Cursos de euskera

¿Quién puede participar en los cursos de euskera?
¿Qué cursos se ofrecen?
¿Qué hay que hacer para abandonar el curso de euskera?
¿En qué normativa se basa esta oferta de cursos?
¿Qué es el crédito horario?
¿Qué son las subvenciones por sustitución?

¿Quién puede participar en los cursos de euskera?
  • Personal del Gobierno Vasco
  • Personal del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza
  • Personal de las instituciones que hayan suscrito el correspondiente Convenio de colaboración con el IVAP (ayuntamientos, diputaciones, UPV, etc.)
¿Qué cursos se ofrecen?
¿Qué hay que hacer para abandonar el curso de euskera definitivamente?


Si los alumnos y alumnas abandonan el curso definitivamente, deben enviar al IVAP la "notificación de abandono de curso" (pdf, 1,21 MB), para que se compute en el crédito horario.

Se tomará como fecha de abandono el día en que se reciba dicha notificación en el IVAP.

¿En qué normativa se basa esta oferta de cursos?
  • En las Resoluciónes que se publican en el boletín en mayo y en noviembre. Las Resoluciones de mayo corresponden a la convocatoria general; y regulan la escolarización de octubre a junio. Las Resoluciones de noviembre corresponden a la convocatoria complementaria; y regulan la escolarización de febrero a junio.
  • Orden por la se regula el Convenio de Colaboración suscrito con el IVAP  (pdf, 1,15 kB)(entidades con Convenio de Colaboración con el IVAP)

SUBIR

¿Qué es el crédito horario?


El crédito horario es un sistema para limitar el tiempo de formación lingüística del personal de la administración pública.

SUBIR

¿Qué son las subvenciones por sustitución?


Son subvenciones que el IVAP concede a las entidades con las que tiene Convenio de Colaboración. El objetivo de las subvenciones por sustitución es ayudar a las entidades a sufragar las sustituciones del personal que acude a cursos de euskera. 

SUBIR

Fecha de la última modificación: 30/09/2013