Subvenciones destinadas a la promoción museística. 2009
Departamento / Organismo Autónomo
Cultura
Órgano gestor
Dirección de Patrimonio Cultural
Objeto
Podrán ser objeto de subvención las actividades concretas que desarrollen alguna de las siguientes áreas:
a) Exposiciones y publicaciones: renovación de la exposición permanente, exposiciones temporales y publicaciones en diferentes soportes.
b) Educación y acción cultural: desarrollo de programas y materiales didácticos, jornadas/conferencias, creación o desarrollo de páginas web.
c) Documentación: labores de inventario y catalogación, así como digitalización de los fondos del Museo.
d) Estudios: elaboración del plan director, plan de calidad, plan de viabilidad, estudios de mercado, análisis de clientes.
Las actividades objeto de la presente convocatoria habrán de iniciarse y finalizar en el año 2009.
Destinatarios/as
Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que sean titulares o gestores de museos radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco y realicen las actividades a las que la misma se refiere, así como los promotores de nuevos museos.
Dotación económica
700.000 €
Normativa reguladora
BOPV de 26 de diciembre de 2008
Personas de contacto
Carmen Otxagabia
Tlf.: 945 019 472
Documentación a aportar
La indicada en los anexos
Plazo de presentacion
27/12/2008 al 26/01/2009
Lugar presentación solicitudes
Gobierno Vasco
Departamento de Cultura
Donostia-San Sebastián 1
Lakua I, 2ª planta
01.010 Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Cultura de Bizkaia
Gran Vía 85
48.011 Bilbo
Delegación Territorial de Cultura de Gipuzkoa
Andia 13
20.004 Donostia-San Sebastián
Las solicitudes podrán presentarse bien directamente bien por cualesquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.En el caso de que las entidades solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea sellado por el funcionario de Correos antes de certificarla.
Descripción de los trámites
Inicio, instrucción y resolución
Órgano que resuelve
Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes
Plazo de resolución
Seis meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden.
RESOLUCION
Efectos del silencio
Desestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Ver archivo (doc 184 kb)
Otros documentos
No hay
Observaciones
No hay
Nota
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.