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Administración de la sociedad

En este apartado se detalla el modo de administración de la sociedad, donde se diferencian dos partes: la Asamblea General y la Junta Directiva. Habrá que especificar por tanto, los siguientes datos de cada parte:

  • Qué es y cuál es su función.
  • Tipo de reuniones que puede hacer.
  • Quién convocará dichas reuniones.

En el caso de la Junta Directiva, también habrá que concretar la función de cada uno de sus componentes.

 

Fecha de la última modificación: 29/03/2007