Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

Comisiones de servicio y libres designaciones


ÚNICAMENTE PUEDE PARTICIPAR EN ESTAS CONVOCATORIAS EL PERSONAL FUNCIONARIO
EN ACTIVO O SITUACIÓN ADMINISTRATIVA CON RESERVA

Normativa:

ORDEN de 30 de mayo de 2006, por la que se regula el procedimiento.

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2002, en la que se establecen los baremos.

IMPORTANTE: Alegación de méritos

Requisitos: Se deberá alegar en la solicitud para participar en el proceso todas las titulaciones requeridas para el acceso, siempre que no consten en el registro de personal.

Méritos: Se deberá alegar siempre todos los méritos que se desea que se valoren en la convocatoria, referidos a: Títulos Académicos, Cursos de Perfeccionamiento, Docencia, Actividad Investigadora e Idiomas.

No serán válidas las referencias a méritos alegados en otras convocatorias.

Acreditación de requisitos y méritos

Se acreditarán documentalmente todos los requisitos y los méritos que no consten en el registro de personal.

Para conocer los datos de este registro, se puede acceder a través de Jakina o a través de la Dirección de Servicios de su Departamento.

Modo de Acreditar

La acreditación deberá hacerse mediante copia compulsada de los documentos acreditativos de los requisitos y/o méritos. La compulsa debe hacerla el personal funcionario o autoridad ante la que se presenta el documento y que tiene capacidad para recibirlo, esto es, la persona encargada de tramitar el expediente donde se va a incorporar la copia compulsada o la persona encargada del Registro General o Departamental.

Consulta de convocatorias de comisiones de servicio y libre designación

Solicitud

La solicitud deberá remitirse al Departamento u Organismo convocante.

Formulario de solicitud (PDF, 16 KB)

Para recibir información a través del correo electrónico (DOCX, 39 KB)

 

Fecha de última modificación: