Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

Código Ético y de Conducta

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 28 de mayo de 2013 el Código Ético y de Conducta de los miembros del Gobierno, altos cargos, personal eventual y demás cargos directivos al servicio del sector público en Euskadi.

Objetivo

Avanzar hacia una Administración Pública Vasca que, dotada de los medios legales y materiales necesarios, cumpla las legítimas aspiraciones de la ciudadanía vasca actual, ofrezca unos servicios públicos de calidad y desempeñe, en consecuencia, el importante papel que debe cumplir en una sociedad democrática.

¿Por qué es necesario un código ético?

El Código pretende implantar modelos de acción pública más comprometidos y responsables, que promuevan mejores prácticas de dirección y que además, se conviertan en instrumentos para reforzar la confianza entre la ciudadanía y el personal directivo.

Se trata por tanto de establecer para la incorporación en el quehacer diario del personal directivo de una serie de principios de carácter ético tales como la honestidad, la transparencia, la participación, la responsabilidad, la voluntad de servicio público, etc.

Mediante el Código, el Gobierno Vasco pretende garantizar que su personal desarrolle su actividad inspirándose en los principios éticos y de conducta que se definen y que se vinculan a:

  • Imparcialidad y Objetividad
  • Responsabilidad por la Gestión
  • Transparencia y Gobierno Abierto
  • Honestidad y desinterés subjetivo
  • Respeto
  • Ejemplaridad

¿A quién afecta?

A los miembros del Gobierno, a los altos cargos, al personal eventual y demás cargos directivos al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de los Organismos Autónomos, de los Entes Públicos de Derecho Privado, de las sociedades públicas y de las fundaciones y consorcios del sector público dependientes de aquella (según clasificación establecida en el artículo 7 de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco)

¿Qué es "buen gobierno"?

El buen gobierno supone ausencia de corrupción, fraude, arbitrariedad, incompetencia, despilfarro, ineficacia e ineficiencia, etc.

En sentido positivo, el buen gobierno debe procurar que el proceso de toma de decisiones y en su implementación (lo que llamamos gobernanza) responda a un conjunto de reglas como son: la participación democrática, la transparencia, la rendición de cuentas, el respeto a las leyes, etc.; reglas que están basadas en valores morales o éticos.

¿Cómo se asegura su cumplimiento?

Estos valores y actitudes forman parte de lo ético, es decir, de lo que es obligatorio pero que no se impone desde el exterior, sino que se asume íntima y deliberadamente por aquellos que ejercen temporalmente responsabilidades públicas.

El código tiene un carácter eminentemente positivo y promocional, en cuanto que recoge pautas de comportamiento que están más relacionadas con la moral y los usos sociales que con las normas jurídicas.

No obstante, con el objeto de evitar que el código se quede en una mera declaración sin efecto alguno, además de darle la mayor publicidad posible, se contemplan para su observación el establecimiento de los siguientes sistemas:

  • Sistema de adhesión al contenido del Código: Se trata de realizar una declaración de conformidad al contenido del código con carácter previo la aceptación del cargo. Los cargos ya en activo recibirán un ejemplar para su análisis y formalizarán, en su caso, la adhesión a su contenido.
  • Sistema de seguimiento y evaluación: Se pretende establecer un procedimiento que contribuya a que los principios éticos que el Código recoge informen de manera constante el devenir de la actividad de los responsables políticos y, simultáneamente, se genere en la organización un ambiente de "tensión positiva" continuo en el tiempo.

Con el fin de que el sistema de seguimiento consiga un nivel de eficacia adecuado se procede a constituir una Comisión de Ética y Buen Gobierno adscrita a la Viceconsejería de Función Pública.

La Comisión estará integrada por cinco miembros: Presidencia (Consejero/a de Gobernanza Pública y Autogobierno), 3 vocales y una Secretaría.

La Comisión de Ética y Buen Gobierno:

Puedes consultar la funciones, composición, actividad y contacto de la Comisión de Ética y Buen Gobierno en el portal del departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno del Gobierno Vasco.

Difusión

El Código ha sido publicado en su integridad en el Boletín Oficial del País Vasco (abre en nueva ventana) (pdf, 57 kb), en la Intranet del Gobierno vasco y en el canal de comunicación directa Irekia/Gobierno abierto y puesto a disposición de la ciudadanía vasca en general y a los grupos de interés identificados en particular.

Documentos

 Código de Buen Gobierno (abre en nueva ventana) (pdf, 57Kb)

Fecha de última modificación: