Programa de Acción Comunitario en materia de Formación Profesional "LEONARDO DA VINCI"


Medidas comunitarias

1.- MOVILIDAD: Las propuestas deben referirse a acciones transnacionales en favor de la movilidad de las personas en formación, en particular de los y las jóvenes en formación o en vías de inserción, jóvenes trabajadores, estudiantes de los centros de enseñanza superior, formadores o responsables de la gestión de los recursos humanos y de la formación, especialistas en lenguas, así como los interlocutores sociales.

La aplicación de esa medida remite a tres grandes registros de acciones: proyectos transnacionales de estancias, proyectos transnacionales de intercambios y visitas de estudio.

Estancias: Es un periodo de formación y/o de experiencia profesional de una persona beneficiaria en una organización de acogida de otro país, en el marco de una cooperación entre organismos de formación (incluidas las universidades) y empresas. Está dirigido a mejorar las competencias de los beneficiarios y sus posibilidades de encontrar un empleo.

En la medida de lo posible, las estancias deberían llevar consigo el reconocimiento, con arreglo a las prácticas aplicables en el país de origen, del desarrollo de las aptitudes y de la adquisición de las competencias.

Las estancias pueden incluir proyectos que se hallan dentro del marco de los Itinerarios europeos de formación en alternancia, incluido el aprendizaje, con arreglo a lo dispuesto en la Decisión 1999/51, por la que se establece el Europass-Formación.

Intercambios: Se refiere a la transferencia de competencias, de prácticas y/o métodos de formación profesional innovadores, incluidos los desarrollados en virtud de la medida "proyectos piloto", en el marco de una cooperación entre organismos de formación (incluidas las universidades) y empresas. Estos intercambios permiten a los protagonistas de la formación y de la orientación profesional actualizar y mejorar sus competencias utilizando sus conocimientos y experiencias en otro país y en otro contexto institucional.

ACCIONES DE MOVILIDAD

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Tipo de acciones

¿Quién puede ir?

¿Dónde?

¿Cuánto tiempo?

¿Cuál es la contribución financiera?

estancias

Personas que siguen una formación profesional inicial

 

Centro de formación profesional o empresa

De 3 semanas a 9 meses

Variable en función de la duración de la estancia, con un máximo de 5.000 euros por beneficiario y estancia máxima. Este máximo puede ampliarse para las personas participantes con discapacidad.
Se concede un importe máximo de 500 euros por promotor para ayudar a las PYMES promotoras a preparar su primera propuesta.
Se asigna un importe destinado a la preparación, cultural y lingüística de las personas destinatarias. Dicho importe no podrá exceder de 200 euros por persona beneficiaria para una estancia inferior a 3 meses, o de 500 euros para una estancia superior a 3 meses, con un límite de 25.000 euros por promotor.

Estudiantes universitarios-as

Empresa

De 3 a 12 meses

Jóvenes trabajadores-as y titulados-as recientemente

Centro de formación profesional o empresa

De 2 a 12 meses

intercambios

Personas responsables de recursos humanos en las empresas, planificadoras y gestoras de programas de formación profesional, formadoras y especialistas en orientación profesional

Intercambio entre, por una parte, empresas y, por otra, organismos de formación profesional o universidades

De 1 a 6 semanas

Variable en función de la duración del intercambio, con un máximo de 5.000 euros por persona beneficiaria. Este importe podrá incrementarse para las personas participantes con discapacidad.
Se concede un importe máximo de 500 euros por promotor para ayudar a las PYMES promotoras a preparar su primera propuesta.
A esto hay que añadir el importe reservado para los organismos de envío con objeto de asegurar la gestión y el seguimiento de los proyectos transnacionales de intercambios. No podrán exceder de 100 euros por beneficiario, con un límite máximo de 25.000 euros por promotor y año de selección

Personas formadoras y tutoras en el ámbito de las competencias lingüísticas

Intercambio entre, por una parte, las empresas y, por otra, las instituciones especializadas en formación lingüística, incluidas las universidades o los organismos de formación profesional

De 1 a 6 semanas

 

2.- PROYECTOS PILOTO: Se aplica a la concepción, la puesta a punto, la experimentación, la evaluación y la difusión de prácticas innovadoras en cuanto a métodos, contenidos, soportes o productos de formación y orientación profesional.

Estos proyectos deben estimular el proceso de innovación y la mejora de la calidad de la formación y la orientación profesional. Deben desarrollar productos concretos que utilicen, en la medida de lo posible, tecnologías de la información y la comunicación.

Se concede una ayuda especial a un número limitado de proyectos, denominados "Acciones temáticas", que se refieren a temas que presentan un interés particular a escala comunitaria. Estos temas se fijan en las convocatorias comunitarias de propuestas.

3.- COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS: Contemplan la promoción de las competencias lingüísticas y culturales en el marco de la formación profesional, incluyendo las lenguas de menor difusión y enseñanza.

Pueden referirse a la concepción, la experimentación y la validación, la evaluación y la difusión de métodos pedagógicos y de material didácticos innovadores y adaptados a las necesidades específicas de cada ámbito profesional y sector económico. Pueden contemplar también la realización de auditorías lingüísticas y de nuevos enfoques pedagógicos de autoaprendizaje de las lenguas y la difusión de sus resultados.

4.- REDES TEMÁTICAS: Redes europeas de competencia comunitaria y de difusión en el ámbito de la formación profesional. Estas redes responden a tres funciones:

- reunir, sintetizar y desarrollar los conocimientos prácticos y los planteamientos innovadores europeos

- mejorar el análisis y la previsión de las necesidades de cualificaciones y aptitudes profesionales

- difundir el producto de las redes y los resultados de los proyectos en toda la Unión Europea en los ámbitos interesados.

5.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA: Contempla la elaboración y actualización de documentación de referencia comunitaria mediante una ayuda en favor de investigaciones y análisis, el establecimiento y la actualización de datos comparables, la observación y la difusión de las buenas prácticas, así como el intercambio exhaustivo de informaciones.

La documentación de referencia servirá para captar las características específicas y la evolución de los sistemas nacionales de formación profesional en un tema concreto.

Fecha de la última modificación: 04/01/2005