Fecha de publicación: 06/07/2011
Campaña de inspección en relación a los centros de bronceado
Se han realizado un total de 359 protocolos de inspección en Euskadi con objeto de controlar el grado de cumplimiento de la normativa establecida para los establecimientos de bronceado (solariums, centros de belleza, peluquerías)
Durante el mes de mayo de 2011, los servicios de inspección de las Áreas de Consumo de los tres territorios de la CAPV y las OMICs de Hernani e Irún han llevado a cabo una campaña de inspección para controlar el grado de cumplimiento de las exigencias que la normativa establece para los centros de bronceado.
Los establecimientos inspeccionados han sido centros de solariums, centros de belleza y peluquerías, principalmente. El total de protocolos de inspección realizados ha sido de 359.
Aspectos sujetos a comprobación:
Durante la campaña se han sometido a comprobación los siguientes aspectos:
- La información que se debe exhibir y facilitar a la persona consumidora.
- Los precios y las hojas de reclamaciones.
- La publicidad.
- La seguridad de los aparatos y su mantenimiento.
- Los equipos de protección contra los rayos ultravioleta (gafas y parches de protección).
- La formación y acreditación de las personas que prestan los servicios de bronceado.
Grado de cumplimiento en relación a cada uno de los aspectos comprobados
Según los resultados de la campaña, en el momento de realizarse la inspección, el grado de cumplimiento en relación a cada uno de los aspectos sometidos a comprobación ha sido el siguiente:
Información a la persona usuaria | |
|---|---|
| - Exhibir un cartel informativo que advierta sobre la posibilidad de que las radiaciones ultravioletas provoquen cáncer de piel y dañen gravemente los ojos; la obligatoriedad de utilizar gafas de protección; las reacciones indeseables que pueden producir los cosméticos y algunos medicamentos; la prohibición del uso del solarium a menores de 18 años; y, así mismo, que su uso está desaconsejado para mujeres embarazadas. | 81,89% |
| - Tener a la vista de las personas usuarias una tabla con los fototipos de la piel y los diferentes tiempos de exposición. | 68,50% |
| - Disponer de un documento informativo donde figura la firma de la persona usuaria y la expresión “Leído y conforme”. | 81,89% |
| - Disponer de una ficha personal de cada persona usuaria. | 81,89% |
| - Dejar constancia en cada ficha personal del fototipo de la piel de la persona en cuestión, del nº de sesiones y dosis de exposición en cada una de ellas y de la dosis de exposición total. | 75,59% |
| - Conservar la ficha de cada cliente durante, al menos, 5 años desde la realización del bronceado. | 74,80% |
Precios y hojas de reclamaciones | |
| - Exhibir adecuadamente el precio del servicio. | 85,83% |
| - Exhibir el cartel informativo sobre la existencia de hojas de reclamaciones y disponer de las mismas a petición de la persona usuaria. | 89,76% |
Publicidad | |
| - Incluir advertencias sobre los efectos que pueden tener los rayos UVA en la piel y en los ojos, y de cómo estos efectos dependen de la naturaleza e intensidad de los rayos y de la sensibilidad de la piel de cada persona. | 25,20% |
| - Prohibición de incluir referencias a posibles efectos preventivos o curativos del tratamiento. | 91,34% |
| - Prohibición de incluir referencias a ausencia de riesgos para la salud. | 94,49% |
Aparatos | |
| - Los aparatos deben llevar el marcado CE de forma visible. | 94,83% |
| - Los aparatos deben llevar la etiqueta de haber sido verificados, con indicación de la fecha de verificación y del nombre de la entidad verificadora. | 99,14% |
Equipos de protección | |
| - Disponer de equipos de gafas o parches solares de protección para los ojos. | 99,21% |
Formación-acreditación | |
| - Acreditar, mediante certificicación, que el personal que utiliza los aparatos de rayos UVA dispone de la necesaria formación. | 71,65% |