


Las familias monoparentales con hijos e hijas menores de 4 años en 2026 podrán solicitar la ampliación de la ayuda de 200 euros/ mes hasta el mes anterior a aquel que cumplan 4 años.

Después, cada uno de los hijos que cumpla 4 años, podrá solicitar la ayuda 100 euros/mes hasta el mes anterior a aquel en el que el menor cumple 7 años.

 

Sí. En todos los casos será necesario presentar una nueva solicitud.

La ampliación de la ayuda no se aplicará automáticamente.

Por favor, lea con atención los siguientes ejemplos que explican cuándo deberá presentar la solicitud.

  1. Tengo finalizada la ayuda 0–3 o nunca la recibí

Las familias que a partir de 1 de enero de 2026 tuvieran finalizada la ayuda 0-3, o bien nunca la percibieron, siempre que cumplan los requisitos para la obtención de la ayuda, tendrán que presentar una nueva solicitud para acogerse a la ampliación hasta los 4 años.

Si la solicitud se presenta antes del 30 de octubre de 2026, la ayuda se reconocerá con efectos desde el 1 de enero de 2026 o desde la fecha que proceda.

Las solicitudes presentadas con posterioridad a dicha fecha, la ayuda se reconocerá desde el mes en que fue presentada la solicitud.

  1. Actualmente estoy recibiendo la ayuda 0–3.

Las familias que, en la fecha de entrada en vigor del Decreto, estén recibiendo la ayuda 0–3 cuando finalice su ayuda 0–3, deberán presentar una nueva solicitud para acceder a la ampliación ayuda 0-4.

Si presentan su solicitud en el plazo de 3 meses desde la finalización de la ayuda 0-3, la ayuda 3-4 se concederá a partir del último mes reconocido.

En las solicitudes presentadas con posterioridad a dicho plazo de 3 meses, la ayuda se reconocerá desde el mes en que fue presentada la solicitud.

  1. Actualmente estoy recibiendo la ayuda 3-7 por tener una tercera hija.

Las familias que, a la fecha de entrada de vigor del Decreto, están recibiendo la ayuda 3-7 para terceras o sucesivas hijas o hijos -100 euros/mes-, y les corresponda la ampliación hasta los 4 años del hijo o hija, tienen que presentar una nueva solicitud 0-4 para acogerse a la ampliación y percibirán 100 euros/ meses adicionales hasta el mes anterior a aquel en el que el hijo o la hija cumplan 4 años (ver ejemplo 4).

Si la solicitud se presenta antes del 30 de octubre de 2026, una vez vigente el decreto, la ayuda se reconocerá con efectos desde el 1 de enero de 2026 o desde la fecha que proceda.

Las solicitudes presentadas con posterioridad a dicha fecha, desde el mes de presentación.

 

La información completa está disponible en la pregunta número 3 de las preguntas frecuentes.

Estos casos son orientativos e indican lo que se podría conceder si se presenta la solicitud dentro de plazo y se cumple con los requisitos de acceso a la ayuda.

  1. Hija nacida el 5 de marzo de 2023
    • Recibió la ayuda de 200 €/mes (0–3 años) desde marzo de 2023 hasta febrero de 2026.
    • El 5 de marzo de 2026 cumple 3 años.
    • Le corresponde la ampliación hasta los 4 años, y tiene derecho recibir la ayuda desde marzo de 2026 hasta febrero de 2027 (cumplirá 4 años en marzo de 2027).
  1. Hija nacida el 15 de noviembre de 2022
    • Recibió la ayuda de 200 €/mes (0–3 años) hasta el mes de octubre de 2025.
    • En noviembre de 2025 ha cumplido 3 años.
    • Le corresponde la ampliación hasta los 4 años y y tiene derecho recibir la ayuda desde enero de 2026 hasta octubre de 2026 (cumplirá 4 años en noviembre de 2026).
  1. Hijo nacido el 24 enero de 2022
    • Recibió la ayuda de 200 €/mes (0–3 años) desde enero de 2023 hasta diciembre de 2024.
    • El 24 de enero de 2026 cumple 4 años.
    • No le corresponde la ampliación hasta los 4 años, porque en enero cumplió 4 años.
  1. Tercer hijo nacido el 12 de mayo de 2022
    • Recibió la ayuda de 200€/mes (0-3 años) desde enero de 2023 hasta abril de 2025.
    • Esta recibiendo la ayuda de 100€/mes (3-7 años) desde mayo de 2025 hasta abril de 2029 (cumplirá 7 años en abril de 2029).
    • Le corresponde la ampliación hasta los 4 años: desde enero de 2026 hasta abril de 2026. El reconocimiento de la ayuda se hará por un importe de 100€/mes adicionales a los 100€/mes que tiene reconocidos por tercer hijo.
  1. Tercer hijo nacido el 12 de abril 2021
    • Está recibiendo la ayuda de 100 €/mes (3–7 años) por ser tercer hijo, desde abril de 2024.
    • Le corresponde hasta marzo de 2028, el mes anterior a cumplir 7 años.
    • No le corresponde la ayuda 0–4 porque en 2026 ya tiene 5 años.

Fecha de última modificación: