Al amparo del nuevo marco de colaboración financiera se concederán este año alrededor de 500 millones de euros para compra de vivienda y construcción de vivienda protegida. El Departamento de Vivienda además, tiene presupuestado 57,46 millones de euros para el pago de subsidios de puntos de interés en los casos de vivienda de alquiler. Se destinarán 24,45 millones de euros en subvenciones a fondo perdido para los promotores de viviendas en alquiler y 13 millones de euros, en otras subvenciones a fondo perdido, básicamente dirigidas a incentivar la rehabilitación de viviendas y edificios, una de las políticas claves del Departamento.
Se va a garantizar por tanto, la financiación de las viviendas protegidas. Y como Gobierno Vasco se ha dado un paso adelante al implicarse directamente en la recompra de ciertas viviendas para garantizar que las entidades financieras tengan una mayor seguridad a la hora de conceder los préstamos. Además, se va a crear una Comisión de Seguimiento con el fin de analizar conjuntamente con las entidades los problemas que puedan ir surgiendo a la hora de conceder los préstamos.
Datos del convenio
- El tipo de interés de los préstamos cualificados otorgados por las entidades de crédito para las actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo, se regula periódicamente mediante Decreto del Gobierno Vasco. " La norma que ha estado vigente hasta el 22 de diciembre de 2009 (fecha en la que el Gobierno aprobó el nuevo decreto) databa de 2004.
- En los últimos años se han producido grandes cambios en la normativa y en el mercado crediticio lo que ha llevado a la necesidad de dictar una nueva norma reguladora de los tipos de interés y de muchos de los elementos del sistema de financiación a las actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo.
- Por ello, se ha negociado un nuevo marco financiero para las actuaciones protegibles en materia de protección pública, que se ha firmado hoy y que sustituye al firmado en 2005 y cuya base es el decreto aprobado en diciembre.
- El objeto del Convenio es definir los términos de colaboración para arbitrar las líneas de financiación de las actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo.
- Las entidades de crédito firmantes del Convenio de Colaboración Financiera financiará adquisición de vivienda protegida siempre que el solicitante cumpla los requisitos de la normativa, así como las criterios de las entidades.
- Se sustituye el anterior índice de referencia hipotecaria, IRPH, por el Euribor 12 meses, claramente predominante en el mercado actual.
- Se establecen bandas de márgenes de mínimos y máximos según prestatario y actuación protegible que permitan la gestión comercial según la tipología de cliente y la competencia entre entidades.
- Los tipos de interés que se van a aplicar van a rondar entre el 1,48 y el 3,03.
- El Decreto aprobado consolida la periodicidad mensual, en lugar de la anterior periodicidad semestral, lo que supone una mayor comodidad en el pago de las cuotas y un menor esfuerzo económico para los adjudicatarios.
- El decreto incluye todas las actuaciones protegibles, por lo que incorpora a las viviendas tasadas y a los alojamientos dotacionales.
- Se recupera la modalidad de financiación para la adquisición de suelo y urbanización con destino preferente a la promoción de viviendas de protección pública, para reactivar un segmento de mercado con serios problemas de financiación en la actualidad.
- La nueva normativa acomete diversas reformas estructurales para que tanto los promotores como las operadoras de alquiler no tengan que pagar tanto al principio de las operaciones cuando todavía no disponen de efectivo y evitar así situaciones de mora. Para ello se amplía el periodo de carencia hasta 4 años en los préstamos otorgados a los promotores y en ocho años en el caso de las operadoras de alquiler.
- Otra modificación afecta al "Programa de Vivienda Vacía", Bizigune.
Los propietarios que cedan sus viviendas al Gobierno para ofrecerlas en alquiler cobrarán como máximo 600 euros al mes (antes 750 euros mes).
El Gobierno considera que en la actual coyuntura de crisis económica, y dada la oferta y demanda actual, la cifra anterior era excesiva.
- La nueva normativa recoge un procedimiento para la recompra de viviendas que se encuentren en situación de impago, mediante la adquisición de la vivienda protegida para que las entidades financieras tengan una mayor garantía y por lo tanto de menor riesgo financiero, a la hora de conceder préstamos para la compra de vivienda protegida. Este nuevo mecanismo es, por tanto un sustitutivo de los avales financieros y funciona como tal.
- Se pretende así posibilitar el acceso a la financiación a aquellos sectores de demandantes que están encontrando problemas para la obtención de préstamos con los que financiar la compra de su vivienda de protección pública.
- El Departamento podrá acordar la adquisición de la vivienda bien mediante su compra directa al propietario o bien mediante su compra a la entidad financiera durante el procedimiento de ejecución. hipotecaria.
- El Departamento de Vivienda sólo adquirirá aquellas viviendas de protección pública que hayan sido financiadas total o parcialmente con préstamos concedidos por las entidades de crédito, a partir de la fecha de la firma del convenio financiero.
- Cuando la vivienda y sus anejos vinculados sean adquiridos por compra directa al propietario, el precio será el que le corresponda por su condición de vivienda de protección pública, debidamente actualizado.
- La vivienda y los anejos se adquirirán libres de cargas, por lo que el precio de adquisición se destinará parcial o totalmente a la cancelación del préstamo, percibiendo el propietario, en su caso, el importe resultante.
- La entidad de crédito renunciará a las comisiones de cancelación anticipada del préstamo y a los intereses de demora ligados a dicho préstamo hipotecario.
- La vivienda será adquirida por la Sociedad Pública de Gestión de Viviendas en Alquiler. Se adjudicará la vivienda y anejos vinculados en régimen de alquiler compra entre los inscritos en Etxebide.
- La persona que pierda la vivienda como resultado de su impago no accederá ni en compra ni en alquiler a la misma. Si el motivo del impago es el desempleo, podrá optar priorirtariamente a una vivienda en alquiler del programa Bizigune. En otro caso, podra inscribirse como demanadante de vivienda en Etxebide.
- El Departamento de Vivienda sólo adquirirá viviendas en situación de impago cuando el importe total de los impagos por cada entidad de crédito represente como mínimo el 0,5% y no supere el 2,5% del importe total financiado por la entidad.
- La adquisición de viviendas en situación de impago podrá llevarse a cabo durante los nueve primeros años de la vida del préstamo.
Objetivos perseguidos por el Gobierno con el nuevo marco financiero:
- Garantizar un sistema de financiación a las actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo eficaz, eficiente y estable.
- Recuperar la confianza del sistema financiero, de tal manera que se garantice el acceso a la financiación en las operaciones de compra y rehabilitación; la financiación a los promotores públicos y privados para la promoción de viviendas protegida en compra y alquiler y rescatar la financiación a las operaciones de compra y urbanización de suelo con destino preferente a la promoción de vivienda protegida.
- Establecer mecanismos de financiación a las nuevas modalidades de vivienda protegida, que se van a constituir en elementos centrarles de las nuevas políticas a corto plazo, como es el caso de los alojamientos dotacionales.
Relación de entidades financieras de crédito que han suscrito el Convenio:
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Guipuzcoano, Banco Popular Español, Banco Santander, Banesto, Bilbao Bizkaia Kutxa, Kutxa, Caja Laboral-Euskadiko Kutxa, Caja de Madrid, Ipar Kutxa, Caja Vital Kutxa, Caja de Ahorros y de Pensiones de Barcelona,"La Caixa, Caja de Burgos, Caja Rural de Navarra, Caixa Galicia, Caja de Ahorros de Santander y Cantabria, Caixa-Catalunya; Bankoa-Crédit Agricole, Banco Popular-e.com, Caja de Ahorros de Navarra,Banco Pastor, Deutsche Bank,Caja de Ahorros y monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja (Ibercaja), Caja de Ahorros de la Rioja (Caja Rioja), Banco Gallego.